STSJ Murcia 100/2008, 4 de Febrero de 2008

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2008:152
Número de Recurso1/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución100/2008
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00100/2008

ROLLO Nº: RSU 00001/2008

46050

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a cuatro de Febrero de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia número 0327/2008 del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 23 de octubre, dictada en proceso número 0329/2007, sobre Seguridad Social, y entablado por doña María Rosa frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: La demandante doña María Rosa, nacida el 24-04-1941, solicitó pensión de jubilación al amparo de los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social en fecha 8-12-2006; por resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 30-01-2007, tiene reconocido el derecho de pensión de jubilación con efectos de 4-09- 2006, sobre una base reguladora de 23,53 €, y un porcentaje a cargo de España de 12,72 €. SEGUNDO: Interpuesta reclamación previa fue desestimada mediante resolución de la Dirección Provincial del INSS, de fecha 3-04-2007. TERCERO: El promedio de las bases de cotización entre el 1 de noviembre de 1954 y 31 de octubre de 1969, actualizado en el período correspondiente asciende a 23,53 €. CUARTO: La base reguladora calculada conforme a bases medias vigentes en España en el periodo 1-09-1991 a 31-08-2006, asciende a 1.231,31 €. QUINTO: Desde el año 1969, última cotización realizada por la actora, el SMI era de 102 ptas diarias (0,61 €), y en el año 2006, 18,03 €, incremento del 2.955,74%, aplicando a la base reguladora de la pensión que corresponde a las últimas cotizaciones realizadas en España, los incrementos experimentados por el salario mínimo interprofesional durante el indicado periodo, da una base reguladora actualizada del 695,49 €, resultando una pensión en cuantía de 88,46 €"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Estimo la demanda interpuesta por doña María Rosa frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, declaro el derecho de la demandante a la pensión de jubilación en cuantía determinada por la base reguladora de 1.231,31 €, porcentaje del 100%, prorrata del 12,72 % a cargo de la Seguridad Social Española, con efectos desde el 4-09-2006, con las mejoras y revalorizaciones correspondientes, y condeno al INSS a estar y pasar por este pronunciamiento".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación de la parte demandada, con impugnación del Letrado don José Antonio Mazuecos...

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