Jurisprudencia

AutorAna Isabel Berrocal Lanzarot
CargoProfesora Contratada Doctora de Derecho Civil. Universidad Complutense de Madrid
Páginas89-94

Page 90

1. Tribunal Supremo

ATS, Sala de lo Civil, sección 1ª, de 17 de mayo de 2011 (RJ 2011/3974). La competencia ante un juicio verbal por cobro indebido de factura por defectuosa prestación de servicios de telefonía fija y acceso a internet. Foro imperativo del artículo 52.2 de la LEC determina la competencia del Juzgado del domicilio del reclamante y prestatario del servicio.

STS, Sala de lo Civil, sección 1ª, de 30 de mayo de 2011 (RJ 2011/3994). Inexistencia de derechos de autor (Sr. Mauricio) en los programas de ordenador solicitado por el actor, en concreto, en relación a las bases de datos o banco de modelos 3D editada, creada y explotada en el seno de la empresa actora. El banco de modelo REM 3D MODELS BANK objeto de litigio, no se ha acreditado que existiera como tal hasta que se fabricó cuando el codemandado Sr. Mauricio trabajó para la entidad actora, sin que el contrato suscrito entre las partes se recogiera en su caso que se aportara un sistema informático previo de bases de datos o creación original tridimensional creada o inventada anteriormente a su formalización, o estuviera inscrita a su favor como autor. Se trata de un supuesto de competencia desleal el que la persona que en virtud de un contrato laboral prestó sus servicios como experto en informática en la elaboración de la obra colectiva y que extinguido el contrato laboral la imita en su práctica totalidad y la utiliza en internet.

ATS, Sala de lo Civil, sección 1ª, de 31 de mayo de 2001 (JUR 2001/244755). El fuero de las personas jurídicas y acción individual de un consumidor contra la compañía con la que contrató a través de internet determina la prevalencia del artículo 52.2 de la LEC.

STS, Sala de lo Civil sección 1ª, de 30 de julio de 2011 (RJ 2011/6137). Derecho al honor. No hay intromisión ilegítima, pues, la información en internet sobre encuentro sentimental fugaz entre el actor y su anterior pareja, modelo de profesión, la cual acabó ingresada en un centro hospitalario por el consumo de sustancias estupefacientes durante el mismo. La libertad de expresión reconocida en el artículo 20 de la CE, tiene un campo de acción más amplio que la libertad de información, porque no comprende como ésta la comunicación de los hechos, sino la emisión de juicios, creencias, pensamientos y opiniones de carácter personas y subjetivo. La libertad de información comprende la comunicación de hechos susceptibles de contraste con datos objetivos y tiene como titulares a los miembros de la colectividad y a los profesionales del periodismo. No siempre es fácil separar la expresión de pensamientos, ideas y opiniones garantizada por el derecho a la libertad de expresión de la simple narración de unos hechos garantizada por el derecho a la libertad de información, toda vez que la expresión de pensamiento necesita a menudo apoyarse en la narración de hechos y a la inversa (SSTC 29/2009, de 26 de enero, FJ2, 77/2009, de 23 de marzo, FJ3).

Page 91

El derecho al honor, según reiterada jurisprudencia, se encuentra limitado por las libertades de expresión o información.

La limitación del derecho al honor, por la libertad de expresión o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR