En el juicio de recl. cuotas P.H. número 718/99, sobre C14 propiedad horizontal, a instancia de C.P. 5 Buenos Aires de Bilbao, representada por el Procurador don Alfonso Legorburu Ortiz de Urbina y el Abogado don Francisco Javier Zumalacárregui Villasol, contra José María Corral Palacios, José Luis Corral Palacios, Alfonso Baiges Carbona, Gloria Palacios Martínez, Alfonso Baiges Laborda, Enrique Santibáñez Laiseca, Beatriz Corral Palacios, María Pilar Laborda García y María Luisa Ortega García, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es la siguiente:

SecciónJuez
EmisorJuzgado de Primera Instancia número 7 de Bilbao (Bizkaia)

En el juicio de recl. cuotas P.H. número 718/99, sobre C14 propiedad horizontal, a instancia de C.P. 5 Buenos Aires de Bilbao, representada por el Procurador don Alfonso Legorburu Ortiz de Urbina y el Abogado don Francisco Javier Zumalacárregui Villasol, contra José María Corral Palacios, José Luis Corral Palacios, Alfonso Baiges Carbona, Gloria Palacios Martínez, Alfonso Baiges Laborda, Enrique Santibáñez Laiseca, Beatriz Corral Palacios, María Pilar Laborda García y María Luisa Ortega García, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva

  1. Se acuerda despachar ejecución contra los bienes del demandado Enrique Santibáñez Laiseca, en cantidad suficiente para cubrir la cantidad reclamada de 1.112.598 pesetas, más la cantidad de pesetas calculada por ahora y sin perjuicio de ulterior liquidación, para los intereses que luego se dirán, costas de este procedimiento y en su caso, los gastos extrajudiciales de la notificación notarial de la deuda.

    Del principal señalado responde la vivienda izquierda sita en la planta 4.a del número 5 de la calle Buenos Aires.

  2. La cantidad reclamada devengará desde la fecha de esta resolución, el interés legal del dinero incrementado en dos puntos.

  3. Procédase al embargo de los bienes de los demandados en cantidad suficiente para cubrir las sumas expresadas, observándose en la traba lo dispuesto en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LECN), requiriéndose previamente a la Procuradora Sra. Ezcurra Fontán a fin de que facilite el domicilio de su representado.

    Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de tres días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.

    Lo acuerda y firma el Magistrado-Juez, doy fe.

    En atención al desconocimiento del...

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