SAP Barcelona, 24 de Enero de 2000

PonenteENRIQUE ANGLADA FORS
ECLIES:APB:2000:639
Número de Recurso812/1999
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución24 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

SENTENCIA

Ilmos Sres.

D. ENRIQUE ANGLADA FORS

D. JOSÉ MARÍA BACHS ESTANY

Dª. ANA MARÍA GARCÍA ESQUIUS

En la ciudad de Barcelona, a veinticuatro de enero de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial los presentes autos de incapacidad, nº 310/98, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Badalona

, a instancia de DOÑA Carla , representada por la Procuradora DOÑA ANA MOLERES MURUZABAL y dirigida por la Letrada DOÑA MARIA DEL PUY ALVAREZ MARTINEZ, contra DOÑA Marcelina , promoviendo la incapacitación de ésta, y contra el Ministerio Fiscal; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 17 de mayo de 1999, por la lima. Sra. Magistrada-Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente.- "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de Carla , y en su consecuencia declaro a Marcelina incapacitada para gobernarse a sí misma y regir su persona y bienes, y acuerdo en este acto la constitución del organismo tutelar, para lo cual, firme que sea esta resolución iníciese procedimiento de jurisdicción voluntaria de oficio, con testimonio de la solicitud en demanda realizada y demás aplicable. Anótese esta resolución en la inscripción de nacimiento de la incapaz".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la demandante, y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 19 de enero de 2000, con el resultado que obra en el Acta autorizada por la Sra. Secretaria de la Sección, incorporada a las actuaciones.TERCERO.- En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo.. Sr. Presidente de la Sección, D. ENRIQUE ANGLADA FORS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN en su integridad los que contiene la resolución apelada, y

PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que declara la incapacitación total de la demandada se alza, a través del presente recurso, la actora, aduciendo que la presunta incapaz no se halla impedida para los actos cotidianos, por lo que solicita su incapacidad parcial y en concreto para un determinado procedimiento judicial instado contra ella en Sevilla, postulando asimismo que en la presente resolución se nombre tutora de la demandada a la hija demandante y aquí apelante.

SEGUNDO

Planteada así nuevamente la cuestión litigiosa en esta alzada, es de señalar, acorde con la tesis mantenida por la Juez "a quo, en la sentencia impugnada, que Doña. Marcelina -de 88 años de edad-, afecta de una demencia senil, con deterioro cognitivo, propio de su edad, según el informe del Médico-Forense obrante en las actuaciones (folio 36), es totalmente incapaz para gobernarse por sí misma y para administrar sus...

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