La legitimidad de las decisiones políticas

AutorJosé Luis Martí
Cargo del AutorProfesor de Filosofía del Derecho - Universidad Pompeu Fibra
Páginas133-175
1Este punto es reconocido de manera unánime por todos los deliberativistas. Véanse, como
ejemplo, MANIN, 1987: 351-359; COHEN, 1989a: 17-22; MICHELMAN, 1989: 317; BENHABIB, 1989,
y 1994: 26, y 1996; ESTLUND, 1993a: 1469; GUTMANN y THOMPSON, 1996: 4, y 2004: 3; BOHMAN,
1996: 4 y 5, y 1998: 401 y 402.
CAPÍTULO IV
LA LEGITIMIDAD
DE LAS DECISIONES POLÍTICAS
«Y ¿no tiene dos caras la forma? ¿No es moral e
inmoral al mismo tiempo? ¿Moral en cuanto resultado y
expresión de cierta disciplina, pero inmoral —e incluso
antimoral— en la medida en que por naturaleza implica
una indiferencia ética y aspira esencialmente a sojuzgar
la moral bajo su altivo e ilimitado cetro?».
Thomas MANN, La muerte en Venecia, 1912.
La democracia deliberativa, como ya indiqué en los capítulos ante-
riores, es básicamente un modelo de legitimidad de las decisiones polí-
ticas. De forma general, una decisión política es legítima si y sólo si es
el resultado de un procedimiento democrático deliberativo 1. O mejor
dicho, y dado que el modelo es un ideal regulativo, una decisión polí-
tica es más legítima cuanto más democrático y deliberativo haya sido el
procedimiento utilizado para tomarla. Esto convierte a la democracia
deliberativa, al menos aparentemente, en una teoría procedimental de la
legitimidad política. Sin embargo, la cosa no es tan sencilla. Una tesis
ampliamente compartida por los defensores del modelo es que la demo-
134 JOSÉ LUIS MARTÍ
2Lo exponen con mucha claridad COHEN, 1994 y 1996; GUTMANN y THOMPSON, 1996: 26-
39, y 2004: 23-26; y HABERMAS, 2001 y 2003.
cracia deliberativa consigue reunir valores procedimentales y sustanti-
vos al mismo tiempo, esto es, que se trata simultáneamente de una teoría
procedimental y sustantiva de la legitimidad2. En este sentido, se pre-
tende presentar el modelo democrático deliberativo como la superación
de un conflicto clásico en el pensamiento político entre ambos tipos de
ideales o justificaciones, que permitiría aglutinar armónicamente todos
los aspectos que consideramos valiosos en una toma de decisiones. La
democracia y las libertades básicas, los procedimientos legítimos y los
valores que esperamos honrar mediante tales procedimientos o los que
justamente los hacen legítimos, la autonomía pública y la autonomía pri-
vada, en definitiva, el procedimiento y la sustancia, quedan igualmente
protegidos por la democracia deliberativa, una vez que comprendemos
que ninguno de ellos puede gozar de prioridad sobre el otro y que ambos
son irrenunciables.
No obstante, considero que esta línea central de pensamiento del
modelo democrático deliberativo está parcialmente equivocada, básica-
mente por ignorar que, si bien es cierto que cuando pensamos en la legi-
timidad política, al menos desde una óptica liberal en sentido amplio, no
podemos renunciar ni a los valores procedimentales ni a los sustantivos,
cualquier intento de conciliarlos debe afrontar la existencia de una pecu-
liar paradoja que afecta tal concepción de la legitimidad. Y es que aunque
los valores democráticos (la idea de soberanía popular o autogobierno) y
los valores liberales de autonomía privada e igualdad (representados por
los derechos fundamentales o por una concepción normativa del consti-
tucionalismo) en cierta medida se presuponen mutuamente por razones
conceptuales, también entran en conflicto entre sí, a la vez que impiden
cualquier priorización o jerarquización. Intentaré mostrar que esta para-
doja es inescapable y que su aceptación nos conduce a un arduo dilema,
de modo que se repite una estructura que ya tuvimos ocasión de analizar
en el capítulo anterior con respecto a la paradoja de las precondiciones.
La democracia deliberativa, en efecto, ofrece una respuesta a aquellos que
se enfrentan con el dilema, pero sus defensores se equivocan en creer que
puede igualmente resolver la paradoja. Ahora bien, como la paradoja es
un problema filosófico crucial que atenaza a cualquier concepción demo-
crática-liberal, y ninguna de ellas posee una solución satisfactoria, defen-
deré que la democracia deliberativa no debe sonrojarse por no ser capaz
de superarla. Es más honesto, en mi opinión, asumir su existencia y com-
prender entonces más fielmente el alcance del modelo de legitimidad de
la democracia deliberativa. Sólo así estaremos en disposición de abordar
LA LEGITIMIDAD DE LAS DECISIONES POLÍTICAS 135
3Una versión anterior de este capítulo, con las mismas tesis pero presentadas de forma dis-
tinta y con alguna modificación también sustantiva, apareció publicada en MARTÍ, 2005b.
con posibilidades de éxito su justificación, que será tarea ya del próximo
capítulo 3.
1. PROCEDIMIENTO Y SUSTANCIA DE LA LEGITIMIDAD
POLÍTICA
Para presentar adecuadamente el problema de la paradoja entre pro-
cedimentalismo y sustantivismo de la legitimidad política al que se
enfrenta la democracia deliberativa necesitaré ampliar un poco mi visión,
abandonando provisionalmente el modelo, y acudir a las teorías genera-
les de la legitimidad. O, mejor, a un aspecto concreto de éstas. La noción
de legitimidad política es polisémica, dependiente de muchas otras dis-
cusiones generales de la filosofía política, y siempre compleja. Se rela-
ciona estrechamente, por ejemplo, con una teoría de la autoridad polí-
tica, una teoría del Estado, una teoría de la relación entre moral y política
(y entre moral y derecho), una teoría del carácter práctico y la fuerza vin-
culante de las decisiones políticas (o jurídicas), una teoría de las rela-
ciones y vínculos sociales (que incluya una concepción determinada del
ser humano y de sus motivaciones e intereses), etc. Por supuesto no voy
a abordar aquí el análisis de estas cuestiones, como no pretendo tampoco
construir una teoría completa de la legitimidad. Pero quiero explicar qué
es lo que hace irrenunciables a los valores procedimentales y a los sus-
tantivos desde el punto de vista liberal-democrático y, en definitiva, cómo
surge y en qué consiste la paradoja mencionada, y para ello es necesaria
alguna especificación previa, aunque reconozco que no están exentas de
polémica.
La legitimidad política, al menos en el sentido relevante a estos efec-
tos, es un concepto normativo. Decir que una decisión política determi-
nada (o una estructura institucional de decisión determinada) es legítima
es otorgarle una valoración positiva del algún tipo. Necesitamos el con-
cepto de legitimidad, entonces, para distinguir las decisiones políticas
«buenas» de las «malas», las «correctas» de las «incorrectas». Y está implí-
cita nuestra aspiración, por lo tanto, de que todas las decisiones políticas
(o todas las estructuras de decisión política) sean legítimas. Un ideal de
gobierno es entre otras cosas un modelo de legitimidad de las decisiones
políticas al que debemos tender en la medida de lo posible. De modo que
un criterio de legitimidad no es únicamente un criterio clasificatorio de las
decisiones políticas (o de las estructuras institucionales de decisión), sino
que incorpora claramente una dimensión práctica, incorpora, en algún sen-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR