ORDEN PAT/462/2007, de 13 de marzo, por la que se convocan las pruebas selectivas para el ingreso (turno libre y de personas con discapacidad) en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la Bolsa de Empleo de este Cuerpo.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/462/2007, de 13 de marzo, por la que se convocan las pruebas selectivas para el ingreso (turno libre y de personas con discapacidad) en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la Bolsa de Empleo de este Cuerpo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 21/2007, de 8 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007, y en la Orden PAT/383/2007, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán la gestión de los procesos selectivos del personal derivados de la Oferta de Empleo Público de laAdministración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007 (publicados en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 9 y 12 de marzo, respectivamente), con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración Regional, la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 31 de mayo),

ACUERDA Convocar las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y para la constitución de su bolsa de empleo con sujeción a las siguientes BASES Primera. Normas generales.

1.1. Se convocan las pruebas selectivas para cubrir 10 plazas en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León de acuerdo con la siguiente distribución:

  1. 9 plazas para el turno de acceso libre.

  2. 1 plaza reservada a personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

    1.2. En el supuesto de que no se cubra la vacante del turno de personas con discapacidad, no se acumulará a las ofertadas en el turno libre.

    1.3. Los aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos establecidos.

    1.4. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en: la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en lo que no contravenga a la precitada Ley; en el Decreto 21/2007, de 8 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007; en la Orden PAT/383/2007, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán la gestión de los procesos selectivos del personal derivados de la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007, así como en las bases de la presente Orden.

    1.5. El programa de estas pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I.

    1.6. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición y estará formado por los cuatro ejercicios que a continuación se indican, siendo los tres primeros eliminatorios y el cuarto voluntario y de mérito.

    Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito dos temas propuestos por el Tribunal de carácter general relacionados con el programa sin tener que ser coincidentes, durante un tiempo máximo de tres horas.

    El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal que valorará los conocimientos, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección de la exposición escrita. Una vez finalizado el primer tema o transcurridos diez minutos de la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

    Segundo ejercicio. Consistirá en exponer oralmente cuatro temas extraídos al azar del programa, durante un período máximo de una hora. Dos de los temas corresponderán a las materias del primer grupo del temario; otro de los temas será del segundo grupo y el último corresponderá a las materias del tercer grupo.

    Los opositores dispondrán de quince minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes, si bien podrán utilizar durante la exposición oral el esquema o guión que hayan realizado.

    Una vez finalizado el primer tema o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

    Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el candidato durante un período máximo de diez minutos sobre aspectos expuestos o relacionados con los temas desarrollados.

    Tercer ejercicio. Consistirá en el desarrollo y resolución de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, durante un período máximo de tres horas. Para la redacción de este ejercicio podrán utilizarse únicamente textos legales que deberán ser aportados por los candidatos.

    El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de diez minutos.

    Cuarto ejercicio: voluntario y de mérito. Consistirá en la traducción directa y sin diccionario de un texto propuesto por el Tribunal. Los idiomas sobre los que versará el ejercicio serán francés o inglés, a elección del aspirante que deberá indicar en su solicitud el idioma por el que opta.

    1.7. El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

    Segunda. Constitución de la bolsa de empleo.

    2.1. De conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, se constituirá la bolsa de empleo del Cuerpo Superior de la Administración en la que se integrarán preferentemente los aspirantes que, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud, y habiendo aprobado alguno de los ejercicios de carácter eliminatorio del proceso selectivo, no hubieran superado el último con puntuación suficiente para obtener plaza de funcionario de carrera.

    Igualmente formarán parte de la bolsa de empleo quienes, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud, no hayan superado ningún ejercicio de la fase de oposición y hayan obtenido en el primero una calificación superior a 0 puntos.

    2.2. Los aspirantes podrán manifestar su voluntad de acceder a la bolsa de empleo para una sola provincia.

    2.3. El orden de prelación de los aspirantes que constituyan la bolsa de empleo se establecerá según el número de ejercicios eliminatorios superados y entre aquellos que hubieren superado igual número de ejercicios, en virtud de la puntuación global obtenida en los mismos.

    La prelación entre aquellos que no hubieran superado ninguno de los ejercicios eliminatorios se establecerá según la puntuación obtenida en el primero de ellos.

    En caso de empate en la puntuación obtenida por varios aspirantes éste se deshará por orden alfabético, comenzando por la letra que determina el orden de actuación de los aspirantes en el proceso selectivo.

    No obstante, tendrán derecho de llamamiento preferente los aspirantes integrados en la bolsa en el turno de reserva a personas con discapacidad igual o superior al 33% en los términos establecidos en la Orden citada en apartado siguiente de esta base.

    2.4. La gestión y funcionamiento de la bolsa de empleo se ajustará a lo dispuesto en la Orden PAT/384/2007, de 9 de marzo, por la que se establece el procedimiento de gestión y funcionamiento de las bolsas de empleo derivadas de las pruebas selectivas para ingreso en los cuerpos, escalas y especialidades de funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    Tercera. Requisitos de los aspirantes.

    Además de los requisitos establecidos en la precitada Orden PAT/383/2007, de 9 de marzo, para ser admitido a la realización de pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes:

    3.1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia.

    También podrán participar el cónyuge o la pareja de hecho de los españoles y de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Nor B.O.C. y L. - N.º 52 Miércoles, 14 de marzo 2007 5659 uega o de Islandia, siempre que no estén separados de derecho. Así mismo, podrán participar sus descendientes y los del cónyuge o los de la pareja de hecho menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    3.2. Estar en posesión del titulo de Licenciado Universitario, Ingeniero,

    Arquitecto o equivalente o en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    Cuarta. Solicitudes.

    4.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo de instancia que se facilitará gratuitamente en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León referidos en el Anexo de la Orden PAT/383/2007, de 9 de marzo...

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