STSJ Galicia , 31 de Octubre de 2001

PonenteJOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ
ECLIES:TSJGAL:2001:7946
Número de Recurso7553/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03 /0007553 /1997 RECURRENTE: BANCO BILBAO VIZCAYA, S. A. ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA PONENTE: D/ña. JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ D. FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ REGUERA, SECRETARIO DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA CERTIFICO: Que en el recurso contencioso-administrativo que luego se dirá, tramitado en la Sección Tercera de este Tribunal, se ha dictado la resolución que, literalmente, dice:

EN NOMBRE DEL REY LaSala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 947/2001 Iltmos. Sres:

D. JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ, Presidente D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ A Coruña, treinta y uno de octubre de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0007553 /1997, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por BANCO BILBAO VIZCAYA, S. A., domiciliado en c/ Real 74 (A Coruña), representado por D/ña. LUIS FERNÁNDEZ AYALA MARTINEZ y dirigido por el Letrado D/ña. MARIA DEL CARMEN FANDIÑO LOPEZ, contra Acuerdo de 23 -10 -96 desestimatorio de Rec. 54 /519 /95 contra otro de la Delegación de Vigo de la Agencia Tributaria que impone sanción de 200.000 Pts por desatender parcialmente requerimiento de información que le fue formulado. Es parte la Administración demandada TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA, representada por el D/ña. ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía del asunto es determinada en 200.000 ptas.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. - Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. - No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 23 de Octubre de 2001, fecha en que tuvo lugar.

  4. En la sustanción del recurso se han observado las...

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