La propiedad inmueble en Marruecos como base posible del crédito territorial

AutorR. V. Franqueira
Páginas643-648

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La propiedad colectiva es la norma general del mundo árabe. La propiedad individualizada, semejante a nuestro Derecho de dominio pleno y base necesaria de todo crédito territorial, es la excepción, y aparece como producto de una evolución tardía, tan distinta en sus orígenes, principios y desarrollo del Derecho europeo, que exige como antecedente necesario la exposición de unas ideas elementales, forzosamente incompletas.

Marruecos pertenece al mundo oriental. El olvido de este simple hecho ha dado lugar a errores profundos al estudiar superficialmente sus organizaciones jurídicas tradicionales referentes a la propiedad inmobiliaria.

El profesor de la Universidad de Argel, Gautier, confiesa que después de treinta años de residir y de estar en contacto con el Oriente, con preocupaciones de curiosidad profesional, no conoce a nadie que haya encontrado una respuesta satisfactoria a la diferenciación precisa del Oriente y el Occidente. Existe la afirmación de Kipling: "east is east and west is west", y el que todos los que se han ocupado de esta cuestión están conformes en que son dos mundos, dos planetas diferentes sin intercomunicación. Los Jóvenes Turcos, los Jóvenes Egipcios, los Nacionalistas Árabes, son orientales que buscan furiosamente el camino intelectual que conduce de unos a otros.

El Imperio romano no fue en Oriente más que una armadura administrativa externa, y no dejó en Marruecos ningún recuerdo jurídico. "Rindamos dice Surdón a la cultura clásica de inspiración grecolatina que sirvió de adorno a nuestra inteligencia, el homenaje que le debemos; pero guardémonos, cuando tratemos de Derecho musulmán, de calzarnos las botas de los romanos." Marruecos, situado en África y formando parte del Mundo Musulmán, debe a éste su tradición jurídicaPage 644 cuya fuente originaria la constituye el Koran. Este libro, revelado al Profeta, fue consignado por escrito poco después de su muerte, según la tradición, por el "secretario" de éste, Zeidben Thabit, bajo la vigilancia de AbuBerk, que redactó un Koran que se conservó por la familia del primer Califa. Hacia el año 650 se instituyó una Comisión para ayudar a Zeidben Thabit, que redactó el texto definitivo en la forma que se conoce.

La ciencia del comentario nació de las dudas interpretativas a que daba lugar su lectura. Tabarí (año 923), Zamacori (1143), Beidawi (1286), Razi (1209), Jalaleddinel Mahali (1459) y Jalaeddines Soyuti (1505), son los comentaristas más famosos.

El Koran, por ser la auténtica palabra de Alah, no puede ser repetida más que en árabe, y toda traducción es herética. Sólo una evolución profunda del pensamiento musulmán ha podido admitir las traducciones del Libro Santo. Pero por la antítesis a que aludimos entre el Mundo Oriental y el nuestro, es muy difícil, aun haciéndolo cuidadosamente y aunque se procure salvaguardar el colorido, conservar su sentido exacto.

El Koran es completado con la Sunna o tradición del Profeta, colección de hadiths. Los sabios del Islam compusieron, en el siglo IX, colecciones que son la fuente de todos los estudios tradicionalistas. La...

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