STSJ Comunidad Valenciana 1355/2007, 19 de Septiembre de 2007
Jurisdicción | España |
Fecha | 19 Septiembre 2007 |
Número de resolución | 1355/2007 |
1355/2007
T.S.J.C.V.
Sala Contencioso Administrativo
Sección Tercera
R. 1862/04
SENTENCIA Nº 1355/07
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD
VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Sección Tercera
Iltmos. Srs.:
Presidente:
D. JOSÉ BELLMONT MORA.
Magistrados:
D. LUIS MANGLANO SADA.
D. RAFAEL PÉREZ NIETO.
_________________________
En la Ciudad de Valencia, a 19 de septiembre de dos mil siete.
VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 1862/04, interpuesto por la Procuradora Dª. Esperanza de Oca Ros, en nombre y representación de AUMSA, contra el Jurado Provincial de Expropiación de Valencia, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que realizó mediante escrito en que solicitó se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.
Las representaciones de las partes demandadas contestaron a la demanda, mediante escritos en los que solicitaron se dictara sentencia por la que se confirmara la resolución recurrida.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que practicaran el trámite de conclusiones y, realizado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación y fallo para el día 18 de septiembre de dos mil siete, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS: Los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. LUIS MANGLANO SADA.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por la Procuradora Dª. Esperanza de Oca Ros, en nombre y representación de AUMSA, contra cuatro resoluciones de 14-10-2004 del Jurado Provincial de Expropiación de Valencia, que en los expedientes nº 46/03, 231/03, 311/03 y 389/03, fijó un respectivo justiprecio de 8.904,3, 24.637,29, 26.903,89 y 23.837,70 euros.
Según se desprende del expediente administrativo, a diversos propietarios del Barrio de Velluters se les expropió las fincas nº NUM000,, NUM001, NUM002, NUM003, NUM004, NUM005, NUM006 y NUM007 de Valencia, clasificadas como suelo urbano residencial, todo ello como consecuencia de la ejecución del PAI de la Unidad de Ejecución 1AR, del PEPRI del Barrio de Velluters, siendo la beneficiaria la actora AUMSA y la Administración expropiante el Ayuntamiento de Valencia, siendo la fecha del inicio del expediente de justiprecio la de 2002.
En el expediente consta que el Jurado Provincial de Expropiación de Valencia valoró el suelo expropiado como suelo urbano no consolidado por la edificación, aplicando el método residual y obteniendo los siguientes justiprecios:
Exp. 46/03: 41 m2 x 206,83 euros/m2, más el 5% de premio de afección......8.904,03 euros.
Exp. 231/03: 103,48 m2 x 226,75 euros/m2, más el 5% de premio de afección.....24.637,29 euros.
Exp. 311/03: 113 m2 x 226,75 euros/m2, más el 5% de premio de afección.......26.903,89 euros.
Exp. 389/03: 58,773 m2 x 226,75 euros/m2, más el 5% de premio de afección......23.837,70 euros.
La demanda impugna la actuación administrativa por considerar que la valoración es excesiva y superior al valor de mercado, cuestionando que el método residual se haya aplicado con referencia a viviendas libres en lugar del más procedente VPO, discrepando de los cálculos del Jurado sobre el precio de venta y del valor de repercusión, aportando con la demanda...
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