Recensión a Laura Pozuelo Pérez, La política criminal mediática. Génesis, desarrollo y costes, Marcial Pons, Madrid, 2013, 183 páginas

AutorJosé Antonio Espinosa Bernal
CargoAbogado
Páginas363-371

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I. La obra que recensiono, La Política Criminal Mediática, Génesis, desarrollo y costes, constituye la aportación de la profesora Laura Pozuelo Pérez a un ámbito de estudio ampliamente tratado en los últimos tiempos por la doctrina penal española, la influencia de los medios de comunicación de masas en la percepción social del delito. Que nos encontramos ante una materia que ha suscitado un enorme interés se aprecia en afirmaciones como las del profesor Daniel Varona, “la investigación sobre la opinión pública relativa al sistema de justicia penal, aun no siendo ciertamente un tópico totalmente nuevo, parece haberse convertido en uno de los temas actuales de la Criminología del siglo XXI”.1Acierta en sus juicios el profesor de la Universitat de Girona, tanto por el volumen de investigaciones publicadas, como por el apunte a cerca de su preexistencia. De hecho, el estudio de la influencia de los medios de comunicación de masas en la conformación de la opinión pública, y por tanto, de la moral social, no es una cuestión novedosa en las ciencias sociales. Como afirma Sabucedo en su manual de Psicología Política, obra fundamental de tal disciplina, “desde el tiempo de los sofistas hasta la actualidad, ha habido una preocupación casi constante por descubrir los mecanismos responsables de los procesos de influencia y persuasión”.2

El interés por los medios de comunicación como instrumentos de control político ya se adivina en Maquiavelo, no en vano el Secretario

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inventó la ciencia política, cuando en su disección del poder revela que este adquiere forma de centauro, bestia y hombre. De modo que para su sostenimiento no basta con emplear la fuerza, también requiere de herramientas racionales capaces de convencer sobre sus bondades, esto es, influir en la percepción de los gobernados, lo que más tarde conoceríamos como opinión pública.

Pese a los antecedentes señalados, no es hasta el siglo XX cuando se va a intensificar el estudio del fenómeno, claramente ligado a la generalización en occidente del acceso a los medios de masas, especialmente la radio y la televisión. Surgiría en primer lugar la teoría de la bala mágica o de la aguja hipodérmica, que describe un poder omnímodo de los medios de masas sobre receptores pasivos e indefensos, véase el caso de la Guerra de los Mundos. Posteriormente sería remplazada por la teoría de los efectos limitados, que relegaría el papel de los medios al refuerzo de posiciones previas de cada individuo, debido a una atención selectiva de los ciudadanos respecto al medio, dotando de credibilidad al más afín a sus ideas y desechando los mensajes de los ajenos a su esfera de pensamiento.

A partir de la década de los setenta, y como consecuencia fundamentalmente de estudios sobre el comportamiento electoral, surgirían las teorías de las funciones de agenda-setting, priming y framing. Construcciones teóricas mayoritariamente aceptadas en la actualidad y asumidas por la autora, que vienen a recuperar la idea de la enorme influencia de los medios en percepción de la realidad, pero no como una transferencia directa de posturas del medio al receptor, sino como un método de fijar los temas que compondrán la agenda pública. De este modo, los asuntos con mayor presencia mediática son percibidos mayoritariamente por la audiencia como los más relevantes.

II Introducción

La obra comienza con un primer capítulo introductorio en el que se cuestiona la necesidad de reformar hasta en 26 ocasiones un Código Penal que entró en vigor en 1996 (pág. 15). Tan desaforado fervor reformista no parece hallar su fundamento en la realidad criminal del país, si se atiende a los parámetros con los que se evalúa el éxito de la norma penal, es decir, el mantenimiento de tasas de criminalidad aceptables.

Por tal motivo, la autora formula como hipótesis que las modificaciones legislativas “en su mayoría, se han debido a motivos electorales” (pág.15). Entendiendo que la reforma de la ley penal ha sido manejada

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como herramienta electoral por parte de los partidos, resulta imprescindible el papel desempeñado por los medios de comunicación de masas, que no se han limitado a legitimar socialmente las sucesivas reformas, sino que han llegado a constituirse en auténticos motores de gran parte de los cambios sufridos por el ordenamiento penal.

La profesora Pozuelo define este fenómeno, la influencia de la agenda mediática sobre la agenda política y pública, así como la transmisión de sus postulados en el ordenamiento penal, como “política criminal mediática” (pág.16), cuyas características, entre las que destaca el sistemático incremento punitivo, se desgranan a lo largo de la obra.

Finaliza el capítulo destacando los objetos de estudio de la investigación: relaciones entre medios de comunicación, actores políticos y opinión pública, imagen que los principales periódicos aportan sobre la delincuencia, la construcción de un discurso basado en niveles supuestamente alarmantes de criminalidad, la reacción social, el comportamiento...

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