STSJ Murcia 55/2008, 23 de Enero de 2008

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2008:113
Número de Recurso1380/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución55/2008
Fecha de Resolución23 de Enero de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00055/2008

ROLLO Nº: RSU 1380/2007

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA

En MURCIA, a veintitrés de enero del dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ y D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 303/07 del Juzgado de lo Social número Cinco de Murcia, de fecha 12 de julio de 2007, dictada en proceso número 374/07, sobre INCAPACIDAD, y entablado por DOÑA Inés frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La parte actora Dña. Inés, con D.N.I. NUM000, nacida el 6 de noviembre de 1.956, se encuentra afiliada en el Régimen Especial Agrario, por consecuencia de servicios prestados como peón agrícola. SEGUNDO.- Inicio la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSS, la que en Resolución de fecha 14 de marzo de 2007 declaró que el solicitante no se encontraba afecto de invalidez permanente en ningún grado de incapacidad. Interpuesta Reclamación Previa le fue, asimismo desestimada por Resolución del INSS de fecha 15 de mayo de 2007. TERCERO.- La Base Reguladora es la de 513'16 €. CUARTO.- La parte actora padece: "Renitis atrófica ocenatosa intervenida en tres ocasiones, con una clínica de insuficiencia respiratoria, algias, mareos incapacitantes, y cefalea crónica. Clínica que se agrava con la exposición a medios pulvígenos e irritantes"."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que con estimación de la demanda interpuesta por Dña. Inés frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo declarar y declaro que la parte actora se encuentra en situación de invalidez permanente, grado de total con origen en enfermedad común, y en consecuencia condeno a la Entidad demandada a que le reconozca y abone una pensión vitalicia y mensual en cuantía del 55 por ciento de su salario base regulador de 503'16 €, mas los incrementos legales correspondientes, y con efectos desde el día 8 de marzo de 2007.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación de la parte demandada, con impugnación de contrario, representado por D. ANTONIO...

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