La inseguridad jurídica derivada de la contrarreforma de las pensiones públicas de jubilación: ¿quiebra de los derechos de los pensionistas?

AutorRocío Gallego Losada
Páginas71-97
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum 22 (1er Trimestre 2020)
Estudios Doctrinales ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Fecha Recepción: 4-11-2019 Fecha Revisión: 7-11-2019 Fe cha Aceptación: 10-11-2019
Pags. 71-97
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La inseguridad jurídica derivada de la contrarreforma de las
pensiones públicas de jubilación: ¿quiebra de los derechos de los
pensionistas?
Legal insecurity as a result of the counter-reform of public
retirement pensions: a violation of pensioners' rights?
Resumen
Abstract
En este artículo se analizan las contradicciones a las que
se está enfrentando el sistema público español de
pensiones en estos últimos años. Esta falta de criterio
consensuado ha impactadono solo sobre aspectos
centrales del sistema como la sostenibilidad, suficiencia
y déficit, sino también sobre la seguridad jurídica en la
que descansa el modelo, generando una incertidumbre
que está erosionando el suelo jurídico exigible de uno de
los pilares fundamentales del Estado del bienestar.
Además, la mayoría de las reformas (y contrarreformas)
que están afectando al sistema en estos últimos años se
realizan sin debate, a golpe de decisión tecnocrática que
se toman con precipitación y gran indefinición. Esto
lleva a que el sistema se encuentra encallado en una
ambigüedad peligrosa que no hace más que dar marcha
adelante y atrás sin ninguna dirección consensuada.
En concreto, el artículo analizarlas reformas (y
contrarreformas) que están afectando al sistema de
pensiones de jubilación en estos últimos años, y que
derivan en una creciente falta de credibilidad en el
sistema por parte de los pensionistas y cotizantes. El
dilema de cuál debe ser el criterio de la revalorización
de las pensiones, el retraso de la aplicación del factor de
sostenibilidad, la prórroga del criterio anterior en la
jubilación anticipada, la prórroga de la jubilación parcial
con contrato de relevo hasta el 1 de enero de 2023, o la
reintroducción de la jubilación obligatoria, son ejemplos
de todo ello. Finalmente, el artículo pone de relieve el
incumplimiento del mandato de la Ley 27/2011 de
informar al contribuyente de la cuantía de su pensión, lo
cual supone un nuevo elemento en la deriva de
inseguridad jurídica de las pensiones.
This article analyses the contradictions faced by the
Spanish public pension system in recent years. The lack
of agreed criteria has impacted not only central aspects
of the system such as sustainability, sufficiency and
deficit, but also the legal certainty on which the model
rests. As a result, the instability generated is eroding the
required legal basis of one of the fundamental pillars of
the welfare state. Furthermore, most of the reforms (and
counter-reforms) affecting the system in recent years
have been carried out without debate, upon the order of
a technocratic decision taken with haste and a clear lack
of definition. We find ourselves now with a system
trapped in a dangerous limbo, continually moving
forward and backward without any agreed direction.
In particular, this article analyses the reforms (and
counter-reforms) affecting the retirement pension
system in recent years, which have resulted in a
growing lack of credibility for the system in the eyes of
pensioners and social security contributors. The
question of which criteria should be employed to re -
evaluate pensions, the delay in applying the
sustainability factor, the extension of the previous
criteria with regard to early retirement, the extension of
partial retirement with a hand-over contract until 1
January 20 23 or the reintroduction of compulsory
retirement are all examples of this. Finally, the arti cle
underlines the breach of the mandate of Law 27/2011,
informing the taxpayer of their pension amount, which
constitutes yet another element in the development of
the legal uncertainty surrounding pensions.
Palabras clave
Keywords
Pensiones, jubilación, Seguridad Social, Pacto de
Toledo, inseguridad jurídica, quiebra de derechos
Pensions, retirement, Social Security, Toledo Pact,
legal insecurity, violation of rights
Revista de Derecho de la Seguridad Social. LABORUM 22
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1. INTRODUCCIÓN
La importancia de que los poderes públicos armen un sistema público de pensiones
consistente y coherente en el tiempo se antoja fundamental para que, tanto trabajadores como
pensionistas, puedan planificar su retiro de manera segura y adecuada. Para ello es necesario
que las reglas del juego sean claras, no se modifiquen por intereses partidistas o de búsqueda
de réditos electorales cortoplacistas, y no cuestionen la seguridad jurídica.
El origen implícito del lla mado Pacto de Toledo en 1995 fue evitar que se volvieran a
utilizar las pensiones como arma electoral, aunque su objetivo explícito fuese el de debatir
periódicamente sobre la situación del sistema de pensiones públicas y acordar las reformas
necesarias para asegurar su buen funcionamiento con un mínimo de acuerdo entre todas las
fuerzas políticas. Pero ese consenso lleva casi una década en crisis, ya que la Comisión de
seguimiento del P acto de Toledo en el Congreso de los Diputados sufre graves divergencias
que le impiden llegar a acuerdos y elevar recomendaciones a los gobiernos. Esta Comisión
suele desarrollar sus trabajos buscando el consenso, pero la realidad de los últimos años es
que no existe un diagnóstico compartido sobre el futuro de las pensio nes. Esta divergencia de
opiniones entre los partidos políticos ha derivado en que las estrategias a largo plazo se
planteen desde la unilateralidad política, por lo que las regulaciones aprobadas sin consenso
se ven condenadas a su revisión o derogación cuando hay un cambio de gobierno.
El sistema político ha sido incapaz de encauzar los debates en torno el sistema público
de pensiones de manera constructiva y or denada, tal como muestra el hecho de que el pacto
de Toledo ha estado tres años reunidos desde 2016 y no ha llegado a ningún acuerdo. Esto ha
hecho que incluso no se hayan cer rado acuerdos en los que había un cierto consenso y que se
podrían haber sacado adelante.
Las dos últimas leyes que han introducido reformas importantes en el sistema de
pensiones se aprobaron en 20111 y en 20132. La conocida como “contrarreforma”del sistema
está suponiendo una completa revisión de la reforma de las pensiones de 2013 que si gue
latente prácticamente desde que esta nor mativa fue aprobada. Tras la apr obación de los
Presupuestos Generale s de 201 8, la aplicación de la Ley 23/2 013 quedó en suspe nso da do
que, por un lado, se retrasó la entrada en vigor del Factor de Sostenibilidad y, por otro lado,
el Índice de Revalorización de las Pensiones (IRP) dejó de aplicar se en 2018 y 2019,
vinculándose la revalorización de eso s años a la evolución de la inflación o Índice de Precios
al Consumo (IPC), fórmula utilizada con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley
Las anteriores no fueron las únicas medidas revisoras tomadas en el ámbito de las
pensiones. A finales de 2018, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, apro bó un nuevo
contrato de relevo que permitía de nuevo a los trabajadores veteranos de la industria de la
automoción y las manufacturas jubilarse anticipadamente de forma parcial sin aplicarse
ningún coeficiente reductor a la prestación, tal y como ya se hacía antes de las reformas de la
1 Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
2 Ley 2 3/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del
Sistema de Pensiones de la Seguridad Social.

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