STSJ Murcia , 22 de Octubre de 2001

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2001:2839
Número de Recurso682/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

4 TRIB.SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA Nº: 1501/2001 ROLLO Nº: RSU 682/2001 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a veintidós de octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Carlos Manuel , contra la sentencia del JDO DE LO SOCIAL N. 3 de MURCIA de fecha 9 de febrero del 2001, dictada en proceso número 814/2000, sobre INVALIDEZ, y entablado por D. Carlos Manuel frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1. La parte demandante, D. Carlos Manuel , nacido el 11-4-41, y afiliado al Régimen Especial Agrario -sector cuenta propia- de la Seguridad Social, por su actividad profesional de trabajador agrícola por cuenta propia, inició incapacidad temporal el 4-4-1999. La Entidad Gestora incoó de oficio expedienté de incapacidad permanente. Previo reconocimiento médico dei Equipo de Valoración de Incapacidades, que emitió informe médico de síntesis el 16-6-2000, y tras dictamen propuesta del EVI, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de La Seguridad Social, en vía administrativa, dictó el 14-7-2000 resolución reconociéndole en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de autónomo de la agricultura, con efectos desde el 1-7-2000. 2. El demandante formuló reclamación previa interesando el grado de incapacidad permanente absoluta, petición desestimada expresamente por el INSS en virtud de resolución de fecha 21-9-2000. 3. El actor presenta el siguiente cuadro clínico: nefrectomía izquierda por Ca renal en abril de 1999; infarto agudo de miocardio en junio de 1999: cardiopatía isquémica que precisó ACTP a DA con STENT y excelente resultado angiográfico (enfermedad de un vaso); hipertensión arterial; diabetes no insulino dependiente; colelitiasis; prostatismo en estudio. 4. Base reguladora mensual: 72.189 pesetas."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por Carlos Manuel...

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