STSJ Andalucía 1098/2008, 28 de Octubre de 2008
Ponente | JAVIER RODRIGUEZ MORAL |
ECLI | ES:TSJAND:2008:9941 |
Número de Recurso | 656/2005/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1098/2008 |
Fecha de Resolución | 28 de Octubre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
1098/2008
S E N T E N C I A
Iltmos. Sres.:
DON HERIBERTO ASENSIO CANTISÁN
DON GULLERMO SANCHÍS FERNÁNDEZ MENSAQUE
DON JAVIER RODRÍGUEZ MORAL
En Sevilla, a 28 de octubre de 2008. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha visto el recurso número 656/2005 interpuesto por D. Luis Miguel y en su representación el Procurador de los Tribunales Sr/Sra.DIAZ DE LA SERNA Y AGUILAR contra el acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía que en su sesión de 25 de febrero de 2005 falló las reclamaciones acumuladas nº NUM000 y NUM001.Ha sido Ponente el Magistrado D. JAVIER RODRÍGUEZ MORAL.
La parte demandante interpuso el 8 de junio de 2005 recurso contencioso-administrativo contra la resolución arriba identificada y por providencia de 29 de mayo de 2006 se confirió traslado del expediente a la entidad demandante para formular escrito de demanda, lo que se verificó en escrito de 4 de julio de 2007.
El Abogado del Estado presentó el 21 de septiembre de 2007 escrito de contestación a la demanda,solicitando se dictase sentencia desestimatoria del recurso interpuesto.
Por providencia de 9 de enero de 2008 se dio traslado para conclusiones quedó concluso el procedimiento y pendiente del señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 11 de julio de 2007
Se impugna el acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía que falló las reclamaciones interpuestas contra la liquidación practicada en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al ejercicio 2000, y asimismo, contra la sanción por la infracción tributaria grave consistente en la falta de ingreso de la deuda liquidada.
La liquidación impugnada trae causa de las actuaciones de comprobación e investigación llevadas a cabo por la Inspección de Tributos y formalizadas en acta de disconformidad extendida el 9 de abril de 2003; el TERA viene a reproducir el contenido de tales actuaciones, que integran un relato circunstanciado y preciso de hechos de lo que la Administración deduce que el interesado ejercía un actividad empresarial de reparación de vehículos, procediendo a regularizar lo que hasta este momento funcionaba --- al menos frente a la Hacienda estatal --- clandestinamente. Y dado que el recurrente niega la presencia de una actividad efectiva,con ello se plantea un problema estrictamente...
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