Instrumento de Ratificación del Acuerdo de Seguridad entre la República Francesa, la República Italiana, la República Portuguesa y el Reino de España para la protección de la información clasificada de EUROFOR, hecho en Roma el 11 de octubre de 2007.

MarginalBOE-A-2010-15118
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

Por cuanto, el día 26 de octubre de 2007, el Plenipotenciario de España, nombrado en buena y debida forma al efecto, firmó en Roma (Italia) el Acuerdo de Seguridad entre la República Francesa, la República Italiana, la República Portuguesa y el Reino de España para la protección de la información clasificada de EUROFOR, hecho en dicha ciudad el 11 de octubre de 2007,

Vistos y examinados el preámbulo, los quince artículos y el anexo de dicho Acuerdo,

Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución,

Vengo en aprobar y ratificar cuanto en el mismo se dispone, como en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, mando expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Dado en Madrid, el 16 de julio de 2010.

JUAN CARLOS R

El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación,

MIGUEL ÁNGEL MORATINOS CUYAUBÉ

ACUERDO DE SEGURIDAD ENTRE LA REPÚBLICA FRANCESA, LA REPÚBLICA ITALIANA, LA REPÚBLICA PORTUGUESA Y EL REINO DE ESPAÑA, PARA LA PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN CLASIFICADA DE EUROFOR

La República Francesa, la República Italiana, la República Portuguesa y el Reino de España, en adelante denominados las Partes,

Considerando la Declaración Común de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Defensa de Francia, Italia, Portugal y España para EUROFOR, adoptada el 15 de mayo de 1995 en Lisboa,

Considerando el artículo 11 del Tratado entre la República Francesa, la República Italiana, la República Portuguesa y el Reino de España, sobre el Estatuto de la Fuerza Multinacional Europea denominada EUROFOR, firmado en Roma el 5 de julio de 2000,

Conscientes de que el cumplimiento de las tareas asignadas a EUROFOR y el logro de sus metas requiere el intercambio de Información Clasificada,

Han acordado lo siguiente:

Artículo 1 Finalidad.

La finalidad del presente Acuerdo es proteger la Información Clasificada de EUROFOR con el fin de salvaguardar su confidencialidad, integridad y disponibilidad.

Artículo 2 Definiciones.

A los efectos del presente Acuerdo:

a) por Información Clasificada se entenderá cualquier información, documento o material, según la descripción que se hace a continuación, al que se aplique una clasificación de seguridad y cuya revelación no autorizada podría causar algún perjuicio a los intereses de EUROFOR o de una o varias de las Partes, independientemente de que dicha información se origine dentro de EUROFOR o se reciba de las Partes;

b) por Documento Clasificado se entenderá cualquier clase de registro que contenga Información Clasificada independientemente de su forma o características físicas, tal como, las materias impresas o escritas, tarjetas y cintas de proceso de datos, mapas, gráficos...

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