STSJ Castilla y León , 22 de Diciembre de 2003

PonenteRAMON SASTRE LEGIDO
ECLIES:TSJCL:2003:5945
Número de Recurso1141/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

SEDE EN VALLADOLID Recurso núm 1141/99 SENTENCIA n° 1477 ILMOS. SRES. MAGISTRADOS DOÑA MARIA ANTONIA LALLANA DUPLA DON JAVIER ORAA GONZALEZ DON RAMON SASTRE LEGIDO En Valladolid, a veintidós de diciembre de dos mil tres.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León de 22 de julio de 1998, desestimatoria de las reclamaciones económico-administrativas núms 37/192/95 y 37/1245/95, acumuladas, e interpuestas contra los acuerdos del Inspector Jefe de Salamanca de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que se indican en dicha Resolución, en relación con el acta de Inspección de los Tributos del Estado 0114266 3, relativa a la sanción que se menciona por el Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicios 1989, 1990, 1991 y 1992.

Son partes en dicho recurso: como recurrente DISTRIBUIDORA RIVAS SA., representada por el Procurador D. José María Ballesteros González, bajo la dirección del Letrado D. Alfonso Marcos Calvo.

Como demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada por la Abogacía del Estado.

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia en la que estimando íntegramente el presente recurso:

a.- Se anulen, revoquen, o dejen sin efecto, como contrarias a derecho las liquidaciones y resoluciones recurridas. E imponiendo a la Administración demandada las costas del procedimiento.

b.- Se ordene la indemnización a cargo de la Administración demandada de los gastos de los avales bancarios que nuestro representado hubo de prestar para obtener la suspensión de los actos recurridos en vía administrativa y jurisdiccional, y ello en orden a reponer al recurrente en la situación inicial previa a la notificación de las liquidaciones recurridas, según los artículos 32.2 y 71, apartados a) y d) de la Ley 29/1998 y reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre este particular (sentencias del Tribunal Supremo de fechas 2 de febrero de 1988, de 3 de abril y 13 de octubre de 1990 y 18 de enero de 1995).

  1. Se ordene la devolución de los ingresos que por el concepto reclamado hubiera efectuado, en su caso, nuestro representado, en su caso, con los intereses de demora correspondientes desde la fecha del ingreso de conformidad con lo dispuesto en el art. 155 de la Ley General Tributaria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR