INFORME nº 1219 de 2017 de Tribunal de Cuentas, 30-05-2017

Fecha30 Mayo 2017
EmisorTribunal de Cuentas
TRIBUNAL DE CUENTAS
Nº 1.219
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ENTIDAD
PÚBLICA EMPRESARIAL ICEX ESPAÑA
EXPORTACIÓN E INVERSIONES, EJERCICIO 2015
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida en los
artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y a
tenor de lo previsto en los artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de la Ley
7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, ha aprobado, en su sesión de 30
de mayo de 2017, el Informe de fiscalización de la Entidad Pública Empresarial ICEX España
Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015, y ha acordado su elevación a las Cortes
Generales, así como al Gobierno de la Nación, según lo prevenido en el artículo 28 de la Ley de
Funcionamiento.
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN DEL INFORME .................................................................................................... 13
I.2. ÁMBITO SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN ................................. 13
I.3. OBJETIVOS Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN.............................................................. 13
I.4. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL ICEX ....................................................................... 14
I.5. FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL ICEX ............................................................... 16
I.6. RENDICIÓN DE CUENTAS .......................................................................................................... 20
I.7. TRATAMIENTO DE LAS ALEGACIONES .................................................................................... 20
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN ......................................................................................... 21
II.1. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD ................................................................. 21
II.2. REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES .............................................................. 32
II.3. ANÁLISIS DE LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN COMERCIAL............................................ 32
II.4. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MAYO, PARA LA
IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES ......................................................................... 42
III. SEGUIMIENTO DE LAS CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DEL INFORME DEL
TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE EL ICEX EJERCICIOS 2005-2009 .............................................. 47
III.1. SOBRE LA REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES .......................................... 47
III.2. SOBRE LA GESTIÓN DE LA TESORERÍA Y DEL PERSONAL ................................................. 47
III.3. SOBRE LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN COMERCIAL .................................................... 51
III.4. SOBRE EL SISTEMA DE CONTROL DE LAS OFECOMES Y DE LAS DTPS ........................... 53
III.5. SOBRE LA COORDINACIÓN DE LAS OFECOMES Y DE LAS DTPS ....................................... 58
III.6. SOBRE LA UNIDAD DE CONTROL INTERNO .......................................................................... 61
IV. CONCLUSIONES .......................................................................................................................... 62
IV.1. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD ............................................................... 62
IV.2. REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES ............................................................ 63
IV.3. ANÁLISIS DE LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN COMERCIAL .......................................... 63
IV.4. CUMPLIMIENTO DE LA LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MAYO, PARA LA IGUALDAD
EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES ............................................................................................ 64
IV.5. SEGUIMIENTO DE CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DEL INFORME DEL
TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE EL ICEX EJERCICIOS 2005-2009 .............................................. 64
V. RECOMENDACIONES .................................................................................................................. 66
V.1. DIRIGIDAS AL ICEX ................................................................................................................... 66
V.2. DIRIGIDAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO INTERNACIONAL E
INVERSIONES ................................................................................................................................... 66
V.3. COMUNES A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO INTERNACIONAL E
INVERSIONES Y AL ICEX ................................................................................................................. 66
ANEXOS
ALEGACIONES FORMULADAS
RELACIÓN DE SIGLAS Y ABREVIATURAS
AGE Administración General del Estado
BOE Boletín Oficial del Estado
CCAA Comunidades Autónomas
CECIR Comisión Interministerial de Retribuciones
CECO Fundación Centro de Estudios Económicos y Comerciales
CEOE Confederación Española de Organizaciones Empresariales
CITES Comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna silvestre
Cominver Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones
CPE Comité de Promoción de Exportaciones
DEF Dirección Económico-Financiera
DGIE Dirección General de Internacionalización de la Empresa
DTPS Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio
FEDER Fondo Europeo de Desarrollo Regional
ICEX Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones
IGAE Intervención General de la Administración del Estado
Invest in
Spain
Sociedad Estatal para la Promoción y Atracción de las Inversiones Exteriores,
S.A.U.
LOFAGE Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado
LTAIBG Ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
MINECO Ministerio de Economía y Competitividad
MINHAP Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
OEP Oferta de Empleo Público
Ofecomes Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior
OPC Organismo de Promoción Comercial
PGC Plan General de Contabilidad de la empresa española
SEC Secretaría de Estado de Comercio
SEHP Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos
SSCC Servicios Centrales
TGSS Tesorería General de la Seguridad Social
UCI Unidad de Control Financiero y Riesgos (anteriormente denominada Unidad de
Control Interno
UE Unión Europea
RELACIÓN DE CUADROS
Cuadro 1 : Plantilla 31.12.2015 ..................................................................................................... 22
Cuadro 2 : Oferta de Empleo Público en España .......................................................................... 24
Cuadro 3 : Contratos personal 2015 ............................................................................................. 24
Cuadro 4 : Líneas de actuación 2015 ........................................................................................... 35
Cuadro 5 : Actividades realizadas en 2015 en colaboración con las CCAA .................................. 38
Cuadro 6 : Importes abonados a empresas participantes en FIHAV, Habana 2015 ...................... 40
Cuadro 7 : Importes abonados por CCAA por Pabellones Oficiales .............................................. 41
Cuadro 8 : Actividades de Promoción Comercial Analizadas ........................................................ 42
Cuadro 9 : Distribución del personal del ICEX a 31.12.2015 ......................................................... 46
Cuadro 10 : Convocatoria de personal fijo SSCC 2010-2014 ....................................................... 48
Cuadro 11 : Contrataciones de personal temporal SSCC 2010-2014 ........................................... 49
Cuadro 12 : Contratación de personal en el exterior 2010-2014 ................................................... 50
Cuadro 13 : Importes pagados por dietas por asistencia al Consejo de Administración ................ 51
Cuadro 14 : Informes UCI 2010-2014 ........................................................................................... 61
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 13
I. INTRODUCCIÓN DEL INFORME
I.1 INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN
1.1. El Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó, en su sesión de 22 de diciembre de 2015, el
Programa Anual de Fiscalizaciones correspondientes al año 2016, en el que se incluye, a iniciativa
del propio Tribunal, la fiscalización de la Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e
Inversiones, (en adelante ICEX), ejercicio 2015.
1.2. Con fecha 25 de abril de 2013 se aprobó por el Pleno del Tribunal de Cuentas el Informe de
fiscalización del Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX) y sus relaciones con las Oficinas
Económicas y Comerciales y con las Direcciones Regionales y Territoriales, ejercicios 2005 a 2009.
La relevancia de las conclusiones y recomendaciones de este informe, así como de la importancia
institucional y para la promoción exterior de las empresas españolas que tiene el ICEX, justificaron
esta nueva fiscalización.
1.3. El Pleno, en su sesión de 27 de abril de 2016, acordó, a propuesta del Consejero ponente, el
inicio de este procedimiento fiscalizador, según lo establecido en el artículo 3b) de la Ley 7/1988,
de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas, y siguiendo lo dispuesto al efecto, en las
Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas, aprobadas el 23 de diciembre de 2013 (Norma
34 del apartado de Normas de Procedimiento). Las Directrices Técnicas de la fiscalización fueron
aprobadas por el Pleno el 30 de junio de 2016.
I.2. ÁMBITO SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
1.4. La Entidad objeto de fiscalización ha sido el ICEX, que se configura como una entidad pública
empresarial, adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad1 (en adelante MINECO), a través
de la Secretaría de Estado de Comercio (en adelante SEC).
1.5. La fiscalización se ha referido a la totalidad de la gestión económico financiera del ICEX
ejercicio 2015. No obstante, para el adecuado cumplimiento de los objetivos previstos, se han
analizado aquellos hechos anteriores o posteriores que se han considerado relevantes; también se
ha realizado el seguimiento de las Conclusiones y Recomendaciones del informe del Tribunal de
Cuentas anteriormente citado; este seguimiento ha comprendido el periodo 2010-2014.
I.3. OBJETIVOS Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN
1.6. De acuerdo con lo previsto en las Directrices Técnicas, se ha llevado a cabo una fiscalización
de carácter integral ya que, en los términos previstos en las normas 6 y 7 de las técnicas,
aprobadas por el Pleno en su sesión de 23 de diciembre de 2013, se han abordado aspectos
relativos a fiscalizaciones de cumplimiento, financiera y operativa, sobre la actividad económica-
financiera desarrollada por el ICEX, con los siguientes objetivos:
a) Comprobar el cumplimiento de la normativa aplicable a las actividades desarrolladas por el
ICEX.
b) Comprobar que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio fiscalizado representan
adecuadamente la imagen fiel de su situación financiera y patrimonial y de los resultados del
ejercicio, de conformidad con los principios contables y presupuestarios que le son de aplicación.
c) Analizar los procedimientos de gestión y control aplicables a las actividades de promoción
comercial desarrolladas por el ICEX a través de las Oficinas Económicas y comerciales en el
exterior (en adelante Ofecomes) y Direcciones Territoriales y Provinciales (en adelante DTPS).
1 Actualmente Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
14 Tribunal de Cuentas
d) Realizar un seguimiento de las Conclusiones y Recomendaciones puestas de manifiesto en el
Informe de fiscalización del ICEX y sus relaciones con las Ofecomes y con las DTPS, ejercicios
2005 a 2009, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 25 de abril de 2013.
1.7. También se han analizado las cuestiones relacionadas con las previsiones contenidas en la
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en
adelante LTAIBG).
1.8. Los trabajos de fiscalización se han efectuado en los Servicios Centrales del ICEX y en la sede
de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones (en adelante Cominver). No se ha
visitado ninguna Ofecome ni DTPS, a diferencia de lo ocurrido en el Informe anterior, por lo que, en
lo relativo al funcionamiento de las Ofecomes y DTPS, se han utilizado los resultados de los
informes, tanto de la Intervención General de la Administración del Estado (en adelante IGAE),
como de la Inspección de Servicios del MINECO y de la Unidad de Control Financiero y Riesgos
(en adelante UCI) del ICEX.
1.9. También se han tenido en cuenta los resultados del Informe de Análisis Comparativo realizado
al ICEX en 2015, por el Centro de Comercio Internacional, organismo dependiente de Naciones
Unidas, que, entre sus objetivos, tiene el de ayudar a las organizaciones de promoción del
comercio, colaborando en su mejora en términos de desempeño y eficacia.
1.10. En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras no se han producido limitaciones que hayan
impedido cumplir los objetivos previstos, habiendo prestado adecuadamente su colaboración los
responsables de las entidades visitadas.
1.11. La presente fiscalización se ha realizado de acuerdo con las Normas de Fiscalización del
Tribunal de Cuentas, aprobadas por el Pleno de este Tribunal el 23 de diciembre de 2013.
I.4. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL ICEX
1.12. El ICEX fue creado por Real Decreto-ley 6/1982, de 2 de abril, sobre inversiones públicas de
carácter extraordinario y medidas de fomento de la exportación, como Entidad de Derecho Público
con personalidad jurídica propia bajo el nombre de Instituto Nacional de Fomento a la Exportación,
cambiando su denominación mediante Real Decreto 1417/1987, de 13 de noviembre, a Instituto de
Comercio Exterior, con el mandato de promover las exportaciones españolas.
1.13. El Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril, de medidas urgentes de impulso a la
internacionalización transforma el ICEX en una entidad pública empresarial, modificación incluida
en el Acuerdo Social y Económico para la Competitividad, el Empleo y la Garantía de las Pensiones
de 2 de febrero de 2011, con el objetivo de que el ICEX pueda obtener una mayor agilidad y
eficiencia en su gestión económica interna, que permita maximizar el impacto de sus recursos,
aumentar la oferta de servicios personalizados y de mayor calidad a las empresas y poner en
marcha operaciones de inversión financiera, permitiendo la concesión de préstamos a las
empresas, de carácter participativo y de otros tipos.
1.14. Este Real Decreto-ley fue desarrollado, de conformidad con el artículo 62.3 de la Ley 6/1997,
de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (en
adelante LOFAGE), a través del Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprobó el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Instituto Español de Comercio Exterior. Si
bien la LOFAGE ha sido derogada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, dicha Ley, según la Disposición final decimoctava, entrará en vigor al año de su
publicación en el Boletín Oficial del Estado (en adelante BOE), por lo que no afecta al periodo
fiscalizado, excepto en aquellas modificaciones en materia de contratación que su entrada en vigor
es de 20 días desde su publicación en el BOE.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 15
1.15. En el BOE de 24 de marzo de 2012 se publica la Orden HAP/583/2012 de 20 de marzo de
2012 en la que se recoge el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de marzo de 2012, por el que
se aprobó el plan de reestructuración y racionalización del sector público empresarial y fundacional
estatal. En su anexo IV, recogió la extinción de la Sociedad Estatal para la Promoción y Atracción
de las Inversiones Exteriores, S.A.U. (en adelante Invest in Spain), mediante la cesión global del
activo y pasivo a favor del ICEX, su único accionista, que recibió en bloque su patrimonio por
sucesión universal.
1.16. El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad, incluyó en su artículo 32 una modificación del
citado Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril, añadiendo como fines del ICEX las actividades
relativas a la atracción y promoción de las inversiones extranjeras en España, y cambiando, en
consonancia, su denominación a Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e
Inversiones, y, con el fin de adaptar el Estatuto del ICEX al nuevo marco normativo y ampliar su
ámbito de actuación, se aprueba la modificación del Real Decreto 1636/2011 mediante el Real
Decreto 608/2013, de 2 de agosto.
1.17. La Orden HAP/1816/2013 de 2 de octubre, en la que se publica el Acuerdo por el que se
adoptan medidas de reestructuración y racionalización del sector público estatal fundacional y
empresarial, recoge, en su anexo II, la extinción de la Fundación Centro de Estudios Económicos y
Comerciales (en adelante CECO), cuya actividad ha sido integrada en ICEX España Exportación e
Inversiones a partir del 1 de enero de 2015.
1.18. Adicionalmente, un acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de febrero de 2015 aprobó la
transferencia por sucesión universal de la rama de actividad de medio propio de la Sociedad Estatal
España Expansión Exterior, S.A., por lo que el ICEX pasó a prestar las funciones que venía
desarrollando este organismo, dirigidas al apoyo en la internacionalización y mejora de la
competitividad de las empresas españolas. Además, otro acuerdo de Consejo de Ministros de 18
de diciembre de 2015 autorizó la cesión global de activo y pasivo de la Sociedad Estatal España
Expansión Exterior, S.A. a favor de la Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e
Inversiones.
1.19. Así, el ICEX se configura como una entidad pública empresarial de ámbito nacional que tiene
como misión promover la internacionalización de las empresas españolas para contribuir a su
competitividad y aportar valor a la economía en su conjunto, así como atraer inversiones exteriores
a España. Presta sus servicios a través de una red de 31 DTPS en España y casi 100 Ofecomes
en el exterior. Dispone, además, de 22 Centros de Negocio en el extranjero, que ofrecen a las
empresas españolas infraestructura temporal a modo de incubadorasde la internacionalización.
1.20. El ICEX goza de personalidad jurídica pública diferenciada, plena capacidad jurídica y de
obrar, autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines, y patrimonio y tesorería propios e
independientes de los del Estado. Está sujeto al derecho privado, excepto en la formación de la
voluntad de sus órganos, en el ejercicio de potestades administrativas que tenga atribuidas y en
aquellos otros aspectos en que así se establezca específicamente en sus estatutos o resulte de lo
previsto para las entidades públicas empresariales en la LOFAGE (vigente durante el periodo
fiscalizado), siéndole de aplicación lo previsto para las entidades públicas empresariales en la Ley
47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, (en adelante LGP) y demás normativa
presupuestaria. En cuanto a la actividad subvencional que realiza el ICEX, a través de las ayudas
que concede a las empresas y a los becarios, este no está sujeto a las estrictas previsiones de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al ser una entidad pública sujeta al
derecho privado, sino que únicamente debe observar los principios de gestión e información que
establecen, respectivamente, los artículos 8.3 y 20 de la citada Ley y ajustarse al procedimiento
elaborado por la entidad, que debe incluir una serie de aspectos contemplados en el artículo 5 del
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
16 Tribunal de Cuentas
1.21. Así, según el artículo 24 del Estatuto del ICEX, se establece como normativa contable
aplicable los principios y normas recogidos en el Código de Comercio y el Plan General de
Contabilidad de la empresa española (en adelante PGC), así como sus adaptaciones, según consta
en el artículo 121 de la LGP.
1.22. El régimen de contratación del ICEX es el previsto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público para los organismos del sector público no considerados poder adjudicador. En virtud de
esta consideración, tal y como señala el texto refundido, se rige por unas Instrucciones Internas de
Contratación aprobadas por el Consejo de Administración el 12 de diciembre de 2012 con entrada
en vigor el 1 de enero de 2013, que se ajustan, en la adjudicación de los contratos, a los principios
de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, debiendo
recaer la adjudicación en la oferta económicamente más ventajosa.
1.23. Estas Instrucciones Internas de Contratación han sido desarrolladas a través del Manual de
Procedimientos de Contratación aprobado con fecha 30 de julio de 2013.
I.5. FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL ICEX
Funciones I.5.1.
1.24. Las funciones del ICEX vienen recogidas en su Estatuto; así, en su artículo 4 se atribuyen al
ICEX las siguientes:
a) Elaborar planteamientos estratégicos y definir prioridades por sectores y mercados para la
internacionalización de la empresa española y la atracción de inversiones a España, de acuerdo
con las directrices de la SEC. Diseñar y ofrecer instrumentos de apoyo para este fin y ejecutar las
acciones correspondientes.
b) Promover una oferta integrada de servicios a empresas que incorpore a las distintas entidades
implicadas en la internacionalización y la atracción de inversiones a España, colaborando con otras
Administraciones Públicas, entidades privadas y organizaciones empresariales representativas,
tanto en la planificación y el diseño de acciones de apoyo como en su ejecución.
c) Apoyar los proyectos de internacionalización de las empresas españolas y su implantación en
mercados exteriores mediante la participación en empresas, servicios, préstamos, incluso
participativos, ayudas y cualquier otro instrumento gestionado por el ICEX que faciliten el acceso de
la empresa a dichos mercados.
d) Prestar apoyo y desarrollar las acciones colectivas de internacionalización para grupos de
empresas en colaboración, en su caso, con las organizaciones representativas de las empresas y
otras entidades públicas y privadas, fomentando particularmente la cooperación empresarial.
e) Favorecer la participación de las empresas españolas en ferias y eventos internacionales de
manera que se optimicen estas actividades, tanto en términos de resultados comerciales para las
empresas como de mejora de la imagen empresarial de España en el exterior.
f) Promover, mediante ayudas económicas, cuantas acciones se consideren necesarias y
oportunas a favor de la imagen de las empresas, productos, servicios, marcas y tecnologías
españolas, así como desarrollar actuaciones para proyectar una imagen de España y de las
empresas españolas de un país competitivo, abierto e internacionalizado y dotado de
infraestructuras, recursos humanos y tecnológicos adecuados para actividades e inversiones y
como plataforma de acceso a terceros mercados en una economía global.
g) Prestar los servicios de información, formación y asesoramiento necesarios para la toma de
decisiones de las empresas y agentes implicados en la promoción de la internacionalización, así
como proporcionar información sobre la oferta española a las empresas y agentes extranjeros y
desarrollar cuantas acciones sean necesarias para potenciar la inteligencia empresarial.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 17
h) Proveer una oferta como centro de formación de la Administración en materia de economía,
comercio internacional e inversiones exteriores dirigida especialmente a facilitar a la empresa un
mejor conocimiento y aprovechamiento de las oportunidades en los mercados exteriores, así como
programas de capacitación de futuros profesionales orientados al área internacional de la empresa.
i) Sensibilizar y apoyar mediante ayudas a las empresas en su iniciación a la internacionalización,
con atención preferente a las pymes y a las empresas innovadoras.
j) Prestar servicios, con carácter personalizado y a la medida de sus necesidades, a las empresas
y a otros agentes públicos y privados involucrados en la internacionalización para facilitar el acceso
de la empresa española a los mercados exteriores o las inversiones conjuntas y colaboraciones
con empresas extranjeras de terceros países, tanto en España como en mercados exteriores.
k) Desarrollar actuaciones de promoción y captación de nuevos proyectos e inversiones directas
exteriores en España en sectores de interés para la internacionalización y la competitividad de la
estructura empresarial. Prestar servicios de valor añadido a los inversores extranjeros interesados
en invertir en España o a los ya establecidos para mantener la inversión y fomentar la reinversión.
l) Establecer líneas de colaboración con todas las instituciones que en el ámbito estatal,
autonómico y local se dedican a la promoción y atracción de inversiones. Promover un clima de
negocios favorable a las inversiones exteriores y las mejoras normativas o de infraestructuras que
faciliten la actividad y las inversiones, promoviendo las medidas y reformas necesarias para
mejorar la posición de España como centro de negocios y actividad empresarial internacional.
m) Desarrollar las funciones de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración
General del Estado y los organismos y entidades dependientes de ella, para los trabajos que se le
encomienden en relación con la internacionalización de la empresa española, cooperación
internacional y la atracción de inversiones.
n) Cooperar y promover acciones con otras instituciones nacionales, extranjeras y multilaterales
con intereses en el ámbito de la internacionalización y la atracción de inversiones, asegurando una
adecuada coordinación con los ministerios competentes.
o) Cualesquiera otras actuaciones que el ICEX estime necesarias o convenientes para impulsar la
internacionalización de la empresa española o que puedan serle encomendadas por el órgano de
adscripción, la SEC, o por el Gobierno para este fin.
p) Cualesquiera otras funciones que se le atribuyan legal o reglamentariamente.
Organización I.5.2.
I.5.2.1. SERVICIOS CENTRALES
1.25. El Estatuto establece como órganos de gobierno: el Presidente, el Consejo de Administración
y el Consejero Delegado.
1.26. El Consejo de Administración del ICEX está formado por el Presidente, el Consejero
Delegado y trece vocales, nombrados por el MINECO.
1.27. El Secretario de Estado de Comercio ejerce como Presidente del Consejo de Administración y
el Consejero Delegado como su Vicepresidente.
1.28. De los trece vocales, diez son nombrados en representación del sector público estatal a
propuesta de la SEC, de los cuales cinco pertenecen al MINECO y cinco a otros Ministerios,
Sociedades Públicas Estatales, Entidades Públicas Empresariales u otros organismos públicos
cuyo ámbito de actuación presente una mayor vinculación con los fines de la Entidad. Todos ellos
deben tener una categoría mínima de subdirector general o asimilado en el caso de los Ministerios
y de Director o asimilado en el resto del sector público. Los otros tres vocales son nombrados, uno
en representación de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (en adelante
CEOE), el segundo en representación de las Comunidades Autónomas (en adelante CCAA),
18 Tribunal de Cuentas
siendo este vocal designado a propuesta del órgano de cada comunidad autónoma con
competencias en comercio y rotando anualmente entre las seis CCAA con mayor volumen de
exportaciones y, por último, un tercer vocal, nombrado a propuesta del Consejo Superior de
Cámaras.
1.29. Asimismo, asiste a las sesiones del Consejo de Administración un secretario no consejero
que es nombrado y, en su caso, cesado por el Consejo de Administración, con voz, pero sin voto,
que lo es también del Consejo de Orientación Estratégica y que debe pertenecer al Cuerpo de
Abogados del Estado.
1.30. La estructura orgánica del ICEX se establece en su Estatuto, que en su artículo 11 dispone
que, dependiendo del Consejero Delegado, existen dos Centros Directivos:
a) Dirección General de Internacionalización de la Empresa (en adelante DGIE), cuyas funciones
son la dirección de las actividades del ICEX en relación con la internacionalización de la empresa
española.
b) Dirección General de Cooperación Institucional y Coordinación, cuyas funciones son la
dirección y coordinación de las actividades del ICEX en relación con la cooperación institucional y
aquellas otras relacionadas con los fines de la entidad que le encomiende el Consejero Delegado.
1.31. El ICEX cuenta asimismo con una Secretaría General, que coordina las actividades
administrativas de las distintas unidades y cuantas funciones le asigne el Consejero Delegado,
actuando como interlocutor, en estas materias, de los directores de la red territorial y exterior de la
SEC.
La estructura se complementa con dos Direcciones Ejecutivas (Formación e Invest in Spain)
resultantes de la incorporación de Invest in Spain y CECO, según se ha indicado anteriormente.
1.32. Completa la estructura organizativa de los Servicios Centrales (en adelante SSCC) del ICEX,
la Dirección Económica Financiera (en adelante DEF).
1.33. El RD 608/2013 crea el Consejo de Orientación Estratégica, configurado como un órgano de
reflexión y debate sobre la estrategia del ICEX, que propone sus líneas y planes de actuación,
procurando el máximo consenso entre las prioridades del sector público y privado en la
internacionalización empresarial. Con este Consejo, el ICEX da entrada en sus órganos de
gobierno a una amplia representación del sector privado implicado en la internacionalización.
I.5.2.2. RED PERIFÉRICA
1.34. El artículo 54.3 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización indica que “..el ICEX dotará a las Direcciones Territoriales y Provinciales de
Comercio y a la red de Oficinas Económicas y Comerciales del Ministerio de Economía y
Competitividad de los recursos materiales y humanos necesarios que, adscritos al ICEX, resulten
necesarios para asegurar el correcto desarrollo de las funciones del ICEX bajo las directrices de la
Secretaría de Estado de Comercio”. Las actividades que el ICEX desarrolla en el territorio nacional
se realizan, además de en los SSCC antes indicados, a través de las DTPS, ejerciendo sus
Directores como Directores del ICEX en sus respectivas demarcaciones territoriales asumiendo las
funciones de dirección y coordinación de las mismas.
1.35. Las DTPS están reglamentadas por el Real Decreto 1456/2005, de 2 de diciembre, Esta
norma concede a la red de DTPS la consideración jurídica de servicio descentralizado no integrado,
previsto en el artículo 33 de la entonces vigente LOFAGE.
1.36. El artículo 2 del Real Decreto 1456/2005 enumera las funciones que corresponde ejercer a
las DTPS, que son las siguientes:
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 19
a) La gestión, tramitación y resolución de los expedientes relativos al comercio exterior, incluido el
intracomunitario, de productos agrícolas e industriales, así como de material de defensa y doble
uso.
b) La tramitación de expedientes administrativos en materia de transacciones exteriores.
c) Estudiar e informar sobre los efectos del arancel y de los regímenes arancelarios especiales en
la economía de su demarcación.
d) Recoger y procesar datos sobre las magnitudes que intervienen en la distribución y
comercialización de bienes y servicios.
e) La inspección y control de calidad comercial de productos objeto de comercio exterior, incluido
el intracomunitario, en cuanto a normas y especificaciones técnicas, envases y embalajes,
almacenes, depósitos, medios de transporte, etc. La realización de los controles de conformidad
con las normas comunes de comercialización en el sector de frutas y hortalizas frescas. El control
de la conformidad respecto a las normas aplicables de seguridad y de etiquetado de determinados
productos industriales a importar de terceros países, previo a su despacho a libre práctica, en la
forma que reglamentariamente se establezca, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros
departamentos ministeriales u organismos de la Administración General del Estado (en adelante
AGE).
f) La expedición de certificados de conformidad en el desarrollo de actividades de certificación
voluntaria y asistencia técnica a empresas y sectores en el ámbito del comercio exterior.
g) La emisión de los permisos y certificados sobre productos y especímenes en el ámbito del
Convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre (en
adelante CITES), así como el desarrollo de las actuaciones de control e inspección derivadas de la
condición de la Secretaría General de Comercio Exterior de Autoridad Administrativa CITES y
órgano de gestión principal según la normativa comunitaria de desarrollo.
h) Las que les correspondan en función del desarrollo de las actividades del ICEX en sus
respectivos ámbitos territoriales, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1165/2005, de 30 de
septiembre, por el que se modifica la estructura orgánica del ICEX.
i) La información a organismos y particulares interesados en las materias citadas.
j) Las de carácter sancionador que estén previstas en las correspondientes normas.
k) En general, las restantes atribuidas en su ámbito territorial a la SEC, a sus organismos
autónomos o al ICEX.
1.37. Por otra parte las actuaciones que el ICEX realiza en el extranjero se llevan a cabo a través
de las Ofecomes. El Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre regula la organización, funciones
y provisión de puestos de trabajo de las Ofecomes. El artículo 2 determina las funciones e indica
que desarrollan sus competencias en un triple ámbito: el institucional, el de información económica
y el de apoyo y asistencia a las actividades empresariales de carácter económico.
1.38. En este tercer ámbito de actuación, las Ofecomes tienen las siguientes funciones:
a) Prospección general de mercados y concepción, valoración y, en su caso, coordinación de
planes generales sectoriales de promoción en el mercado local.
b) Concepción, organización, supervisión y valoración final y asistencia, según los casos, de
actividades específicas de promoción en el mercado local, y en particular, de aquellas actuaciones
de promoción comercial desarrolladas por el ICEX, como ferias y exposiciones, misiones
comerciales, viajes empresariales de prospección de mercados, campañas de publicidad y otras
actividades de promoción.
c) Asistencia y apoyo a los operadores económicos españoles a través del suministro de
información sobre mercados exteriores y oportunidades comerciales, elaboración de estudios de
mercado sectoriales, información sobre concursos y licitaciones internacionales, y demás aspectos
20 Tribunal de Cuentas
de interés para las empresas y asociaciones españolas en sus actuaciones en los mercados
exteriores.
d) Asistencia en la preparación y desarrollo de reuniones interempresariales colectivas, tales
como Comités de negocio, reuniones de Cámaras de Comercio, entre otras.
e) Información sobre la oferta exportable española a importadores locales, así como sobre las
empresas o agrupaciones exportadoras y de cuantos aspectos sean de su interés relativos al
sector exportador español.
f) Información, orientación y asistencia a inversores locales interesados en España y a posibles
inversores españoles en el país de destino.
g) Información y seguimiento de aspectos multilaterales, con especial atención a los proyectos
desarrollados con financiación de instituciones multilaterales de carácter económico o comercial de
las que España es miembro, así como apoyo a las gestiones de las empresas españolas en estos
organismos.
1.39. En cuanto a su dependencia funcional y administrativa, el punto 9, del artículo 7 del Real
Decreto 345/2012, de 10 de febrero (modificado por el Real Decreto 226/2014 de 4 de abril),
establece que dependen las Ofecomes de la SEC, sin perjuicio de la dependencia jerárquica de los
jefes de la Misión Diplomática respectiva. Y por último el punto 3, del artículo 45 de la Ley 2/2014
de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado fija que las Ofecomes son órganos
técnicos especializados de la Misión Diplomática, que bajo la dependencia jerárquica del
Embajador, le prestan asesoramiento y apoyo técnico y asisten a este y a la Misión en el
desempeño de sus funciones, sin perjuicio de su dependencia orgánica y funcional de su
Departamento, al que corresponde su organización interna y dotación presupuestaria.
1.40. En resumen, las Ofecomes son el instrumento oficial especializado para la
internacionalización de la economía española y la prestación de servicios y asistencia a las
empresas y emprendedores en el exterior e, igualmente, son responsables de las relaciones
institucionales económicas y comerciales y de generar información económica de los países en
donde están situadas y aquellos otros que forman parte de su demarcación. Para prestar sus
servicios de internacionalización y atracción de inversiones, el ICEX se apoya en esta red exterior
de 98 Oficinas.
1.41. Sus actividades más destacables son:
Identificación de socios comerciales.
Agenda de reuniones de negocios.
Información personalizada de mercados exteriores.
Invitaciones a España de compradores y prescriptores.
Apoyo logístico.
I.6. RENDICIÓN DE CUENTAS
1.42. Las cuentas anuales del ICEX, correspondientes al ejercicio 2015, se rindieron al Tribunal de
Cuentas, por conducto de la IGAE, el 25 de octubre de 2016 fuera del plazo señalado en el artículo
139 de la LGP, que establece como fecha límite el 31 de agosto.
1.43. El preceptivo resumen se publicó en el BOE el 7 de octubre de 2016, y una corrección de
errores el 16 de noviembre de 2016.
I.7. TRATAMIENTO DE LAS ALEGACIONES
1.44. De conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, los resultados de las actualizaciones fiscalizadoras fueron
puestos de manifiesto, para la formulación de alegaciones, a la actual Presidenta del ICEX
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 21
(Secretaria de Estado de Comercio), y a los tres presidentes que ocuparon el cargo en el periodo
2010-2016, así como al actual Consejero Delegado y a sus antecesores en el periodo 2010-2014
(dos vicepresidentes ejecutivos y un Consejero Delegado). Han presentado alegaciones los
actuales Presidente y Consejero Delegado, (coincidentes en el texto presentado), se han adherido
a las citadas alegaciones los tres anteriores presidentes y un vicepresidente ejecutivo. No han
contestado en el plazo señalado un Vicepresidente Ejecutivo y una Consejera Delegada. Se
adjuntan las alegaciones recibidas.
1.45. Los alegantes han formulado observaciones a puntos del Informe, así como a algunas
conclusiones habiéndose incorporado los cambios que se han considerado oportunos, ya sea por
aceptar su contenido o para razonar el motivo por el que no se aceptan; pero no han sido objeto de
contestación las que constituyen meras explicaciones de la gestión desarrollada por la entidad
fiscalizad, se refieren a hechos que no guardan estricta relación con lo indicado en el Informe o
pretenden la modificación del contenido y de la estructura general del Informe. La falta de
contestación a este tipo de alegaciones no debe entenderse, por tanto, como una aceptación tácita
de su contenido. En cualquier caso, el resultado definitivo de la fiscalización es el expresado en el
presente Informe, con independencia de las consideraciones que se han manifestado en las
alegaciones.
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
II.1. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
Cumplimiento de la normativa en la contratación de personal II.1.1.
II.1.1.1. CONTRATACIÓN EN LOS SERVICIOS CENTRALES DEL ICEX
2.1. El personal del ICEX se rige por el derecho laboral con las especificaciones contenidas en la
hasta el 1 de noviembre de 2015, y sustituida por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público en todo aquello que le sea de aplicación, siéndole aplicable también el régimen de
incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
2.2. La determinación y modificación de las condiciones retributivas del personal no directivo se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 55 de la LOFAGE.
2.3. El personal no directivo es seleccionado mediante convocatoria pública basada en los
principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de acuerdo con el artículo 55 de la LOFAGE.
Asimismo, resultan de aplicación a la selección de este personal los principios rectores, requisitos
generales de acceso, órganos de selección y sistemas selectivos previstos en la Ley 7/2007, del
Estatuto Básico del Empleado Público y su propio Estatuto en el artículo 16.
2.4. Las relaciones laborales en el ICEX están reguladas por el V Convenio Colectivo publicado en
el BOE de 31 de octubre de 2007 y, en lo no previsto en éste, por lo establecido en el Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores, en vigor hasta el 13 de noviembre de 2015, y sustituido por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores.
2.5. En relación al salario, se aplica el mismo principio de igualdad que gobierna las relaciones
laborales de la entidad. La retribución de cada categoría está fijada en el Convenio Colectivo. El
Convenio establece unos beneficios sociales, que son de aplicación por igual a todos los
22 Tribunal de Cuentas
empleados, salvo los tiques para comida, que únicamente perciben los empleados que desarrollan
su jornada laboral de forma partida.
2.6. Este personal está sujeto a las aprobaciones anuales que sobre subidas salariales aprueba la
Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (en adelante CECIR). En
función de las condiciones fijadas por la CECIR, el ICEX elabora la tabla salarial por categorías,
grupos profesionales y niveles de retribución. En 2015 hay 12 niveles de retribución. Además, la
CECIR autoriza anualmente la plantilla máxima que se puede contratar.
2.7. El personal directivo se regula específicamente en el Estatuto del ICEX, incluido su sistema de
selección, según señala el art 5 del Real Decreto-ley 4/2011. Los funcionarios de la AGE que
cubran destino como personal directivo en el ICEX queden en la situación administrativa de
servicios especiales, según el artículo 17 del Estatuto del ICEX modificado por el Real Decreto
608/2013; son personal directivo los que se encuadren en el art 3.1.b) del Real Decreto 451/2012
nombrados o cesados por el Presidente del ICEX, a propuesta del Consejero Delegado, atendiendo
a su experiencia y cualificación profesional, debiendo ser informado el Consejo de Administración y
quedando sometidos al régimen laboral especial de alta dirección. Los subdirectores y directores
adjuntos no tienen la consideración de personal directivo (artículo 17 bis del Estatuto del ICEX).
2.8. La determinación y modificación de las condiciones retributivas, tanto del personal directivo,
como del resto del personal, requiriesen el informe conjunto, previo y favorable de los Ministerios
de Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda según dice el artículo 55 de la LOFAGE y
el Real Decreto-ley 4/2011 de creación del ICEX.
2.9. En relación con el cumplimiento de la normativa, se ha solicitado la autorización de la CECIR
de la plantilla y la masa salarial que constituye el límite máximo de las obligaciones que el ICEX
puede contraer como consecuencia del Convenio Colectivo. Esta autorización incluye la de 371
efectivos correspondientes al personal sujeto a convenio, los correspondientes a los niveles del 4 al
12 .Los niveles inferiores fueron aprobados por la CECIR en su dotación máxima el 30 de julio de
2013 y no se ha necesitado nueva aprobación puesto que no se ha superado el número autorizado
correspondientes a niveles retributivos del 1 al 3. También se han verificado las aprobaciones de la
CECIR para los colectivos integrados en el ICEX en los ejercicios 2013-2015 (28 efectivos para los
procedentes de IS con fecha de autorización 30 de mayo de 2013, 19 efectivos procedentes de
Expansión Exterior y 13 efectivos procedentes de CECO con fecha de autorización el 29 de julio de
2015). Con posterioridad a estas incorporaciones se ha comprobado que la plantilla cubierta no
sobrepasa los límites máximos autorizados por la CECIR. La plantilla total, considerando las
incorporaciones descritas, viene reflejada en el Cuadro 1.
Cuadro 1: Plantilla 31.12.2015
CUBIERTA
ICEX 443
Procedente de IS 28
Procedente de CECO 13
Procedente de Expansion Exterior 19
TOTAL 503
Personal Temporal 7
TOTAL ICEX 510
2.10. Se ha comprobado la elaboración de las tablas salariales distribuidas en doce niveles
retributivos y su correcta aplicación en las nóminas de mayo seleccionadas en la muestra.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 23
2.11. Se analizan a continuación los procedimientos de contratación de personal seguidos por el
ICEX; estos vienen detallados en la normativa aplicable, especialmente en el V Convenio Colectivo,
en su capítulo III. Además, la selección y contratación de personal se debe ajustar a las normas de
la Oferta de Empleo Público 2015 (en adelante OEP) y a lo establecido en el Estatuto Básico del
Empleado Público.
2.12. En cuanto a los tipos de contratación en el ICEX, se pueden distinguir:
a) Plantilla estructural: engloba a aquellos trabajadores en situación de alta que ocupan con
carácter indefinido una plaza autorizada. En España, el porcentaje de este tipo de contratación
sobre la plantilla a 31 de diciembre de 2015 es del 98,58%, mientras que para el exterior es de un
91,49%. El número de empleados del ICEX con contrato fijo en España a 31 de diciembre de 2015
es de 503 efectivos y 86 en el exterior; en 2014 las cifras eran inferiores, 477 en España y 86 en el
exterior.
b) Plantilla interina: son contrataciones con una duración determinada y finalización cierta en el
momento que concluya la reserva del puesto del trabajador de plantilla estructural o finalice el
correspondiente proceso de selección. El tipo de contrato utilizado es contrato de interinidad. En
España el porcentaje sobre el total de la plantilla a 31 de diciembre de 2015 es del 1,01%, similar al
del personal contratado en el exterior, un 2,13%.
c) Plantilla temporal: se trata de trabajadores que ocupan puestos de duración determinada
mientras continúe la necesidad temporal de sus servicios. La contratación de estos trabajadores se
realiza a través de un contrato de obra y servicio. En España, el porcentaje de este tipo de
contratación sobre el total de la plantilla a 31.12.2015 es del 0,41%, siendo superior en la plantilla
del personal contratado en el exterior ya que los contratos de obra y servicio suponen el 6,38% de
su plantilla.
2.13. El artículo 3.10 del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la OEP
para el año 2015 (en el que fueron aprobadas 12 plazas para el ICEX, 11 de cupo general y uno de
reserva para personas con discapacidad general) establece que “..Se promoverá la participación en
Tribunales y Órganos de selección de personas con discapacidad en aquellos procesos en los que
exista turno de reserva para este colectivo.”. Ello fue cumplido mediante la convocatoria pública de
referencia SSCC 05/2015.
2.14. En el Cuadro 2 se muestra cómo han sido cubiertas las plazas: las diez primeras en procesos
internos; una por traslado, cinco por reingreso de excedentes, cuatro por promoción interna y una
por convocatoria pública. La plaza de administrativo reservada con discapacidad también se
adjudica en convocatoria pública.
2.15. Se ha solicitado el cuadro de incorporaciones detallado por convocatoria pública de 2015.
Solo se han producido dos incorporaciones en 2015 de acuerdo a la OEP, ya que en el periodo
2011- 2014 no se produjo ninguna contratación.
24 Tribunal de Cuentas
Cuadro 2: Oferta de Empleo Público en España
REF. PUESTO FASE CONVOCATORIA RESOLUCIÓN
PLAZ AS
CUBIERTAS
OBSERVACIONES
SSCC
04/2015
11 Plazas
Técnico
nivel 3
Proceso Interno Concurso de traslado
26/06/2015 14/07/2015
1 Traslado
Pendiente nueva
convocatoria interna
Proceso Interno
Reingreso de
excedentes 5
Excedentes que
habían solicitado el
reingreso
27/10/2015 4
Técnicos de nivel
retributivo inferior
21/12/2015 07/03/2016 No hay solicitudes
Desierto
14/06/2016 1
Plaza vacante del
traslado anterior
Proceso Público
29/01/2016
06/05/2016
1
TOTAL PLAZAS CUBIERTAS SSCC 04/2015
11
REF. PUESTO FASE CONVOCATORIA RESOLUCIÓN
PLAZ AS
CUBIERTAS
OBSERVACIONES
SSCC
05/2015
1 Plaza
Administr ativo
Nivel 12
Proceso Interno
Concurso de traslado
26/06/2015 21/10/2015 No hay solicitudes
Desierto
Proceso interno
Reingreso de
excedentes
Concurso de
promoción interna
27/10/2015
Proceso público Convocatoria Pública 29/01/2016 25/04/2016 1
TOTAL PLAZAS CUBIERTAS SSCC 05/2015
1
Cuadro 3: Contratos personal 2015
AÑO REF. PUESTO ÁREA PUBLICACIÓN RESOLUCIÓN OBSERVACIONES
2015
SSCC
04/2015
Técnico nivel
3
Contabilidad 29/01/2016 06/05/2016 OEP 2015
SSCC
05/2015 Administrativo
nivel 12 Administración 29/01/2016 25/04/2016 OEP 2015 Reserva
discapacidad
2.16. Todo lo relativo a los procesos selectivos se regula en el Capítulo III (Provisión de vacantes y
contratación) del vigente Convenio Colectivo (Resolución de 17 de octubre de 2007, de la Dirección
General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio Colectivo del ICEX, publicado en
el BOE de 31 de octubre de 2007).
2.17. En el artículo 19 se establece la composición de los órganos de selección:
a) Procesos internos
Los procesos correspondientes al traslado, reingreso de excedentes, concurso de promoción
interna y concurso de promoción por méritos deben ser ordenados y resueltos por una Comisión de
Selección y Promoción. Esta Comisión debe estar formada por:
Cuatro miembros nombrados a propuesta de la Dirección:
Secretario General.
Subdirector de Recursos Humanos.
Responsable de selección de Recursos Humanos.
Director de División del área a la que esté adscrito el puesto convocado, o persona en quien
delegue.
Dos miembros a propuesta de la representación legal de los trabajadores.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 25
b) Procesos públicos
Procederá a nombrarse un tribunal para los concursos públicos conforme a los siguientes criterios:
Nombramiento del tribunal: El nombramiento de los tribunales es competencia del
Vicepresidente Ejecutivo del ICEX a propuesta del Secretario General.
Composición del tribunal: El tribunal de selección estará integrado por un mínimo de cinco
miembros, y en cualquier caso siempre estará formado por un número impar de componentes.
Presidente: Será el Secretario General del ICEX o persona en quien delegue.
Vocales: Serán designados por la Dirección del ICEX, uno de ellos a propuesta del Comité de
empresa.
Secretario: Un miembro de la Subdirección de Recursos Humanos.
2.18. Por tanto, la denominación y composición de los órganos de selección se establece en
función del tipo de proceso realizado, por lo que en los procesos públicos la composición no tiene
por qué coincidir con el proceso interno previo, aunque en ningún caso puede ser idéntica ya que
en el proceso interno la Comisión se compone de seis miembros y en caso del proceso público el
tribunal siempre está formado por un número impar de componentes.
2.19. De la revisión de los procesos selectivos hay que señalar:
En el concurso de convocatoria pública 04/2015 para una plaza de Técnico nivel 3, hubo dos
cambios en el tribunal incorporando trabajadores que no estaban dentro de los suplentes indicados
en la composición del mismo; estos cambios se han producido por dos bajas médicas y no haberse
previsto un tercer suplente. Por otra parte, el Comité de empresa nombra a la persona que cree
oportuna, pero no siempre es el mismo representante. Se ha cumplido en todas las reuniones que
fueran un mínimo de cinco y siempre un número impar como establece la normativa.
En la convocatoria de una plaza de administrativo con discapacidad que está dentro de la OEP
de 2015, se han revisado los procesos internos seguidos y de las tres actas analizadas, en una de
ellas faltan dos miembros de la dirección; ocurrió en la reunión en la que la decisión a tomar no era
significativa para el proceso ya que, solo se determinaba el pase a la siguiente fase: reingreso de
excedentes. La convocatoria pública para esta plaza y su resolución entran ya en el ámbito
temporal del 2016.
2.20. Por lo que se refiere al personal temporal, se han revisado los seis expedientes de
contratación, y todos tenían la documentación completa, incluidas las solicitudes de contratación
con la descripción del puesto de trabajo, la justificación de la necesidad de su cobertura y la firma
autorizada.
2.21. Los contratos de interinidad se nutren de las bolsas de trabajo existentes para sustituir al
personal laboral. Aunque consta que a partir de 2014 y durante 2015 se comunican por escrito las
plazas a los candidatos seleccionados y consta su aceptación o renuncia, este procedimiento para
llamamientos por escrito que se venía haciendo no se contempla en la normativa del ICEX hasta la
fecha de 28 de enero de 2016 en que se aprueba la Normativa interna de funcionamiento de las
bolsas de trabajo.
2.22. En la cobertura de la plaza de Técnico de nivel 3 de 2015 existe una reclamación en su fase
interna por un trabajador del ICEX que superó las dos primeras fases del proceso interno y no
superó la entrevista personal, quedando la convocatoria desierta y fue esa plaza la que salió a
convocatoria pública. Ya se ha dictado sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid el 10 de
noviembre de 2016, desestimando la demanda del trabajador y declarando que no hubo
arbitrariedad en la valoración efectuada por la Comisión de Selección y Promoción.
2.23. Con ello reafirma la conclusión de este Tribunal de que los procesos de selección durante
2015 han cumplido en general la normativa aplicable.
26 Tribunal de Cuentas
II.1.1.2. CONTRATACIÓN EN EL EXTERIOR
2.24. La contratación de personal del ICEX en el exterior, se regula por la norma aprobada por el
Consejo de Administración con fecha 23 de junio de 2014 que cuenta con el visto bueno favorable
de la Abogacía del Estado (12 de junio de 2014).
2.25. En el ejercicio 2015, se han realizado cuatro contrataciones de personal en el exterior, dos
puestos fijos (un Técnico en Dubái y un Administrativo en Cantón), y dos temporales (un
Administrativo en Londres y un Técnico en México).
2.26. Se han analizado los dos procesos de selección de personal fijo, comprobándose los
siguientes aspectos de los mismos:
Solicitud cobertura: consta la solicitud de la oficina y la autorización por parte de la Secretaria
General del ICEX.
Convocatoria y bases: convocatoria pública, bases aprobadas por MINHAP, bases ajustadas a
bases autorizadas, publicidad ICEX, publicidad oficina.
Tribunal de Selección: será nombrado por el Consejero Delegado, y estará formado por cinco
miembros, tres de los SSCC, (el Secretario General del ICEX, que lo preside, un miembro de la
Secretaría General, que ejerce como secretario y un vocal) y dos vocales de la Ofecome donde se
realiza la selección.
Proceso Selectivo: dominio idioma, titulación según puesto, puntuaciones y baremos según
normativa, criterios desempate, publicación listas sin nombres, entrevistas video-conferencia, Acta,
selección candidato mayor puntuación.
2.27. Como resultado de las verificaciones realizadas se puede señalar un total cumplimiento de la
normativa reguladora.
Cumplimiento de la normativa sobre transparencia II.1.2.
2.28. El 9 de diciembre de 2013 se aprueba la LTAIBG, que establece como objeto, en su artículo
1, ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de
acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno
que deben cumplir los responsables públicos, así como las consecuencias derivadas de su
incumplimiento.
2.29. El ICEX está sometido a esta Ley, ya que en base al artículo 2.g), la misma se aplica a “Las
sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación directa o indirecta, de las entidades
previstas en este artículo sea superior al 50 por 100”.
2.30. Las obligaciones contenidas en la LTAIBG comprenden dos ámbitos diferenciados, como son
la publicidad activa, definida en el Capítulo II, que comprende la publicación periódica de
información relevante para garantizar la transparencia, y el derecho de acceso a la información
pública, definido en el Capítulo III de la norma, que regula el derecho de las personas, establecido
en el artículo 105.b) de la Constitución Española, de acceder a la información pública.
II.1.2.1. PUBLICIDAD ACTIVA
2.31. La publicidad activa comprende la información institucional, organizativa y de planificación, la
información de relevancia jurídica y la información económica, presupuestaria y estadística. Esta
información, según establece el artículo 5.4 de la Ley, ha de publicarse en las correspondientes
sedes electrónicas y de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 27
2.32. La página web del ICEX se caracteriza por una variedad de canales y herramientas de
comunicación, así como la calidad y la estrategia de la información que ofrece. No obstante, la
página web, que en un entorno privado podría calificarse como óptima, presenta carencias en el
cumplimiento de la Ley, que podrían sintetizarse en una falta de estructura y claridad referido no a
los contenidos, que se cumple sobradamente, sino en la forma de ofrecer la información, por lo que
sería recomendable que se estableciera un enlace dentro de su página web que presentara de
forma estructurada la información requerida por la Ley, información que ya ofrece pero de manera
dispersa.
2.33. Así, la página web del ICEX, en la pestaña “Quienes somos” ofrece información, en diversos
submenús, sobre su estructura organizativa, sus planes de actuación y los objetivos de la entidad,
según establece el artículo 6 de la Ley. Así, en dicho enlace de su web, muestra su legislación
aplicable, el organigrama de la sociedad, en el que figura el currículum vitae de su directivos,
planes y, en resumen, la información requerida.
2.34. De igual manera, el ICEX muestra en su página web la información económica y estadística
requerida por el artículo 8 de la precitada Ley, pero, una vez más, estructurada con criterios de
empresa privada, lo que no es motivo de crítica por parte de este equipo auditor, pero debería
ampliar o adaptar su página para, manteniendo la estructura actual, por sus características que le
hacen accesible al mercado potencial de sus clientes (es decir, de empresas interesadas en la
promoción exterior), presentar de forma sistemática, quizás a través de un submenú, la información
requerida por la LTAIBG.
2.35. En este sentido, la Entidad debe mejorar, mostrando de forma clara la información requerida,
especialmente la información estadística para mostrar el grado de cumplimiento por la Entidad de
los objetivos propuestos (información de la que ya dispone la entidad y que puede encontrarse en
su web si bien no de una forma clara) y la información referente a contratación, que, una vez más,
ofrece en su página, pero de una forma compleja para un ciudadano medio.
II.1.2.2. DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
2.36. El capítulo III de la LTAIBG regula el derecho de acceso para el ciudadano a la información
pública. Una vez más, el ICEX cumple la obligación establecida en la ley, través de su ventana
global.
2.37. La ventana global está enfocada básicamente, a aquellas empresas interesadas en el
mercado exterior, pero debe ofrecer a cualquier ciudadano interesado la información que precise.
No obstante, pese a las virtudes que dicho portal tiene, la obtención de información para un
ciudadano medio puede resultar confusa.
2.38. En este sentido, debe implantarse un sistema que permita presentar, de forma clara, la
solicitud de información por el ciudadano, por cualquier medio, según establece el artículo 17 de la
Ley, así como la recepción de la información solicitada.
Cumplimiento de la normativa en el abono de las dietas del Consejo de Administración II.1.3.
2.39. El Consejo de Administración viene regulado en el Estatuto del ICEX, según el artículo 7
forman el Consejo de Administración el Presidente, el Consejero delegado y trece vocales que
serán nombrados por el MINECO. El Secretario de Estado de Comercio ejercerá como Presidente y
el Consejero Delegado como Vicepresidente. Diez serán nombrados en representación del sector
público estatal a propuesta del Secretario de Estado de Comercio, cinco por el MINECO y por cinco
de Ministerios. Los otros tres; uno en representación de la CEOE, el segundo en representación de
las CCAA y el último nombrado a propuesta del Consejo Superior de Cámaras.
2.40. Las remuneraciones a los miembros del Consejo de Administración son en concepto de
indemnización por asistencia al mismo y han supuesto en 2015 un importe de 134.114,28 euros.
28 Tribunal de Cuentas
2.41. En el ejercicio 2015 se han celebrado 11 Consejos de Administración de los que se ha
levantado su correspondiente acta. Las asistencias pagadas han ascendido a 123 por un importe
individual de 1.090,36 euros.
2.42. Estas dietas están reguladas por los artículos 27 y 28 del Real Decreto 462/2002, de 24 de
mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio. A tenor de esta norma, este derecho
excepcional está condicionado a la autorización del MINHAP, que fijará las cuantías máximas a
percibir en concepto de asistencias a Consejos de Administración durante el ejercicio en curso
(artículo 28.1).
2.43. Además las entidades que abonen estas dietas comunicaran semestralmente al MINHAP las
cantidades satisfechas por estos conceptos (artículo 27.2). El ICEX ha realizado las dos
comunicaciones semestrales correspondientes al ejercicio 2015 detallando por una parte las
cantidades cobradas por los Consejeros con derecho a dietas con nombres y apellidos y numero de
sesiones y por otra parte, detalle de los Consejeros sin derecho a percibir dietas por ser alto cargo
por los que el ICEX ha realizado su ingreso en el Tesoro según la legislación vigente.
2.44. La Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos (en adelante SEHP), ha autorizado el
pago de las asistencias al Consejo de Administración para el ejercicio 2015 con fecha 17 de marzo
de 2014 (autorización válida para 2014 y 2015).
2.45. La SEHP vinculó en su autorización el pago de las indemnizaciones a que se celebrasen un
mínimo de once sesiones lo que así ha ocurrido en 2015, a diferencia de la problemática que se
planteó en el anterior Informe del Tribunal de Cuentas referido a los ejercicios 2005-2009.
2.46. Por otra parte, las asistencias correspondientes a los altos cargos han sido ingresadas en el
Tesoro, según se ha podido comprobar.
2.47. Se ha realizado un cuadro de asistencias en base a la información de las actas del consejo de
administración comparándolas con las comunicaciones semestrales al MINHAP. En el segundo
semestre hay una diferencia de dos asistencias; comunican 123 asistencias realizadas y según las
actas las realizadas debieron de ser 125 entre asistencias y delegaciones de voto. Las diferencias
han sido explicadas por el ICEX; el vocal representante de la Cámara de Comercio de España
asiste a 5 sesiones y solo se notifica al Ministerio el pago de 4 debido a que su asistencia al
consejo de 23 de julio de 2015 fue en calidad de visitante pues el nombramiento firmado por el
Ministro llegó con posterioridad a la entidad y por tanto no se le abonó y respecto al otro vocal
representante del MINECO, renunció a su condición de miembro del Consejo (mediante carta de 23
de julio de 2015) en la misma sesión, por lo que tampoco se le abonó.
Cumplimiento de la normativa en el proceso de selección de las becas de II.1.4.
internacionalización empresarial
2.48. El programa de becas de internacionalización del ICEX, se creó en 1974 por la entonces
Dirección General de Exportaciones del Ministerio de Comercio. A lo largo de estos cuarenta años
el programa ha formado a más de 5.000 jóvenes licenciados.
2.49. El programa se extiende a lo largo de un periodo de tres años con el siguiente calendario:
1) Proceso de selección: este proceso es realizado por una empresa especializada, y culmina con
un Máster en Gestión Internacional de la Empresa con titulación oficial expedida por la Universidad
Internacional Menéndez Pelayo e impartido por el ICEX. El Máster, que se imparte a lo largo de un
año, está diseñado para proporcionar una formación en diversos ámbitos de la gestión empresarial,
con una especialización en los procesos de internacionalización empresarial. El proceso de
selección y el Máster cuentan desde el año 2011 con la certificación de calidad ISO 9001:2008,
concedida por AENOR. Este sello de calidad exige realizar evaluaciones externas anuales y la
homogeneización de todo el procedimiento de formación de los becarios.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 29
2) Proceso de formación práctica, este proceso consta a su vez de dos fases:
Fase I. Formación en las Ofecomes: después de ser seleccionados los becarios se forman
durante un año en los casi 100 destinos que ofrecen las Ofecomes desarrollando trabajos
relacionados con los servicios y acciones que la Secretaría de Estado de Comercio y el ICEX
ofrecen a las empresas para facilitar su internacionalización. Los becarios están tutelados por el
personal de la Oficina, que traza planes de formación individualizados y evalúa periódicamente el
aprovechamiento de esta formación.
Fase II. Formación en empresas e instituciones españolas vinculadas con la internacionalización
o en Organismos Multilaterales de los que España es miembro: esta fase, que constituye el final del
programa, es cofinanciada por ICEX y por la empresa o institución que acoge al becario, y sirve
para que el becario culmine su formación y empiece su inserción en el mundo laboral.
2.50. Una vez descrito el procedimiento, se ha seleccionado para su análisis la Convocatoria de
Becas 2015, que se rige por el Procedimiento interno del ICEX de justificación de Ayudas y por la
Convocatoria respectiva; tanto el procedimiento interno como la Convocatoria recogen los
requisitos que fijan la Ley y el Reglamento de Subvenciones. El calendario de esta Convocatoria es
el siguiente:
Convocatoria: mayo 2013.
Proceso de selección por la empresa especializada: junio-octubre 2013.
Máster: octubre 2013-septiembre 2014.
Prácticas Ofecomes: ejercicio 2015 (8 de enero 19 de diciembre).
Prácticas en empresas: ejercicio 2016 (febrero 2016 enero 2017).
2.51. La dotación económica de esta convocatoria consiste:
1) Durante el periodo de formación teórica el ICEX asumirá el coste del Máster Universitario en
Gestión Internacional de la Empresa (valorado en 9.600 euros por candidato), excepto el Precio
Público fijado por la Universidad (por lo que no se ha entrado en valorar si cumple los porcentajes
de costes previstos en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades) que será
abonado directamente por el candidato a la Universidad.
2) Durante las prácticas en las Ofecomes, cada becario recibirá:
Una dotación bruta anual comprendida entre 21.000 euros y 48.000 euros en función del coste
de vida, del país y ciudad de destino. La dotación se fraccionará en un anticipo y 13
mensualidades. El último pago se realizará en enero de 2016 tras la culminación satisfactoria de las
actividades formativas previstas, que se acreditará mediante la evaluación positiva del desempeño
de la beca por parte de los tutores. De esta dotación se detraerán la correspondiente retención
fiscal y la cuota por cotización a la Seguridad Social aplicables según la legislación vigente.
Título de transporte de ida y vuelta al destino asignado desde el aeropuerto español (con
conexiones internacionales según destino) más cercano al lugar de residencia del becario.
Seguros de accidente y asistencia en viaje.
Gastos de desplazamiento en la zona derivados de la realización de sus actividades de
formación, siempre que estas hayan sido previamente autorizadas por ICEX.
30 Tribunal de Cuentas
La obtención, en su caso, del visado y de los gastos derivados del mismo o de su renovación,
correrá a cargo del becario, dado su carácter personalísimo.
3) Durante las prácticas en las empresas o instituciones, la dotación bruta anual se establece
individualmente por el ICEX para cada destino.
2.52. En cuanto al número de plazas de esta convocatoria se establece en un máximo de 260, para
la matriculación en el máster y de 235 para la realización de las prácticas en las Ofecomes.
2.53. También regula la convocatoria: los requisitos de los candidatos, la formación de la Comisión
de Selección, que estará integrada en cualquier caso por personal del ICEX (un presidente, tres
vocales y un secretario); el proceso de selección y la asignación de destinos.
2.54. Se va a analizar a continuación el cumplimiento de cada una de las fases en que se divide el
proceso de selección y el proceso de formación:
1) Proceso de selección; como ya se ha comentado esta fase el ICEX la asigna a una empresa
especializada que se encarga de todo el proceso inicial, facilitándole al final del mismo un listado
con los aprobados y la puntuación obtenida.
En esta fase los hechos más significativos que conviene resaltar son:
No se ha publicitado la convocatoria en el BOE, tal y como resulta preceptivo según el artículo 5
del Reglamento General de Subvenciones, y como de hecho, ha realizado el ICEX en las
convocatorias posteriores.
El 62% de los presentados tiene conocimiento de las becas a través de familiares o conocidos y
tan solo el 7,5% a través de prensa nacional y el 4,9% a través de presentación en universidades.
El bajo porcentaje que tiene conocimiento a través de la prensa nacional, puede tener su
explicación en que no se ha publicitado en los principales periódicos económicos del país.
Igualmente su presentación en universidades, a raíz del porcentaje de conocimiento, resulta
claramente insuficiente, por lo que se considera que el ICEX debe hacer un esfuerzo en publicitar
estas convocatorias para que no sean tan cerradas y estén en gran parte limitadas a un colectivo
con conocimiento previo de ellas.
Hay una paridad de hombres y mujeres entre los inscritos, con un 50% para cada género.
Las reclamaciones que formulan los candidatos son resueltas por la empresa contratada, sin
que intervenga ningún miembro del Comité de Selección, lo que no se considera adecuado, sobre
todo en los casos en que se excluye a algún candidato de dicho proceso; en general, el Comité de
Selección debería asumir un papel más activo en todo el proceso, supervisando la actuación de la
empresa contratada.
En la distribución de candidatos por CCAA destaca la alta participación de candidatos
provenientes de la Comunidad Autónoma de Madrid con un 41% del total, entre las razones que
puede tener este hecho, la empresa seleccionadora pone de manifiesto que el que se haga el
Máster en Madrid beneficia claramente a los residentes en este comunidad y perjudica a los
residentes en otras comunidades que deben soportar un coste de traslado y alojamiento muy
superior y este hecho excluye de entrada a los posibles interesados no madrileños de rentas
familiares bajas. Sin embargo el ICEX argumenta que los candidatos pueden solicitar las becas de
postgrado del Ministerio de Educación y Ciencia, al ser un título universitario oficial. Estas becas
pueden cubrir tanto los gastos de estudios como los de movilidad, lo que palía la posible
discriminación por bajos recursos. Este Tribunal comparte los argumentos del ICEX, considerando
que el programa ofrece igualdad de oportunidades a los participantes.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 31
Hay un total de 1.783 solicitudes de candidatos de los cuales fueron desestimados 18, quedando
inscritos 1.765, de los cuales superaron la prueba psicotécnica 778, y de estos, 574 superaron la
prueba de inglés. La tercera prueba de esta fase consiste en un comentario de texto, corregido por
dos profesores del Máster, siendo superada por 386 aspirantes.
La última prueba consiste en la realización de una entrevista personal realizada exclusivamente
por el personal de la empresa, que es superada por un total de 286 candidatos (255 titulares, que
pasarán a hacer el Máster y 31 reservas).
Para realizar esta entrevista, el personal del ICEX imparte una jornada formativa al personal de
la empresa seleccionadora. La entrevista personal es, con diferencia, la prueba más subjetiva de
todas a las que se enfrentan los candidatos, por lo que debería participar en la misma algún
miembro del Comité de Selección y no dejarla a criterio exclusivo de la empresa seleccionadora,
sobre todo en esta prueba que no queda trazabilidad de la misma y cuyas reclamaciones, como ya
se ha comentado, las resuelve exclusivamente el personal de la empresa seleccionadora.
La segunda fase del proceso selectivo es la realización de un Máster Universitario en Gestión
Internacional de la Empresa, que se imparte en Madrid de octubre de 2013 a septiembre de 2014.
Este Máster está financiado al 57% por el ICEX y el resto por el alumno a través de la matrícula.
Se ha analizado la Memoria Académica realizada por la Comisión de Estudios, y de la misma y de
las entrevistas realizadas se puede concluir el buen funcionamiento general del mismo, habiendo
sido las evaluaciones de los participantes, y de los profesores muy buenas en todos los aspectos.
De los candidatos que empezaron el Máster, no superaron el mismo tan solo 2, y del resto, los 235
con mejores puntuaciones pudieron elegir destino.
2) Proceso de formación de prácticas: en esta fase se ha comprobado que todas las valoraciones
realizadas por los Consejeros de las Ofecomes han resultados positivas e igualmente que las
prácticas realizadas en las empresas y organismos internacionales se han realizado con
normalidad sin que haya ningún aspecto a destacar.
Análisis del cumplimiento de la Ley General de derechos de las personas con II.1.5.
discapacidad y de su inclusión social
2.55. La Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, fue la primera ley
aprobada en España dirigida a regular la atención y los apoyos a las personas con discapacidad y
sus familias, en el marco de los artículos 9, 10, 14 y 49 de la Constitución, y supuso un avance
relevante en esta materia.
2.56. Dicha Ley participaba ya de la idea de que el amparo especial y las medidas de equiparación
para garantizar los derechos de las personas con discapacidad debía basarse en apoyos
complementarios, ayudas técnicas y servicios especializados que les permitieran llevar una vida
normal en su entorno. Estableció un sistema de prestaciones económicas y servicios, medidas de
integración laboral, de accesibilidad y subsidios económicos, y una serie de principios que
posteriormente se incorporaron a las leyes de sanidad, educación y empleo.
2.57. Posteriormente, la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, supuso un renovado
impulso a las políticas de equiparación de las personas con discapacidad, centrándose
especialmente en dos estrategias de intervención: la lucha contra la discriminación y la
accesibilidad universal. En ella se preveía el establecimiento de un régimen de infracciones y
sanciones que se hizo realidad con la aprobación de la Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que
se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
32 Tribunal de Cuentas
2.58. Las tres leyes referidas han quedado integradas en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social, que en su artículo 42 regula la cuota de
reserva de puestos de trabajo para las personas con discapacidad, así establece que “1. Las
empresas públicas y privadas que emplean a un número de 50 o más trabajadores vendrán
obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2 por 100 sean trabajadores con discapacidad. El
cómputo mencionado anteriormente se realizará sobre la plantilla total de la empresa
correspondiente, cualquiera que sea el número de centros de trabajo de aquella y cualquiera que
sea la forma de contratación laboral que vincule a los trabajadores de la empresa… y por otra
parte el punto 2 del citado artículo establece “2. En las ofertas de empleo público se reservará un
cupo para ser cubierto por personas con discapacidad, en los términos establecidos en la
normativa reguladora de la materia”.
2.59. A este respecto se ha comprobado que en el ICEX a 31/12/2015, había ocho contratados con
una discapacidad reconocida entre el 33% y el 64% y que en octubre de 2015, a una contratada
con discapacidad >65%, le fue reconocida una incapacidad permanente. Por lo tanto, se puede
afirmar que a lo largo de 2015 hubo nueve contratados con discapacidad.
2.60. Sin embargo, a fecha de redacción del presente Informe (diciembre de 2016) esta información
ha variado dado que el 27 de septiembre se incorporó (de una baja médica de larga duración tras
haber pasado tribunal médico) una trabajadora que ha presentado un reconocimiento de
discapacidad (entre el 33% y el 64%) con efectos 11/12/2015, por lo que actualmente el número es
de diez y se puede considerar que también en 2015, a 31 de diciembre, eran diez los contratados
con discapacidad reconocida.
2.61. El artículo 42, ya visto, prevé que al menos el 2% de la plantilla total sean trabajadores con
discapacidad y la plantilla total del ICEX a 31 de diciembre de 2015 era de 604 trabajadores (467
en los SSCC, 43 en las DTPS y 94 en las Ofecomes), con lo que no se cumpliría el citado
porcentaje, que supondría tener doce trabajadores con discapacidad, si bien es cierto que la
dispersión de centros de trabajo del ICEX (DTPS y Ofecomes) y la incorporación de numerosos
trabajadores de otras sociedades absorbidas por el ICEX en 2015, ha dificultado el cumplimiento
del citado objetivo. Para ser rigurosos en el cálculo habría que hablar de plantilla media de
discapacitados y, plantilla media del ICEX en 2015, pero el resultado sería similar y de lo que, se
trata es de que el ICEX en las próximas convocatorias públicas que realice aumente la proporción
de plazas de discapacitados hasta alcanzar el porcentaje mínimo que establece la Ley.
2.62. Como ya se ha visto en el apartado de contratación de personal, el ICEX cumplió, en la oferta
de empleo público 2015 el porcentaje mínimo establecido (5%) de reserva de las vacantes para ser
cubiertas entre personas con discapacidad, previsto en el artículo 2 del Real Decreto 2271/2004, de
3 diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo
de las personas con discapacidad.
II.2. REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES
2.63. En opinión del Tribunal, las cuentas anuales del ICEX presentan fielmente, en todos los
aspectos significativos, la situación financiera de la Entidad a 31 de diciembre de 2015, así como
los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería correspondientes al ejercicio anual
terminado a dicha fecha, de conformidad con el marco normativo de información financiera que
resulta de aplicación y con los principios y criterios contables contenidos en el mismo.
II.3. ANÁLISIS DE LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN COMERCIAL
2.64. La DGIE es la encargada de llevar a la práctica la estrategia de promoción comercial del
ICEX, plasmada en el Plan Estratégico 2014-2015. Esta Dirección General, con un presupuesto de
gastos, en el ejercicio 2015, de 50.128.454,55 euros, se estructura en cinco divisiones:
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 33
División de Alimentos y Gastronomía.
División de Tecnología Industrial y Servicios Profesionales.
División de Infraestructuras, Sanidad y TIC.
División de Moda, Hábitat e Industrias Culturales.
División de Iniciación, Implantación y Cooperación Empresarial.
2.65. Las diferentes actividades llevadas a cabo por la DGIE tienen que perseguir el cumplimiento
de los objetivos relacionados con la planificación estratégica de la Entidad. En la estructura de las
bases de datos que tiene el ICEX, se define con precisión al cliente destino de sus actividades, al
menos el de aquellas empresas registradas en el ICEX, y, junto con la colaboración de las
Ofecomes, se identifican las oportunidades de negocio en el exterior. La combinación de estudios
de mercados, junto con la flexibilidad que permite readaptar los planes estratégicos en función de
nuevos nichos de mercado potencial y la colaboración con asociaciones profesionales y el continuo
seguimiento de las actuaciones realizadas mediante encuestas de satisfacción, permiten la
potenciación del respectivo sector.
Líneas de actuación de promoción comercial II.3.1.
2.66. Las líneas de actuación se pueden dividir en sectoriales, macro sectoriales y empresariales.
Los planes sectoriales tienen como objetivo introducir, posicionar y consolidar la oferta
exportadora española en los mercados exteriores, promocionando la imagen de cada sector y de
sus empresas, llevadas a cabo por el ICEX, las entidades colaboradoras y las Ofecomes. Durante
el ejercicio se han llevado a cabo 92 planes de internacionalización que se ejecutan a través de
unas 500 actividades.
Los planes macro sectoriales tienen como finalidad mejorar la imagen global de la oferta
española y posicionarla en un segmento de alta calidad, mediante la cooperación de diversos
sectores. Los planes macro sectoriales que se llevaron a cabo en el ejercicio fiscalizado, fueron:
Plan General de Promoción de Vinos de España, que ha desarrollado un programa de
actividades en mercados clave para la exportación bajo la marca genérica de ‘‘Vinos de
España’’, con el objetivo de difundir una imagen global de marca-país y resaltar la calidad y
variedad de vinos de España.
Plan General de Promoción de Alimentos que tiene como finalidad apoyar la expansión
comercial de las empresas de alimentación españolas, mejorar su imagen e incrementar la
presencia de los alimentos de España en el exterior; así como aumentar la base exportadora,
consolidar mercados tradicionales y diversificar otros nuevos.
Plan General de la Gastronomía, que se crea para aprovechar el efecto positivo sobre la
imagen-país de la posición actual de la gastronomía española.
Plan de Promoción de la Moda de España, que tiene el doble objetivo de favorecer la creación
de una imagen de calidad para la Moda de España y conseguir que este sector, desarrolle todo
su potencial de internacionalización, consolidando de esta manera una presencia estable de
nuestras empresas y marcas en los mercados internacionales.
Plan Hábitat de España, que se centra en intensificar la internacionalización de las empresas
españolas y mejorar su posicionamiento en el mercado exterior mediante la consolidación del
concepto específico de 'hábitat español', y
Plan de Promoción de las Industrias Culturales, que lleva a cabo un conjunto de medidas
encaminadas a reforzar la fase de iniciación a la internacionalización de las empresas
culturales, mejorar su competitividad internacional e incrementar las actividades de promoción
internacional.
34 Tribunal de Cuentas
En cuanto a los programas de empresa llevados a cabo durante el 2015 estos fueron:
Target USA, dirigido a apoyar los proyectos de internacionalización en los Estados Unidos de
pymes españolas, los proyectos han de pertenecer a cualquier sector de actividad y tener una
filial ya constituida en Estados Unidos en el momento de presentar la solicitud de ayuda, o
pertenecer a los sectores de biotecnología, nanotecnología, TIC’s, contenidos digitales y otros
sectores de alto contenido tecnológico, sin que sea necesario en este caso, que las
beneficiarias cuenten con filial en Estados Unidos.
Plan ICEX Consolida 2, que tiene como objetivo convertirse en elemento favorecedor de la
entrada y consolidación en mercados exteriores de pymes españolas que cuentan con política
definida de marca española propia, excepto en Estados Unidos y contempla las diferentes
modalidades de acceso al mismo, pudiendo elegir la opción de apoyo con filial o sin filial en los
mercados objeto de la solicitud, apoyando, como máximo, tres países por solicitud y empresa.
Licitaciones empresariales, que tienen como objetivo apoyar la participación de pymes
españolas en proyectos en el exterior mediante la financiación de parte de sus gastos de
preparación, presentación y seguimiento de ofertas técnicas, en concursos o licitaciones
internacionales, y está dirigido a empresas de ingeniería y consultoría y a contratistas de
proyectos industriales y civiles.
2.67. Todas estas líneas de actuación se concretan a través de participaciones en ferias, misiones
y otros instrumentos de promoción comercial, cuyo número total durante el ejercicio 2015, dividido
según los distintos sectores, viene reflejado en el Cuadro 4.
2.68. Participaciones en ferias: Durante el período fiscalizado, la Entidad ha organizado la
participación en 322 ferias en 49 países, poniéndose en marcha los nuevos Espacios España,
espacios colaborativos y de imagen país en ferias. En total, el ICEX organizó 54 pabellones
oficiales, 73 Espacios España, 185 participaciones agrupadas y 10 stands informativos sectoriales.
2.69. Misiones: Durante el ejercicio se han realizado 81 misiones directas, 39 misiones de estudio y
96 misiones inversas.
2.70. Otros instrumentos de promoción comercial: la Entidad realiza otra serie de actividades, tales
como campañas de promoción, encuentros de promoción comercial, promociones en punto de
venta, exposiciones de producto, jornadas técnicas y desfiles, actividades de publicidad, relaciones
públicas, material de promoción, acciones de comunicación, seminarios, jornadas y consultoría,
que durante el periodo fiscalizado ascendieron a 378 acciones de promoción comercial.
2.71. Singularmente, el ICEX ha realizado alrededor de 300 actividades en el marco del Plan de
Promoción de la Imagen de las Empresas Españolas en Estados Unidos (jornadas técnicas y
seminarios, participaciones en ferias, misiones, etc.).
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 35
Cuadro 4: Líneas de actuación 2015
Planes sectoriales/generales
Alimentos y
Gastronomía
Tecnología Industrial y
Servicios Profesionales
Infraestructura,
Sanidad y TIC
Moda, Hábitat e
Industrias Culturales
14
41
24
FERIAS
Pabellón oficial
15
13
9
17
Espacio España
13
18
25
17
Participación agrupada
6
75
15
89
Stand Informativo Sectorial
0
3
5
2
TOTAL
34
109
54
125
MISIONES
Misión directa
4
56
5
16
Misión de estudio
21
6
12
Misión inversa
28
22
31
15
TOTAL
32
99
42
43
OTROS
Otros
133
69
73
98
TOTAL 133 69 73 98
2.72. A estas líneas de actuación hay que añadir las actividades realizadas por la División de
Iniciación, Implantación y Cooperación Empresarial, consistentes en análisis de mercados,
encomiendas, foros, diagnósticos de accesos a mercados, etc.
2.73. En la mayoría de las actividades de promoción, el ICEX repercute a las empresas un
porcentaje de los costes de cada actuación, según lo previsto en la convocatoria de las mismas. La
actividad generadora de ingresos que realiza el ICEX en el marco de su competencia por venta de
bienes o por prestación de servicios, se fundamenta en lo establecido en el artículo 11 de su Ley de
Creación 6/1982 y posterior Reglamento de Desarrollo, que establece que los recursos del ICEX
estarán integrados, entre otros, por los ingresos ordinarios y extraordinarios que esté autorizado a
percibir por la prestación de sus servicios.
2.74. Atendiendo a esta previsión legal y estatutaria la Entidad ha establecido un procedimiento
reglado a través del cual, la Comisión de Ayudas, Contratación y Autorizaciones somete a la
aprobación del Consejero Delegado los precios aplicables a los diferentes productos, actividades y
servicios por los que el ICEX obtiene habitualmente ingresos. Estos ingresos serían, entre otros,
cuotas que cobra a las empresas por su participación en Ferias de Pabellón Oficial; servicios que
prestan los Centros de Negocios; servicios personalizados que ofrece el Instituto a las empresas y
los servicios de Tele presencia y precio para nuevos servicios susceptibles de ser comercializados.
Procedimientos II.3.2.
2.75. El ICEX dispone de procedimientos que regulan cada una de sus actividades de promoción
comercial, adaptados a las especificidades de cada una de ellas, el procedimiento general se inicia
con la realización de la Convocatoria para la participación en la actividad. En ella se detallan las
condiciones y ficha de participación, el lugar de la convocatoria, plazos de inscripción, celebración y
admisión de solicitudes para la participación en el evento, cuotas de participación (que se calculan
en función de diversos parámetros, siendo en el caso de los pabellones oficiales en función de los
metros cuadrados, contemplándose diferentes cuotas que varían, en importes medios, desde 461€
hasta 560€ en función de que la empresa haya participado otros años), superficie mínima por
empresa, documentación a presentar por las empresas participantes, decoración de los espacios,
transporte de mercancías, mantenimiento del espacio, seguros, etc. En todos aquellos
procedimientos que regulan actividades que tengan la consideración de subvencional, se ha
comprobado que contemplen expresamente los requisitos exigidos en la Ley y el Reglamento de
subvenciones.
2.76. Con carácter previo, se confecciona un presupuesto de la actividad, en el que se detallan los
gastos e ingresos del evento, inscripción, decoración, transporte de mercancías, aportación de las
36 Tribunal de Cuentas
CCAA o de las Cámaras de Comercio a las empresas participantes etc., basándose, en aquellas
actividades recurrentes en el tiempo y en los datos del ejercicio previo en el que se celebró.
2.77. La publicidad de la convocatoria se realiza a través de la página web y mediante email
dirigido a las empresas que participaron anteriormente en la actividad, o que han manifestado un
interés específico en el sector gestionado por la División correspondiente. La base de datos común
a todo el ICEX es la denominada Base de Datos Corporativa; la incorporación de registros a la
misma proviene de muy diversas fuentes, desde empresas contactadas en actividades celebradas
en el exterior, hasta las empresas que se registran en el Portal del ICEX, incorporación de registros
de catálogos de ferias internacionales, directorios, información suministrada por las diversas
divisiones, etc.
2.78. Durante el ejercicio 2015 el ICEX no ha realizado ninguna campaña institucional para dar a
conocer su actividad. La información que las empresas pueden conocer de su actividad es bien a
través de la página web del ICEX, bien dando a conocer cada actividad a medida que se plantea en
firme su organización, mediante la realización de circularizaciones a las empresas potenciales (en
función del sector de la actividad), que figuran en sus bases de datos, Cámaras de Comercio y
Organismos de Promoción Exterior de las CCAA (en adelante OPES) que, a su vez, actúan como
difusores. Dados los fines de la entidad y las funciones asignadas por la legislación que la regula, y
con la finalidad de ampliar el número de empresas que pueden acceder a sus servicios, convendría
valorar la realización de campañas institucionales de publicidad no limitando la posibilidad de
información en función de la localización en una u otra parte del territorio nacional o la pertenencia
o no a una asociación empresarial.
2.79. Las empresas interesadas envían las solicitudes de participación, se registran y son
evaluadas en el ICEX para verificar si estas reúnen los requisitos necesarios para participar en el
evento, en función de las condiciones de participación establecidas en la convocatoria, salvo en el
caso de las empresas redirigidas por los organismos intermedios de las CCAA, siendo estos los
que verifican las condiciones de participación, sin perjuicio de la valoración posterior por el ICEX.
2.80. A continuación se procede a la comunicación a las empresas de su admisión o no,
confeccionándose un listado definitivo de empresas participantes, comunicándose a las mismas las
condiciones definitivas de su participación e instrucciones sobre las actuaciones que han de seguir
(transporte, documentación, exigencias legales, etc.).
2.81. Previamente a la realización de los gastos, las propuestas deben presentarse a la Comisión
de Ayudas, Contratación y Autorizaciones para su aprobación, el gasto se imputará al presupuesto
del ejercicio en que se realice independientemente del momento en que se realice el pago.
2.82. El área gestora elabora la propuesta de gasto y la somete a la consideración de la Comisión
de Ayudas, Contratación y Autorizaciones a efecto de su elevación al Consejero Delegado para su
aprobación. Esta propuesta contiene los datos necesarios para su adecuada valoración, tales como
tipo de propuesta, inicio y fin, propuesta de gastos, etc. El presupuesto del gasto se realiza en
función de los datos de la actividad realizada en años anteriores. A continuación, se introduce el
tipo de documento según el gasto a realizar (Planes de empresa, anticipos de Ferias, etc.), y la
moneda en que se va a realizar, aplicándose la misma a los gastos de dicha propuesta.
2.83. El ICEX prepara la documentación necesaria tanto para la valoración y justificación de la
actividad como para el conocimiento de las empresas participantes, tales como catálogos, trípticos,
etc., programa de eventos, planos y fotografías de los stands y ferias, publicidad en revistas, webs.
2.84. Una vez realizada la actividad, el área gestora realiza un informe detallado sobre la misma
que incluye la valoración de las empresas participantes, que han cumplimentado un cuestionario de
satisfacción. Estas valoraciones se tabulan con el fin de disponer de una medida que pueda servir
de orientación para futuras acciones.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 37
Entidades colaboradoras II.3.3.
2.85. Desde el punto de vista organizativo, las actividades desarrolladas por el ICEX se dividen
entre aquellas impulsadas directamente y aquellas otras organizadas por la Entidad pero a
instancia de otro tipo de organizaciones, especialmente asociaciones sectoriales de empresarios.
Estas asociaciones proponen planes sectoriales que, si están de acuerdo con el plan estratégico
del ICEX, son incluidas en la planificación.
2.86. En el ejercicio 2013 el ICEX estableció un procedimiento de reconocimiento de Entidades
Colaboradoras, en virtud del cual, cualquier asociación que pida ser reconocida por el ICEX debe
de aportar la información y documentación que exige dicho proceso. Los requisitos establecidos
son: que la cifra de exportación de los últimos tres años sea mayoritaria de la exportación total de
cada sector o sea especialmente representativa; que el sector al que pertenezcan tengan carácter
homogéneo a efectos de ordenación comercial; que asuman el compromiso de colaboración con la
Administración en las actuaciones del sector en el exterior y que desarrollen actuaciones de
promoción exterior.
2.87. En función de estos criterios, se realiza una selección por parte del ICEX, debiendo
acompañarse a la solicitud la declaración de no estar incurso en alguna de las causas del artículo
13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y acreditando encontrarse al
corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
2.88. Una vez reconocida la asociación, el ICEX formaliza un convenio con la misma, mediante el
cual se reconoce a la asociación empresarial como interlocutora para desarrollar, de manera
conjunta con el ICEX, políticas de internacionalización del sector. El Convenio establece un anexo
con una propuesta de actividades, que siempre requieren la aprobación del ICEX de cada
convocatoria de la actividad, actuando la asociación como colaboradora en nombre del ICEX y
entregando los fondos recibidos a los beneficiarios de la ayuda, previa justificación y supervisión
por parte del ICEX. La asociación podrá cobrar a los beneficiarios hasta un límite del 15% de la
ayuda recibida. El convenio recoge, entre otros extremos, también la obligación de no excluir a
ninguna empresa por no estar integrada en la asociación y la obligación de acreditar ante el ICEX
la publicidad de la Convocatoria.
Colaboraciones con las Comunidades Autónomas II.3.4.
2.89. Una labor organizativa mixta sería aquella impulsada y organizada por el ICEX, pero en la
que las CCAA, a través de distintos tipos de entes, participan en las mismas realizando una
campaña de promoción entre las empresas ubicadas en su demarcación regional, ofertando la
actividad como si fuera propia. El marco de esta colaboración se encuentra en el artículo 54.1 de la
Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización que
indica “El ICEX, en colaboración con el sector privado y las Comunidades Autónomas, en el marco
de sus competencias, impulsará la internacionalización y la competitividad de la economía y de las
empresas españolas, en especial de las pequeñas y medianas empresas, en todas la fases de su
proceso de internacionalización, así como el apoyo a la cooperación internacional y el fomento de
las inversiones de empresas españolas en el exterior y de las extranjeras en España, a través de la
prestación de aquellos servicios, asesorías, programas o apoyos que en cada caso se le requieran
por parte de la Secretaría de Estado de Comercio en materia económica, comercial, financiera, de
información y de formación”.
2.90. Existen doce organismos dependientes de las CCAA encargados de una actividad paralela a
la del ICEX, que han realizado parte de sus actividades a través del ICEX y que son las siguientes:
AGENCIA DE INNOVACIÓN FINANCIACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN EMPRESARIAL DE
CASTILLA Y LEÓN.
AGENCIA PER A LA COMPETITIVITAT DE L'EMPRESA.
38 Tribunal de Cuentas
ARAGÓN EXTERIOR, S.A. UNIPERSONAL.
EXTENDA AGENCIA ANDALUZA DE PROMOCIÓN EXTERIOR, S.A.
EXTREMADURA AVANTE, S.L.
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGIÓN DE MURCIA.
INSTITUTO DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE CASTILLA-LA MANCHA.
INSTITUTO GALEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA.
INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL.
PROMOTORA D'EXPORTACIONS CATALANES, S.A.
SOCIEDAD CANARIA DE FOMENTO ECONÓMICO, S.A.
SOCIEDAD DE PROMOCIÓN EXTERIOR PRINCIPADO DE ASTURIAS, S.A.
2.91. Las actividades realizadas por el ICEX, en el ejercicio 2015, relacionadas con dichos
organismos han ascendido a 122 con el detalle que figura en el Cuadro 5.
Cuadro 5: Actividades realizadas en 2015 en colaboración con las CCAA
Consultoría
37
Curso on-line
2
Exposición
1
Foro de inversiones y Cooperación Empresarial
1
Invest in Spain
2
Jornada Técnica
1
Misión Directa
2
Pabellón Oficial
51
Seminario/Jornada
1
Arrendamientos centros de negocios Ofecomes
24
Total general
122
No obstante, los organismos dependientes de las CCAA, usualmente sociedades mercantiles,
pueden generar a su vez otras sociedades mercantiles dependientes. Así, al solicitar al ICEX las
actividades e ingresos vinculados con los organismos dependientes de las CCAA, figuraban, para
la sociedad Extremadura Avante las siguientes actividades: FPO FOODEX 2015 JAPÓN y FERIA
PROWEIN 2013; sin embargo, de las pruebas realizadas por el equipo se había observado que un
organismo dependiente de la Comunidad Autónoma Extremeña había participado en una de las
ferias objeto de la muestra seleccionada (GULFOOD 2015). Solicitada información al ICEX, se
indicó que no figuraba en la relación remitida al equipo fiscalizador debido a que “la entidad de
Andalucía (entiéndase Extremadura) que habíamos buscado en SAP es “B06586978 -
EXTREMADURA AVANTE, S.L.” y no “B06253488 - EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS
AVANZADOS A PYMES, S.L. UNIPERSONAL”, que es la que realizó el ingreso de GULFOOD
2015, entre otros”; los importes facturados a este organismo ascendieron en el 2015 a 293.155,22€
frente a los 11.614,50€ que figuraban en la relación inicial, es decir, el importe total de ambas
sociedades ascendería a 304.769,72€, de donde se puede concluir que el sistema contable del
ICEX no permite distinguir los diferentes organismos dependientes de las CCAA, por lo que sería
deseable que existiera un registro que permitiera conocer la actividad vinculada a estos organismos
de promoción exterior dependientes de las CCAA. La Entidad manifiesta en alegaciones, en
resumen, que en el año 2012 se empezó a facturar a la Sociedad Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes SLU, manteniéndose en la actualidad la facturación a esta Sociedad y que la
información facilitada al equipo auditor procede de los pedidos efectuados por el área gestora
(Departamento de Ferias Agroalimentarias). El hecho cierto es que la información del equipo
auditor procede de la Subdirección Financiera del ICEX, y que la alegación refuerza la conclusión,
como parece aceptar la Entidad de la falta de homogeneidad en los registros del ICEX, de las
diferentes entidades de promoción exterior de las Comunidad Autónomas.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 39
2.92. La financiación por parte de las CCAA de una parte o de la totalidad del coste de asistencia a
ferias u otras actividades organizadas por el ICEX, a las empresas radicadas en su territorio,
plantea una doble problemática.
2.93. Por un lado, para el ICEX, su actividad empresarial en la organización de ferias consiste en
prestar un servicio integral con contraprestación económica a través de la cuota que pagan las
empresas por su participación en los eventos que cubre, como mínimo, el coste del espacio que se
alquila al recinto ferial.
2.94. En este sentido, el procedimiento de aprobación de precios por servicios prestados por el
ICEX indica, en las cuotas por participación en Ferias de Pabellón Oficial, que deben ser igual o
superior al coste de espacio ocupado. Esto es consecuencia de que entre los diversos tipos de
gasto en que incurre el ICEX por la celebración de estas Ferias, el que podría asociarse a una
ayuda es el derivado de la reserva de espacio. Sin embargo, al ser el coste de repercusión a la
empresa igual o superior al mismo, no puede considerarse ayuda. El resto de gastos en que incurre
el ICEX, fundamentalmente la decoración, se asocian a la imagen país por lo que en ningún caso
pueden ser tenidos como posibles ayudas a empresas, ya que no son ellas las beneficiarias
directas de la imagen del Pabellón.
Este procedimiento, que se considera correcto, puede verse distorsionado en el supuesto de que
las aportaciones a las empresas participantes por parte de las CCAA a través de sus empresas
públicas redujeran ese coste de repercusión.
2.95. En 2016, el Comité de Promoción de las Exportaciones (en adelante CPE), perteneciente al
Consejo Interterritorial de Internacionalización2, (en lo relativo a la coordinación y seguimiento de
las actuaciones de apoyo a la internacionalización de las pymes con cargo a los fondos
estructurales de la UE para el periodo 2014-2020), ha acordado unos principios para evitar que una
misma operación, declarada por dos o más Organismos Intermedios, recoja la misma partida de
gasto, lo que provocaría una incompatibilidad de acuerdo al Reglamento (UE) nº 1303/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo.
2.96. En concreto, en su artículo 65, apartado 11, indica que “una operación podrá recibir ayuda de
uno o varios Fondos EIE, o de uno o varios programas y de otros instrumentos de la Unión, a
condición de que la partida de gasto incluida en una solicitud de pago para el reembolso por uno de
los Fondos EIE, no esté subvencionada por otro Fondo o instrumento de la Unión, ni por el mismo
Fondo conforme a un programa distinto.”
2.97. El acuerdo ya es operativo, si bien sólo sienta unos principios generales para ir formalizando
acuerdos individualizados con los diferentes organismos que se encargan de la promoción exterior,
aunque, debido a que los participantes en el CPE no son, en algunos casos, los Organismos
Intermedios, pueden no tener la capacidad de aplicarlo. Por este motivo, y porque el Acuerdo de
Asociación de España con la Comisión así, lo prevé, hay que ir firmando Convenios bilaterales que
recojan la casuística de actividades financiadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (en
adelante FEDER) en cada caso, estando preparando el ICEX. un borrador a la espera de ser
formalmente designados los Organismos Intermedios, por parte de las CCAA.
2.98. Este marco de colaboración se aplicará solamente a las actividades financiadas con fondos
FEDER, si bien, se realizan reuniones bilaterales con cada Organismo de Promoción Comercial (en
adelante OPC) para asegurar la complementariedad de las acciones.
2 El Consejo Interterritorial de Internacionalización nació en 2006 como punto de encuentro para el debate e
intercambio de información entre las CCAA, el ICEX, el actual MINECO, la Cámara de Comercio de España y
la CEOE. Su principal objetivo es apoyar la internacionalización de la empresa española, mediante la
implantación de políticas conjuntas de prom oción en el exterior y de atracción de la inversión extranjera en
España.
40 Tribunal de Cuentas
2.99. No obstante, y según manifiesta la Entidad, la problemática de la doble ayuda por idénticos
conceptos de gasto, será precisamente uno de los asuntos que cada Convenio bilateral
desarrollará, estableciéndose procedimientos de colaboración específicos, en el marco de los
convenios bilaterales para verificar que los conceptos susceptibles de ayuda por parte de los OPC
de las CCAA o de la Cámara de España, no son los mismos que el ICEX certifica como gastos
asociados a la actividad.
2.100. No obstante lo anteriormente indicado, tanto por las acciones de la Comisión para la
Reforma de las Administraciones Públicas, que ha puesto en marcha una serie de medidas
destinadas a evitar duplicidades y solapamientos, como por la propia actuación de Cominver y del
ICEX, que han reforzado su papel de coordinación con las CCAA, como ha supuesto la
incorporación de las oficinas comerciales de las CCAA a la red nacional de Ofecomes, se está
mejorando la imagen país en las ferias internacionales y se están solventado las deficiencias
señaladas.
2.101. Por otro lado, el hecho de que las CCAA financien en la totalidad o una parte del coste de
las empresas por su asistencia, implica una diferencia entre el coste de una empresa que acude a
la feria directamente a través del ICEX y una que lo hace a través del organismo correspondiente
de su CCAA, originando una diferencia en cuanto al coste asumido en cada caso que, de cualquier
modo, no es imputable al ICEX.
2.102. A título de ejemplo, del 2 al 7 de noviembre de 2015, se realizó en La Habana (Cuba) la
Feria Internacional de La Habana, FIHAV 2015, que es una feria multisectorial. La propuesta de
gasto total del ICEX (excluido el transporte) ascendía a 418.080,00€ para una superficie de 1.613
m2, con un gasto final comprometido de 399.009,65€. Los ingresos finales del ICEX fueron de
281.359,13€, por lo que el coste para el ICEX por m2 ascendió a 72,94€/m2. En dicha feria
participaron entre otras, varias empresas radicadas en la Comunidad Autónoma del Principado de
Asturias.
Cuadro 6: Importes abonados por las empresas participantes en FIHAV, Habana 2015
(en euros)
Empresa M
2
solicitados
M
2
adjudicados
Abonado como
inscripción
Importe segundo
pago cuota
EMPRESA 1 9,00 10,00 796,50 973,50
EMPRESA 2 12,00 12,00 1.062,00 1.062,00
EMPRESA 3 9,00 9,00 964,37 520,63
EMPRESA 4 12,00 12,00 1.062,00 1.062,00
EMPRESA 5 9,00 9,00 899,03 585,97
EMPRESA 6 9,00 9,00 796,50 796,50
Total 60,00 61,00 5.580,40 5.000,60
2.103. El importe para una empresa que acudiera a esta Feria directamente a través del ICEX,
supondría un pago medio por m2 de 173,46€. Sin embargo, dado que el organismo ASTUREX
abonó el segundo pago de las cuotas, esto es, 5.000,60€, el coste medio por m2 para estas
empresas es de 91,48€/m2, es decir, 81,98€/m2 menos que para empresas que acudieran
directamente a través del ICEX.
2.104. El importe total abonado por los diferentes organismos de las CCAA al ICEX en el ejercicio
2015, con las limitaciones al alcance señaladas en el punto 2.91, asciende a 698.536,44€, importe
que corresponde a diversos conceptos, pero en el concepto de pabellones oficiales, que es en
donde mejor se puede observar la problemática antes indicada, el gasto asciende a 502.493,61€
con el detalle expresado en el Cuadro 7.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 41
Cuadro 7: Importes abonados por CCAA por Pabellones Oficiales
(en euros)
PABELLÓN OFICIAL
ENTIDAD
IMPORTE
AGENCIA DE INNOVACIÓN FINANCIACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN
EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN
45.137,75
ARAGÓN EXTERIOR, S.A. UNIPERSONAL
27.456,93
EXTENDA AGENCIA ANDALUZA DE PROMOCIÓN EXTERIOR, S.A.
273.983,48
EXTREMADURA AVANTE, S.L.
11.614,50
INSTITUTO DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE CASTILLA-LA MANCHA
16.580,10
INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL
9.917,25
PROMOTORA D'EXPORTACIONS CATALANES, S.A.
64.900,00
SOCIEDAD DE PROMOCIÓN EXTERIOR PRINCIPADO DE ASTURIAS, S.A.
52.903,60
TOTAL
502.493,61
2.105. Por último, conviene recordar en este epígrafe, los señalado por el Tribunal de Cuentas en
el Informe nº 1169, aprobado por el Pleno el 22 de julio de 2016, Informe de fiscalización de los
gastos comprendidos en los programas y/o transferencias corrientes y de capital relacionadas con
el apoyo a la internacionalización y atracción de inversiones extranjeras realizadas por las
comunidades autónomas o las entidades y sociedades públicas dependientes de ellas, y los
programas de ayudas a las empresas vinculadas a dichos programas y transferencias”. Dicho
informe, en su subepígrafe II.3.4.2, señalaba que “las políticas de fomento a la internacionalización
de las CCAA se desarrollan en dos vertientes: de forma conjunta con el Estado y de forma
específica y particular por cada Comunidad para apoyar a las empresas de su ámbito territorial.
Dentro del ámbito de actuación conjunta con el Estado, destaca, como ya se ha indicado, a partir
de 2013, la participación en el Consejo Interterritorial de Internacionalización (CII), cuyo objetivo es
la colaboración de las Administraciones Públicas Central y Autonómica y el sector privado en el
proceso de internacionalización de empresas, para lo cual cuenta con dos grupos que coordina
ICEX España Exportación e Inversiones: el Comité de Promoción (CPE) y el Comité de Atracción
de Inversiones extranjeras (CAI). El citado Consejo lo integran los responsables de esta área de
todas las CCAA, el ICEX, la Dirección General de Comercio e Inversiones del Ministerio de
Economía y Competitividad, la Cámara de Comercio de España y CEOE. Sin embargo, antes y
después del citado ejercicio, se mantiene el fomento a la internacionalización realizado de forma
específica y particular por cada Comunidad, lo que ha dado lugar a una consolidación paulatina de
instituciones concretas en el ámbito autonómico con el consecuente coste económico,
incrementado por su proyección al exterior a través de las sedes, sucursales u oficinas económicas
constituidas fuera del territorio español.”
Propuestas analizadas y resultados obtenidos. II.3.5.
Se ha procedido a analizar una muestra de diferentes propuestas de gasto, cuyo desglose por
divisiones, actividades, subproyectos e importes viene reflejado en el Cuadro 8, habiendo sido
muchas de ellas realizadas mediante la ejecución de contratos.
2.106. Se han seleccionado para la muestra 31 subproyectos, que tenían 94 propuestas de gastos
en total y de estas, se han elegido 52, por un importe de 2.362.473,97 miles de euros. Se han
analizado de las mismas el cumplimiento de los procedimientos establecidos en función de cada
tipo de actividad, habiéndose detectado, tan sólo, dos incidencias posteriormente subsanadas, que
corresponden a dos expedientes de la División de Infraestructuras, Sanidad y TIC, dentro del Plan
sectorial Ametic, en concreto la propuesta 201503643, en la que no se acredita que se encuentra la
empresa al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria y la propuesta 201502195, en la que no se acredita que la empresa se encuentra al
corriente de sus obligaciones fiscales con la Seguridad Social, si bien en el momento de abonarse
la ayuda consta la presentación por ambas empresas de dichos certificados.
42 Tribunal de Cuentas
2.107. En relación a los ingresos que han generado las actividades realizadas, se ha comprobado
en las actividades de la muestra generadoras de ingresos, la correcta liquidación, seguimiento y
cobro por el ICEX, de los mismos.
2.108. Y, por último, en todas aquellas actividades en las que interviene una Entidad colaboradora,
se ha verificado el cumplimiento del convenio firmado con dicha Entidad, habiendo resultado de
conformidad todas las comprobaciones realizadas, según la documentación aportada tanto por el
ICEX, como por la obtenida de las asociaciones empresariales.
Cuadro 8: Actividades de Promoción Comercial Analizadas
(en euros)
ÁMBITO
MUESTRA
Nº SUBPROYECTOS
Presupuesto
Gastos
Nº SUBPROYECTOS
Presupuesto
Gastos
Alimentos y Gastronomía
66
16.582.605,50
7
6.680.429,00
PROGRAMAS GENERALES
21
9.338.886,10
3
3.451.853,00
PROGRAMAS SECTORIALES
41
6.678.847,90
4
3.228.576,00
OTROS PROGRAMAS DGIE
2
201.810,00
PROGRAMAS DE EMPRESA
2
363.061,50
División Tecnología Industrial y Servicios
Profesionales
52
11.577.064,43
7
3.726.884,00
PROGRAMAS GENERALES
6
5.837.139,31
3
2.301.408,00
PROGRAMAS SECTORIALES
43
4.139.653,52
4
1.425.476,00
OTROS PROGRAMAS DGIE
1
40.000,00
PROGRAMAS DE EMPRESA
2
1.560.271,60
Moda, Hábitat e Industrias Culturales
49
11.153.219,32
5
1.507.386,00
PROGRAMAS GENERALES
23
7.532.162,85
4
1.182.404,00
PROGRAMAS SECTORIALES
23
3.158.178,00
1
324.982,00
OTROS PROGRAMAS DGIE
1
69.817,92
PROGRAMAS DE EMPRESA
2
393.060,55
Dirección General de Internacionalización de la
Empresa
8
320.205,11
1
233.595,00
PROGRAMAS GENERALES
1
10,00
DGIE
5
320.195,11
1
233.595,00
FIEM
1
ENCOMIENDA EXPANSIÓN EXTERIOR
1
Infraestructuras, Sanidad y TI C
50
5,891.540,19
10
871.271,00
PROGRAMAS GENERALES
25
2.919.934,92
8
537.383,00
PROGRAMAS SECTORIALES
21
1.051.906,28
2
333.888,00
OTROS PROGRAMAS DGIE
1
170.000,00
PROGRAMAS DE EMPRESA
3
1.749.698,99
Iniciación, Implantación y Cooperación Empresarial
20
4.603,820,00
1
249.758,00
OTROS PROGRAMAS DGIE
1
166.579,04
PROMOCIÓN DE INVERSIONES
9
539.820,96
1
249.758,00
APOYO A PROYECTOS DE INVERSIÓN
1
INICIACIÓN GASTOS FUNCIONAMIENTO
1
265.000,00
INICIACIÓN DE MERCADOS
8
3.632.420,00
TOTAL
245
50.128.454,55
31
13.269.323,00
II.4. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MAYO, PARA
LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES
2.109. El ICEX como organismo público tiene una responsabilidad social, en materia de promoción
y difusión de la igualdad de hombres y mujeres y no discriminación por razón de sexo.
2.110. Las relaciones laborales en ICEX están reguladas por el V Convenio Colectivo de 31 de
octubre de 2007, y en lo no previsto por este, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo
1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores. En cumplimiento en lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007 el Comité de Empresa
y la Dirección del Instituto negociaron un Plan de Igualdad de Género que se aprobó en julio del
ejercicio 2008. En este Plan se recogen: a) una declaración de principios, en la que se establecen
los argumentos a favor de la igualdad entre mujeres y hombres, b) un informe del diagnóstico de la
situación, elaborado por la Comisión de Igualdad y c) un desarrollo del Plan de Igualdad.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 43
2.111. De conformidad con el artículo 8 del Convenio Colectivo vigente del ICEX (BOE nº 261, de
31 de octubre de 2007), el Vicepresidente Ejecutivo del ICEX, con fecha 30 de noviembre de 2007,
procede a nombrar las personas, que por parte de la Dirección, integran la Comisión para el
Desarrollo y la Elaboración del Plan de Igualdad:
Subdirector de Recursos Humanos.
Jefe de Departamento Organización y Desarrollo.
Jefe de Departamento Administración de Personal.
Asesor Técnico.
2.112. Dicha Comisión hizo un análisis cuantitativo y cualitativo desde una perspectiva de género.
En los resultados, se refleja una ausencia de cualquier tipo de discriminación directa o indirecta o
de comportamientos que perjudiquen el desarrollo profesional y personal de hombres y mujeres,
aunque se identificaron áreas de mejora. Esta Comisión una vez elaborado el Plan de Igualdad se
extinguió.
2.113. La Comisión de Calidad de Vida Laboral, Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y
Participación de los Trabajadores, según el artículo 10 del Convenio Colectivo del ICEX estará
compuesta por cuatro miembros, dos nombrados por la dirección del ICEX y dos por los
representantes de los trabajadores. Esta Comisión es la encargada del seguimiento del Plan de
Igualdad. Durante el ejercicio 2015, solo hubo una reunión de dicha Comisión, en la que se trataron
los temas anteriormente tratados en el ejercicio 2014.
2.114. Serán objetivos de esta comisión:
Identificar ámbitos prioritarios de actuación.
Promover acciones formativas y de sensibilización en materia de igualdad de oportunidades de
mujeres y hombres.
Realizar evaluaciones anuales del grado de cumplimiento, consecución de objetivos y desarrollo
del Plan de Igualdad, estudiando y analizando la evolución de la situación de la mujer en el
Instituto.
Establecer el calendario para la elaboración del diagnóstico anual y su correspondiente plan
también anual.
Se realizará un seguimiento de la aplicación de las medidas legales que se establezcan para
fomentar la igualdad potenciando las actividades formativas necesarias.
2.115. La distribución del personal del ICEX, a 31 de diciembre de 2015, se muestra en el Cuadro
9. En la fecha indicada, el número de mujeres de la plantilla total del ICEX representaba 71,66%. El
desglose de la plantilla del ICEX en España, a dicha fecha supone un total de 494 trabajadores y
16 directivos. El 71,66 de los trabajadores son mujeres, pero tan solo el 18,75% de los puestos
directivos están ocupados por mujeres.
2.116. En el Exterior, el desglose de la plantilla, es el que sigue: de 94 trabajadores en el Exterior,
29 son hombres, lo que supone un 30,85%, 65 son mujeres, que representan un 69,15.
En lo referente al Consejo de Administración:
2.117. De los trece miembros del Consejo seis de ellos están ocupados por mujeres, lo que
representa un 46,15%, el porcentaje de paridad entre hombres y mujeres asciende al 42,28% si se
tiene en cuenta el cargo del Secretario no-Consejero, que no tiene voto.
44 Tribunal de Cuentas
2.118. Tras la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, las principales medidas que se ha adoptado
en el ICEX, de cara a su cumplimiento han sido:
a) Mantener y consolidar la situación de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, para
que no haya discriminación directa ni indirecta.
b) Conseguir una presencia equilibrada de la mujer en el ámbito directivo. El perfil de los
directivos es procedente del Cuerpo de Técnicos Comerciales del Estado, oposición
mayoritariamente masculina, por tanto es difícil influir en la designación de estos puestos. Se va a
tratar de fomentar las habilidades directivas ofreciendo a las mujeres del ICEX oportunidades para
desarrollar estas habilidades a través de la formación específica y la experiencia.
c) Formación como pilar fundamental. Se realizan actividades de formación específica dirigidas a
mujeres. Se potencia la formación específica en materia de igualdad de trato y oportunidades. Los
horarios de los cursos de formación han de ser compatibles con la vida familiar y personal.
d) Prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Los trabajadores están protegidos ante
este tipo de acoso y se les anima, a que llegado el caso no duden en dirigirse al responsable de
Recursos Humanos, sin temor a ningún tipo de represalias o miedo a que dañe su reputación.
e) Propiciar el uso de un lenguaje no sexista, para lo cual se ha elaborado una guía. En ella se
recogen una serie de normas y consejos, que son entre otros: usar la aplicación específica “nombra
en red”, evitar el uso del masculino genérico y utilizar en su lugar sustantivos genéricos o
colectivos, usar perífrasis, flexibilizar la utilización de las palabras, cuidar la homogeneidad del
texto, utilizar estructuras verbales impersonales, evitar expresiones confusas.
f) Asegurar la ausencia de sexismo y garantizar la igualdad en la imagen proyectada por el
Instituto en la web, anuncios, procesos de selección.
g) Análisis continuo y establecimiento de medidas para facilitar la conciliación de la vida laboral y
una mejor ordenación del tiempo de trabajo. Se ordena el tiempo de trabajo con una flexibilidad
horaria, se facilita la reducción de jornada en los casos de conciliación y se permite la utilización de
las nuevas tecnologías (videoconferencia) para reducir viajes de trabajo.
h) Profundizar en el compromiso de búsqueda constante de medidas que contribuyan a mejorar la
calidad de vida de la plantilla y sus familias.
i) Evaluación continua del desarrollo del plan por parte de la Comisión de Igualdad que propondrá
la implantación de medidas encaminadas a la mejora de la situación de igualdad de mujeres y
hombres en el Instituto.
2.119. La difusión de la Política de Igualdad del ICEX y de las acciones previstas, se realizará de
forma interna y externa:
1) Interna: A todo su personal, ya que de todos depende el éxito de la implantación del Plan y en
particular a personas con responsabilidad de gestión en el Instituto y de toda la Subdirección de
Recursos Humanos (selección, concursos, formación, prevención de riesgos laborales, etc.).
2) Externa: El ICEX debe actuar como institución promotora de la igualdad ante las empresas y
profesionales y demás personas con las que interactúa.
2.120. Asimismo, la Dirección del Instituto se asegurará de la difusión interna y conocimiento por
parte de toda la plantilla del contenido del plan de igualdad, así como de la normativa vigente en
materia de igualdad y conciliación. Con ello se pretende que llegue a todo su personal la política de
igualdad del Instituto.
2.121. De igual modo la dirección y la representación legal del personal se comprometen a
promover y procurar la máxima difusión del protocolo para la prevención del acoso sexual y el
acoso por razón de sexo y de la guía para un lenguaje no sexista, con el fin de sensibilizar a la
plantilla y conseguir un ambiente de trabajo libre de connotaciones sexuales.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 45
2.122. A la vista de los datos comprobados y de las actuaciones emprendidas por el ICEX, se
puede considerar que cumple adecuadamente lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, si bien la
Entidad debe implementar en el futuro las medidas adoptadas en el punto 2.118, sobre todo en la
equiparación de mujeres en los puestos directivos y en los Órganos de Selección y Comisiones de
Valoración.
2.123. La difusión de la Política de Igualdad del ICEX y de las acciones previstas, se realizará de
forma interna y externa:
3) Interna: A todo su personal, ya que de todos depende el éxito de la implantación del Plan y en
particular a personas con responsabilidad de gestión en el Instituto y de toda la Subdirección de
Recursos Humanos (selección, concursos, formación, prevención de riesgos laborales, etc.).
4) Externa: El ICEX debe actuar como institución promotora de la igualdad ante las empresas y
profesionales y demás personas con las que interactúa.
2.124. Asimismo, la Dirección del Instituto se asegurará de la difusión interna y conocimiento por
parte de toda la plantilla del contenido del plan de igualdad, así como de la normativa vigente en
materia de igualdad y conciliación. Con ello se pretende que llegue a todo su personal la política de
igualdad del Instituto.
2.125. De igual modo la dirección y la representación legal del personal se comprometen a
promover y procurar la máxima difusión del protocolo para la prevención del acoso sexual y el
acoso por razón de sexo y de la guía para un lenguaje no sexista, con el fin de sensibilizar a la
plantilla y conseguir un ambiente de trabajo libre de connotaciones sexuales.
Cuadro 9: Distribución del personal del ICEX a 31.12.2015
PERSONAL EN ESPAÑA PERSONAL EXTERIOR TOTAL
NIVEL RETRIBUTIVO Total Hombres Mujeres SSCC Hombr es Mujeres DTPS Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres TOTALES
Totales
Hombres
Totales
Mujeres
Altos Cargos 3 2 1 3 2 1 0 0 0 0 0 0 3 2 1
Directores 13 10 3 13 10 3 0 0 0 0 0 0 13 10 3
Subdirectores 7 0 7 7 0 7 0 0 0 0 0 0 7 0 7
Directores Adjuntos 16 10 6 16 10 6 0 0 0 0 0 0 16 10 6
Técnicos niveles 1-3 56 16 40 55 16 39 1 0 1 27 14 13 83 30 53
Jefes Departame nto
Adjuntos
0 0 0 0 0 0 0 0 0 27 7 20 27 7 20
Técnicos nivel es 4-7 168 54 114 144 41 103 24 13 11 4 1 3 172 55 117
Contable 0 0 0 0 0 0 0 0 0 3 0 3 3 0 3
Administrativo 243 56 187 225 52 173 18 4 14 14 1 13 257 57 200
Auxiliar Administrativo 0 0 0 0 0 0 0 0 0 17 4 13 17 4 13
Personal de Ofici os 4 4 0 4 4 0 0 0 0 2 2 0 6 6 0
TOTALES 510 152 358 467 135 332 43 17 26 94 29 65 604 181 423
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 47
2.126. A la vista de los datos comprobados y de las actuaciones emprendidas por el ICEX, se
puede considerar que cumple adecuadamente lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007.
III. SEGUIMIENTO DE LAS CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DEL INFORME DEL
TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE EL ICEX EJERCICIOS 2005-2009
3.1. Se incluyó en las Directrices Técnicas, de la presente fiscalización, como uno de los objetivos,
el realizar un seguimiento de las Conclusiones y Recomendaciones puestas de manifiesto en el
anterior Informe realizado al ICEX por el Tribunal de Cuentas, este seguimiento se ha referido al
periodo 2010-2014.
3.2. Se hizo referencia al seguimiento de las Conclusiones, en contra de la práctica habitual de este
Tribunal de hacer tan solo el seguimiento de las Recomendaciones, ya que, en la mayoría de las
Conclusiones subyacía una Recomendación implícita, que no se consideró necesaria incluir en el
apartado de las Recomendaciones para que no resultara repetitivo el Informe.
III.1. SOBRE LA REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES
3.3. La conclusión 7.1 establecía que: “Las cuentas anuales del ICEX correspondientes a los
ejercicios 2005-2009 reflejan adecuadamente, en todos sus aspectos significativos, la imagen fiel
de su situación financiera y patrimonial, de los resultados de sus operaciones durante los ejercicios
y de la ejecución de sus presupuestos, de acuerdo con los principios y normas contables que le
eran de aplicación, excepto por las siguientes salvedades…”, se enumeraban a continuación cuatro
salvedades concretas de los ejercicios fiscalizados.
3.4. El seguimiento de esta conclusión se ha realizado en base a los resultados de los Informes de
cuentas anuales que ha realizado la IGAE al ICEX en los ejercicios 2010 a 2014. En todos los
ejercicios, la IGAE da una opinión favorable sin salvedades, excepto en el ejercicio 2012 en el que
da una opinión favorable pero con una limitación al alcance.
3.5. La limitación se refiere a que el ICEX ha contabilizado en dicho ejercicio dos subvenciones
recibidas del Estado, por importe de 109.460.310 euros, directamente como ingresos en su cuenta
de pérdidas y ganancias, y sin embargo deberían haberse registrado inicialmente como ingresos
dentro del patrimonio neto e irse traspasando a ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias
conforme sus importes respectivos fueron aplicándose a los gastos de las actividades declaradas
de interés general. Sin embargo, la propia IGAE reconoce a continuación que “Dado que este
análisis detallado es complejo y requiere tiempo, entendemos la dificultad práctica de atender estos
requerimientos contables en la llevanza diaria de la contabilidad durante el ejercicio 2012 y en la
formulación de cuentas del ejercicio 2012, debidos a la inusual situación de aprobación con retraso
de los PPGGE el 29 de junio, así como el reconocimiento por Ley de interés general en julio de
2012 de las distintas actividades encomendadas a ICEX, tanto la internacionalización de la
empresa española que venía realizando la entidad, como las de captación de inversiones
exteriores, al asumir la actividad que llevaba a cabo Invest in Spain prácticamente finalizado el
ejercicio 2012 (con efectos contables de inicio de ejercicio)”. Esta limitación fue subsanada en el
año 2013, tras la implantación del modelo de costes, como constata el informe de auditoría de 2013
que da una opinión favorable sin salvedades.
III.2. SOBRE LA GESTIÓN DE LA TESORERÍA Y DEL PERSONAL
3.6. La conclusión 7.2 fijaba: “Se han detectado los siguientes incumplimientos de la normativa
interna del ICEX reguladora de la tesorería de las Oficinas Comerciales y de las Direcciones
Territoriales y Provinciales; disposición de fondos mediantes firmas solidarias en vez de
mancomunadas; autorización de firma por persona distinta del Consejero o responsable; existencia
de cheques firmados en blanco por el Consejero para realizar pagos en su ausencia; y deficiencias
significativas en las conciliaciones bancarias”.
48 Tribunal de Cuentas
3.7. Para hacer el seguimiento de esta deficiencia se han utilizado los resultados de control interno
de los once informes presenciales realizados por la UCI a las Ofecomes en el periodo 2014-2015,
habiéndose constatado una sensible mejoría en las deficiencias descritas, poniéndose de
manifiesto, tan solo, que en una Ofecome no se habían realizado las conciliaciones bancarias
mensuales correspondientes a los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2015.
3.8. La conclusión 7.3 establecía: “Los procesos de selección de personal fijo y temporal de los
Servicios Centrales y de las Direcciones Territoriales y Provinciales han cumplido en general los
requisitos exigidos en la normativa aplicable, con algunas excepciones”.
3.9. Las excepciones a que se refería la conclusión venían recogidas en el cuerpo del Informe, en
los puntos 3.7 y 3.8, así en el punto 3.7 se ponía de manifiesto:
Por lo que se refiere al personal fijo, durante los ejercicios fiscalizados se han producido 33
incorporaciones por convocatoria pública, de las cuales se han analizado 17. Los procesos de
selección seguidos han cumplido en general los requisitos exigidos en la normativa aplicable, con
las siguientes excepciones:
a) Los Convenios Colectivos establecen que los tribunales de los procesos de selección deben ser
nombrados por el Vicepresidente Ejecutivo del ICEX, y que el tribunal nombrado para el concurso
de traslado debe ser el mismo que posteriormente actúe en el concurso de promoción interna si
no se hubiese cubierto la plaza- y en la convocatoria pública si tampoco se hubiese cubierto la
plaza tras el concurso de promoción interna-. Sin embargo, se han observado casos en los que se
ha modificado la composición de los miembros para el tribunal del concurso-oposición libre,
habiendo nombrado los nuevos miembros el Departamento de Recursos Humanos.
b) En el concurso-oposición libre convocado para cubrir un puesto de Jefe del Departamento de
Inversiones en la División de Inversiones y Cooperación Empresarial del ICEX (referencia 30/2004)
no se respetó el principio de igualdad. En efecto, se exigieron dos títulos universitarios (titulado
superior en administración y dirección de empresas y en economía) para acceder al puesto, sin que
se tenga constancia de que para ningún otro puesto similar se hubieran exigido estas dos
titulaciones. El miembro del tribunal nombrado por el Comité de Empresa se retiró del mismo en
protesta por este hecho”.
3.10. Se ha solicitado a la Entidad el cuadro de las incorporaciones de personal detallado por
convocatoria pública desde 2010 a 2014 y tan solo han realizado dos incorporaciones en este
periodo, ambas realizadas en el ejercicio 2010 y cuyas características se exponen en el Cuadro 10.
Cuadro 10: Convocatoria de personal fijo SSCC 2010-2014
AÑO
REF.
PUESTO
ÁREA
PUBLICACIÓN
RESOLUCIÓN
OBSERVACIONES
210
SC
02/2010
Jefe de Sector DT Toledo 15/02/2010 19/07/2010 Fijo
SC
03/2010
Jefe de Sector DT La Rioja 10/02/2010 29/07/2010 Fijo
3.11. El Informe anterior del Tribunal se aprobó el 25 de abril de 2013, fecha en la que fue conocido
su contenido por el ICEX, además hay que tener en cuenta el limitado número de plazas
convocadas, por lo que no se ha considerado conveniente analizar ninguno de estos dos procesos
de selección.
3.12. Por otra parte, en el punto 3.8.a) el Informe establecía:
Por lo que se refiere al personal temporal, se han revisado 35 expedientes de contratación de los
218 realizados en los cinco ejercicios fiscalizados. Se han cumplido en general los procedimientos
previstos en la normativa, excepto en los siguientes casos:
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 49
a) En 20 expedientes no consta la solicitud de contratación que, según las normas internas, debía
formular el Jefe de Departamento, con el visto-bueno del Director de División, a la Secretaría
General (o el Director de División, con el visto-bueno del Director General que correspondiera, si el
puesto que se pretendía cubrir era el de Jefe de Departamento). Según las normas, esa solicitud
debería cubrir, requisitos del candidato, funciones del puesto y justificación de la necesidad de su
cobertura”.
3.13. Para realizar el seguimiento de esta deficiencia se ha solicitado a la Entidad la totalidad de las
contrataciones de personal temporal realizadas en los ejercicios 2010 a 2014 y sus
correspondientes solicitudes de contratación firmadas, reflejándose las mismas en el Cuadro 11.
Cuadro 11: Contrataciones de personal temporal SSCC 2010-2014
AÑO NÚMERO CON SOLICITUD DE CONTRATACIÓN SIN SOLICITUD DE CONTRATACIÓN
%
SIN
2010
13
6
7
54
2011
19
15
4
21
2012
9
4
5
56
2013
0
0
0
0
2014
9
9
0
0
Total
50
34
16
3.14. De los trabajos realizados se puede concluir que durante los ejercicios 2010, 2011 y 2012 se
seguía incumpliendo en un porcentaje significativo el que incluyesen en todos los expedientes la
solicitud de contratación, en un 54% en 2010, en un 26% en 2011 y en un 56% en 2012. Pero a
partir de 2013, que es cuando se publica el Informe del Tribunal de Cuentas, todas las
contrataciones de personal temporal llevan adjuntas su solicitud de contratación con la descripción
del puesto de trabajo, la justificación de la necesidad de su cobertura y la firma autorizada.
3.15. La Conclusión 7.4 fijaba: “En la contratación de personal en el exterior se ha observado un
nivel de incumplimiento de la normativa superior al registrado en la contratación del personal para
los Servicios Centrales y Direcciones Territoriales y Provinciales. Así, para la contratación de
personal fijo, en la fase de concurso los baremos que se fijan para las valoraciones presentan una
serie de defectos que afectan a su necesaria objetividad. En los casos en que tuvo lugar una fase
de oposición ni siquiera se puede opinar en cuanto a su objetividad, ya que en los expedientes
examinados no hay referencias ni al número de candidatos, ni a las pruebas realizadas, ni a los
resúmenes de las entrevistas realizadas, ni a su valoración”, y en cuanto a la Recomendación 8.1
el Informe decía: “El ICEX debería reformar los procedimientos de contratación de personal en el
exterior, de forma que los Servicios Centrales controlen todo el proceso para garantizar su
objetividad, sin limitarse exclusivamente a decidir el candidato propuesto por el órgano de selección
constituido en las Oficinas Comerciales”.
3.16. A este respecto, el ICEX aprobó la siguiente propuesta de actuación: “Se procederá con
carácter inmediato y con efectos de la primera nueva convocatoria que se realice a modificar la
normativa interna y el modelo de convocatorias hasta ahora utilizado a efectos del control por parte
de los servicios centrales de ICEX, garantizando la imparcialidad y la objetividad”, y aplicar con
carácter inmediato, las siguientes medidas:
El presidente del tribunal será siempre el Secretario General del ICEX.
Centralización del diseño de baremos y de su verificación y control.
Auditoría anual interna de cumplimiento de los procedimientos.
Supresión en Ofecomes del proceso de promoción interna.
Implantación de normativa y niveles del sistema europeo sobre conocimiento de idiomas.
50 Tribunal de Cuentas
3.17. Todas estas medidas han sido recogidas en la nueva normativa interna de Provisión de
vacantes y selección de personal laboral en el exterior de 23 de junio de 2014.
3.18. Durante el periodo 2010-2014 se ha realizado un total de 23 contrataciones en el exterior
cuyo detalle se refleja en el Cuadro 12.
Cuadro 12: Contratación de personal en el exterior 2010-2014
CONTRATACIONES 2010 2011 2012 2013 2014 TOTAL
Fijo 7 1 2 2 2 14
Interinos 1 2 1 3 2 9
TOTAL 8 3 3 5 4 23
3.19. De todas las contrataciones se ha analizado el proceso de selección de una plaza de
personal fijo en 2014. El contrato ha sido autorizado por Resolución conjunta de la Dirección
General de la Función Pública y la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas
y las bases de la convocatoria tienen el Informe favorable de la Dirección General de la Función
Pública.
3.20. El ICEX tiene correctamente archivada, la totalidad de la documentación correspondiente a
esta convocatoria: solicitud Ofecome, autorización de la Secretaría General, convocatoria pública,
bases de la convocatoria, Tribunal de Selección, proceso selectivo, exámenes, etc. Se ha
comprobado el seguimiento de la normativa interna, ya referida, en todo el proceso de selección y
hay que destacar el completo cumplimiento de la misma.
3.21. Las conclusiones 7.5 y 7.6 y la recomendación 8.2 abordaban la problemática planteada
sobre el abono de las dietas a los miembros del Consejo de Administración, así las conclusiones
7.5 y 7.6 fijaban:
El ICEX ha abonado indemnizaciones por asistencia al Consejo de Administración, durante el
periodo 2005-2007, conforme a la cuantía máxima establecida legalmente de acuerdo con el
criterio manifestado por el Servicio Jurídico del Estado. No obstante, de haberse pagado conforme
a la interpretación contenida en los punto 3.13 a 3.15, habría correspondido un abono inferior en
227 miles de euros. De esta cantidad se han ingresado en el Tesoro Público y en las respectivas
CCAA el importe correspondiente a los altos cargos contemplados en el artículo 3 de la Ley 5/2006.
El ICEX ha abonado indemnizaciones por asistencia al Consejo de Administración durante el
periodo 2008-2011 conforme a la cuantía máxima establecida legalmente de acuerdo con el criterio
manifestado por el Servicio Jurídico del Estado. No obstante, si se hubieran pagado las cantidades
de acuerdo con la interpretación que se desarrolla en los puntos 3.16 a 3.19, habría correspondido
un abono inferior en 485 miles de euros. De esta cantidad se ha ingresado en el Tesoro Público y
en las respectivas CCAA el importe correspondiente a los altos cargos referidos en el punto
anterior”.
3.22. Por otra parte, la recomendación 8.2 establecía:
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas debería elaborar una normativa que
regulase, de manera inequívoca, el número de asistencias a Consejos de Administración que den
derecho al devengo de dietas”.
3.23. A este respecto el ICEX remitió un oficio al MINHAP (14 de mayo de 2013) solicitando el
criterio a seguir en el pago de las dietas. La contestación del MINHAP se produce el 18 de julio de
2013 donde toma nota de la recomendación del Tribunal y recuerda que en la Resolución de la
Secretaría de Estado de 25 abril de 2006 por la que se acuerda el abono de asistencias se
establecía la cuantía máxima anual para cada uno de los miembros del consejo por un total de
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 51
once sesiones al año, lo que indirectamente determinaba la cuantía máxima por asistencia a cada
una de las reuniones, por lo que el Ministerio consideraba que estaba suficientemente claro el tema
y que, por tanto, había sido el ICEX el que no había interpretado correctamente las normas
aplicables.
3.24. Durante el ejercicio 2013 y debido a la recomendación del Tribunal de Cuentas se modificó el
artículo 12.2 de la Normativa de Funcionamiento del Consejo de Administración para vincular el
cobro de la cuantía máxima por asistencias a la participación en once consejos. Después de la
modificación, el artículo 12.2 ha quedado redactado así: “La retribución total anual autorizada por el
MINHAP se abonará por la concurrencia a once sesiones del Consejo de Administración, que será
satisfecha en la parte proporcional que corresponda, una vez celebrada la sesión respectiva. La
concurrencia a cualquier sesión, ordinaria o extraordinaria, que exceda del número de once no dará
derecho a la indemnización”. Este cambio de la normativa impide que un Consejero cobre más de
lo permitido para cada sesión.
3.25. Tras la entrada en vigor de esta modificación el devengo y el pago se han realizado de la
forma indicada, habiéndose celebrado once consejos en 2013, 2014 y 2015. Además el MINHAP
ha establecido en su autorización de dietas de fecha 17 de marzo de 2014 de forma explícita, para
los ejercicios 2014 y 2015 que el número de asistencias a consejos, se fija en once sesiones.
3.26. Para hacer el seguimiento del cumplimiento de estas conclusiones durante los ejercicios
2010-2014 se incluyen en el Cuadro 13 los consejos celebrados y las dietas abonadas por
asistencia durante el periodo 2010 a 2014 elaborado por la empresa.
Cuadro 13: Importes pagados por dietas por asistencia al Consejo de Administración
(en euros)
EJERCICIO Nº CONSEJOS ASISTENCI AS PAGADAS IMPORTE ASISTENCIA IMPORTE TOTAL PAGADO
2010
5
111
1.862,62
206.750,82
2011
6
127
1.862,62
236.552,74
2012
6
60
2.328,28
139.696,96
2013
11
144
846,65
121.917,60
2014
11
143
1.090,36
155.921,74
3.27. A partir de 2013, fecha en que se publicó el Informe del Tribunal el ICEX solo abona la
cuantía máxima anual si se celebran las onces sesiones del Consejo; en caso contrario, se reduce
el importe correspondiente a las sesiones no celebradas.
III.3. SOBRE LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN COMERCIAL
3.28. La conclusión 7.7, indicaba que “Las incidencias más comunes que se han observado en la
ejecución de las propuestas de gasto son: justificación de las cuentas de liquidación fuera de plazo
establecido; ausencia del informe de valoración de la actividad y de la declaración jurada de
percibir otras ayudas públicas o privadas; y la ausencia de la justificación técnica promocional. Al
margen de estas incidencias de carácter general, se han detectado numerosos incumplimientos
específicos de la normativa reguladora de las actividades de promoción comercial, entre los que
destacan los que se exponen en los siguientes puntos de este subapartado del informe“.
3.29. Y la recomendación 8.3 indicaba que “Sería conveniente que el ICEX reformara el Manual de
Procedimiento de justificación de las ayudas, a los efectos de objetivar al máximo posible los
procesos regulados en el mismo y evitar, de ese modo, irregularidades como las detectadas en
este Informe”.
3.30. Durante los ejercicios 2010-2014, la Entidad ha procedido a realizar una serie de medidas
tendentes a subsanar las deficiencias puestas de manifiesto en la conclusión y para dar
cumplimiento a la recomendación indicada.
52 Tribunal de Cuentas
3.31. Así en el área de internacionalización de la empresa se ha procedido a una profunda
reestructuración del sistema, y con fecha de entrada en vigor de uno de enero de 2013, ICEX ha
desarrollado un Procedimiento para la concesión de ayudas dinerarias sin contraprestación, que
tiene como objetivo mantener la eficiencia en la aportación de las ayudas a los beneficiarios sin
menoscabo del cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y
no discriminación en su concesión. En este procedimiento se establece, además, el órgano
competente para dictar los acuerdos de convocatoria y concesión de ayudas y se regulan los
requisitos para la concesión de ayudas, su publicidad y su tramitación.
3.32. Las modificaciones más significativas entre el sistema anteriormente vigente y el implantado
son:
Ferias de participación agrupada:
Se establece la obligación de adjuntar la documentación en la oficina virtual del ICEX, lo que
implica la existencia de certificado digital válido.
Desaparece el requisito de un mínimo de participantes, si la división correspondiente estima
que existe un interés de sector y/o país de acuerdo con la estrategia del ICEX.
Se establece la valoración final por ICEX de la actividad realizada y la imposibilidad de
liquidar la ayuda concedida si el importe de liquidación es inferior al 75% de la ayuda
aprobada, salvo que estime que se han producido circunstancias especiales.
Se exige una vigencia mínima de 4 meses a las certificaciones de encontrarse al corriente
con las obligaciones de la AEAT y de la Tesorería General de la Seguridad Social (en
adelante TGSS).
Se exige, dentro de la justificación técnica, la relación de soportes de material de promoción
y el listado de empresas beneficiarias.
En los casos en los que la Asociación no sea la beneficiaria final de la ayuda ICEX sino que
lo sean las empresas participantes, y la ayuda sea cofinanciada con Fondos Comunitarios,
la aceptación por las empresas beneficiarias aceptan la inclusión en la lista de beneficiarios.
Jornadas técnicas:
Se establece la obligación de adjuntar la documentación en la oficina virtual del ICEX, lo que
implica la existencia de certificado digital válido.
El plazo de justificación se reduce a un mes desde la fecha de finalización de la actividad
objeto de apoyo.
Se establece la valoración final por el ICEX de la actividad realizada y la imposibilidad de
liquidar la ayuda concedida si el importe de liquidación es inferior al 75% de la ayuda
aprobada, salvo que estime que se han producido circunstancias especiales.
Se exige una vigencia mínima de 4 meses a las certificaciones de encontrarse al corriente
con las obligaciones de la AEAT y de la TGSS.
Se exige, dentro de la justificación técnica, la relación de soportes de material de promoción
y el listado de empresas beneficiarias.
En relación a la ayuda consistente en bolsas de viaje, se exige cumplimentar la Declaración
de Representación.
En los casos en los que la Asociación no sea la beneficiaria final de la ayuda ICEX sino que
lo sean las empresas participantes, y la ayuda sea cofinanciada con Fondos Comunitarios,
la aceptación por las empresas beneficiarias aceptan la inclusión en la lista de beneficiarios.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 53
Establecimiento exterior:
Se establece la obligación de adjuntar la documentación en la oficina virtual del ICEX, lo que
implica la existencia de certificado digital válido.
Se establece la obligación del perceptor de comunicar las desviaciones a la baja que
afecten a los conceptos de gastos e importes autorizados de forma previa al proceso de
justificación.
Se establece la valoración final por el ICEX de la actividad realizada y la imposibilidad de
liquidar la ayuda concedida si el importe de liquidación es inferior al 75% de la ayuda
aprobada, salvo que estime que se han producido circunstancias especiales.
Se exige una vigencia mínima de 4 meses a las certificaciones de encontrarse al corriente
con las obligaciones de la AEAT y de la TGSS.
3.33. Asimismo se establecen criterios de justificación de los programas de ayuda a la
internacionalización para los ejercicios 2013 y 2014, que son de obligado cumplimiento en las
revisiones de expedientes a desarrollar por el ICEX.
3.34. El ICEX, desde el ejercicio de 2013, procede a la publicación, no sólo de las convocatorias,
sino también de la concesión de las ayudas detallando los beneficiarios y los importes concedidos a
cada uno de ellos.
3.35. Con el nuevo procedimiento establecido y su adecuado cumplimiento, se ha observado que
en la muestra analizada del 2015, se han corregido las incidencias expresadas en el Informe del
Tribunal de Cuentas antes citado.
III.4. SOBRE EL SISTEMA DE CONTROL DE LAS OFECOMES Y DE LAS DTPS
Control de las Ofecomes III.4.1.
3.36. La conclusión 7.11 establecía: “Los trece informes de control interno realizados por el ICEX a
las Oficinas Comerciales expresan una opinión favorable sobre los balances de situación de fondos
de las Oficinas, pero con incidencias o salvedades como facturas no contabilizadas, anticipos de
gastos no autorizados, compromisos de gasto previos a la preceptiva autorización de la actividad
por el Comité Presupuestario, incidencias en la justificación de facturas y retrasos en la justificación
de los gastos.”
3.37. Se ha analizado, la evolución de las incidencias descritas, durante el periodo 2010-2014
siguiendo los resultados de los seis informes de control interno realizados por el ICEX, en el
ejercicio 2014, a las Ofecomes y por otra parte siguiendo los resultados de dos de las auditorías de
las realizadas por la IGAE a las Ofecomes (Nueva York, ejercicio 2013 y avance de 2014 y
Düsseldorf, ejercicio 2013 y avance 2014) y comprobando el cumplimiento de las medidas puestas
en vigor por el ICEX para corregir las deficiencias señaladas en los referidos informes y que se
concretan en los denominados Planes de Acción.
III.4.1.1. INFORMES DE CONTROL INTERNO
3.38. En los seis Informes de control interno realizados por la UCI a las Ofecomes, la opinión sobre
la representatividad de los Balances de Situación es favorable en todos ellos, con algunas
incidencias. Las incidencias más comunes que se han detectado y que han sido subsanadas
posteriormente según se hace constar en los informes de seguimiento son:
En cuatro Ofecomes no hay registro de entrada de las facturas que facilite el seguimiento del
proceso interno de las mismas.
54 Tribunal de Cuentas
En cinco Ofecomes (Düsseldorf, Hong Kong, Milán, Chicago y Los Ángeles) alguna o la totalidad
de las facturas vienen a nombre del Consulado de España, sin hacer mención al ICEX o sin incluir
el Código de Identificación Fiscal.
En las seis Ofecomes se han detectado algunas deficiencias menores en la justificación de las
facturas a los SSCC del ICEX.
III.4.1.2. INFORMES IGAE Y LOS PLANES DE ACCIÓN
3.39. En cuanto a los Planes de Acción por Resolución de 14 de enero de 2014, la IGAE publica el
Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2013, por el que se establece el
seguimiento periódico de la corrección de las debilidades puestas de manifiesto en los informes de
control financiero permanente y auditoría pública, elaborados por la IGAE.
3.40. El Acuerdo establece que cada departamento ministerial elaborará un Plan de Acción que
determine las medidas a adoptar para subsanar las debilidades, deficiencias, errores e
incumplimientos que se pongan de manifiesto en los Informes de la IGAE y contendrá las medidas
de corrección adoptadas y el calendario de actuaciones a realizar.
3.41. El Plan de Acción se elaborará en el plazo de tres meses desde que el titular del
departamento ministerial reciba la remisión semestral de los informes de control financiero, tanto
del propio departamento como de los organismos y entidades públicas adscritas o dependientes y
de las que ejerza la tutela.
3.42. La IGAE ha realizado en el periodo 2010-2014 un total de cinco auditorías de cumplimiento y
operativas a distintas Ofecomes, de las cuales se van a analizar en este apartado las aprobadas y
comunicadas al ICEX en el ejercicio 2015 (el periodo auditado corresponde a los ejercicios 2013 y
2014), que son las correspondientes a las Ofecomes de Düsseldorf y Nueva York. En concreto, se
va a hacer un seguimiento de las medidas que ha puesto en vigor el ICEX a la vista de las
deficiencias detectadas por la IGAE, lo que va a indicar el grado de control que el ICEX ejerce
sobre las Ofecomes.
3.43. Ofecome de Nueva York
La IGAE aprobó el Informe definitivo sobre la Ofecome de Nueva York el 11 de diciembre de 2015 y
en él se dividen las conclusiones y recomendaciones en varios apartados según afecten a la propia
Ofecome, a los SSCC del ICEX o a los Servicios de la Cominver. Se va a analizar a continuación el
alcance de las medidas adoptadas por el ICEX, en aras al cumplimiento de las principales
conclusiones y recomendaciones del citado Informe. Como consecuencia de las observaciones y
recomendaciones efectuadas por la IGAE, el ICEX elaboró el borrador del correspondiente Plan de
Acción para el cumplimiento a las mismas y se remitió a la Subsecretaría del MINECO, con fecha
21 de junio de 2016.
3.44. El 21 de septiembre de 2016 se recibió Resolución del Subsecretario del Departamento,
comunicando al ICEX el Plan de Acción que debía implementar, en cumplimiento de los artículos
161 y 166 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en la redacción dada
por la disposición final octava de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2015.
3.45. Implantadas las medidas necesarias para dar cumplimiento al referido Plan de Acción, el
ICEX procede a comunicarlas a la Subsecretaría del MINECO mediante el Informe de ejecución y
cumplimiento.
A) Deficiencias encontradas que afectan a los SSCC del ICEX.
1. “El seguro dental abonado por ICEX, 20.366,05 US$ en 2013, no se ha incluido en la nómina
como retribución en especie, incumpliendo la legislación tributaria y de la Seguridad Social”.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 55
El ICEX ha procedido a considerar el seguro dental como retribución en especie, declarándose
como tal desde que se tuvo conocimiento del informe de la IGAE.
2. “Desde SSCC de ICEX debe prestarse una mayor atención a la supervisión de los
presupuestos monetarios remitidos por las OFECOMES, evitando embalsamientos de fondos
como los producidos en la OFECOME de NY”. La Unidad de Control Financiero y Riesgos de
ICEX desde el mes de enero de 2015 comenzó a realizar un control bimestral de los saldos de
las cuentas bancarias de las OFECOMES y Direcciones Territoriales con el objeto de ajustar las
transferencias de fondos y alertar sobre la existencia de saldos sensiblemente superiores a los
Fondos de Seguridad establecidos y de informar de ellos a las propias Oficinas”.
La UCI ha comenzado a realizar desde el mes de enero de 2015 un control bimestral de los
saldos de las cuentas bancarias de las Ofecomes lo que está permitiendo ajustar más los saldos de
tesorería.
El ICEX ha incluido a la Oficina Comercial de Nueva York en el Plan Anual de Auditorías de
2016, estando a la fecha de redacción del presente Informe (diciembre de 2016) en fase de
borrador.
3. “Entre el 1 de noviembre de 2009 y el 31 de octubre de 2013, se han celebrado cuatro
contratos de servicios consecutivos con una antigua becaria de la OFECOME, sin concurrencia
y podría considerarse una contratación laboral encubierta. Se contabiliza como gasto el total
facturado, incluyendo la cuota de IVA (884,74 US$/mes), sin que se incluya estas cuotas
soportadas en las declaraciones de IVA. Puesto de manifiesto este hecho desde SSCC,
manifestaron su desconocimiento y propósito de regularizarlo. En las alegaciones al informe
provisional ICEX comunica su regularización en febrero de 2015”.
El ICEX regularizó la situación en febrero de 2015.
4. “Sería conveniente la elaboración de un texto consolidado sobre las normas y procedimiento
de liquidación y justificación de actividades por las OFECOMES, labor actualmente en fase de
aprobación por parte de ICEX”.
Se ha aprobado por el Consejero Delegado con fecha 1 de abril de 2016 la Norma para la
Justificación de Actividades para Ofecomes y para las DTPS, que actualiza la norma anteriormente
vigente, recopilando en un único documento el conjunto de instrucciones remitidas a las Oficinas en
esta materia.
5. “Pese a que en el trabajo realizado por la auditoría se han detectado una serie de deficiencias
u omisiones en las justificaciones de gastos remitidas desde la OFECOME a los SSCC, no
consta la formulación de reparo alguno por parte de los SSCC. Desde ICEX debe reforzarse el
control y supervisión ejercido sobre la actividad de las OFECOMES”.
Con fecha 10 de octubre de 2016, se ha comenzado a utilizar por parte de los responsables de
los sectores del área de Control Presupuestario una Instrucción con la que, atendiendo a la
recomendación, se pretende reforzar el control y la supervisión realizados desde SSCC y dejar
trazabilidad de ello.
6. “Para la participación en ferias y otros eventos se establecen cuotas en dólares. Las facturas
se emiten desde SSCC en euros, aplicando el tipo de cambio que figura en la propuesta de
gasto. Según el procedimiento establecido por el ICEX, el tipo de cambio será publicado en el
BOE el primer día hábil del trimestre dentro del cual son aprobadas, que puede diferir en varios
meses del momento de facturación. Este procedimiento dista del establecido en el Plan General
de Contabilidad (PGC), según el cual toda transacción en moneda extranjera se convertirá, para
su reflejo contable en la moneda funcional, aplicando al importe en moneda extranjera el tipo de
cambio de contado entre ambas monedas en la fecha de la transacción, entendida como aquella
56 Tribunal de Cuentas
en la que se cumplan los requisitos para su reconocimiento. Si bien el PGC prevé la posibilidad
de aplicar un tipo de cambio medio de un periodo, fija un máximo mensual. ICEX debe modificar
los criterios de registro para adaptarlo al PGC”.
Con fecha 8 de junio de 2016, se ha aprobado una Instrucción, sobre tipo de cambio, donde se
modifica el criterio de registro adaptándolo al PGC.
7. “Todo el personal de la OFECOME de NY está incluido en un contrato de seguro de asistencia
sanitaria suscrito por DKV. En las nóminas del personal del ICEX se ha considerado este
seguro como retribución en especie a efectos de IRPF, mientras que en las nóminas del
personal de la DG COMINV no aparece reflejada ninguna retribución en especie, por lo que no
se realiza ningún ingreso a cuenta. La DG COMINV considera que es dieta exceptuada de
gravamen, conforme al artículo 9 apartado A.3.b)2 RD 439/2007, de 30 de marzo. Se recuerda
la posibilidad de plantear una consulta ante la Dirección General de Tributos, que dirimiría
cualquier duda interpretativa que pueda existir al respecto”.
El seguro de asistencia sanitaria está suscrito para el personal laboral en el exterior con derecho
a Seguridad Social española como pago en especie. Para el personal de la Cominver se trata como
una retribución exceptuada de gravamen. La Subdirección General de Ofecomes envió Informe de
la TGSS a la Secretaría General del ICEX, con la finalidad de que se dejara de considerar el seguro
sanitario como pago en especie. Desde el mes de junio de 2016, no se considera retribución en
especie, por lo que ni cotiza ni tributa ni se incluye en nómina.
8. “En relación con el citado seguro de asistencia sanitaria, ICEX lo incluye en la base de
cotización de la Seguridad Social mientras que la DG COMINV no lo incluye. Tras la entrada en
vigor del Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la
contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, que modificó el artículo 109
del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se realiza una consulta en enero
de 2014 a la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre el tratamiento a efecto de
cotización, que tendría el seguro médico, sin haber recibido contestación alguna”.
En 2016 se ha recibido la contestación de la TGSS, en el sentido de excluir el citado seguro de
la base de cotización de la Seguridad Social, lo que el ICEX implementó de inmediato.
B) Deficiencias encontradas que afectan a la Ofecome de Nueva York.
1. “La utilización de presupuestos monetarios en la gestión de tesorería da lugar a desviaciones
relevantes en los presupuestos monetarios (gestión de tesorería de ICEX), con importantes
embalsamientos de fondos”.
Desde la recepción del informe de la IGAE se están incluyendo en los presupuestos monetarios
de las Ofecomes los ingresos o cobros que, en su caso, se prevean recibir en el periodo
considerado.
La UCI ha comenzado a realizar desde el mes de enero de 2015 un control bimestral de los
saldos de las cuentas bancarias de las Ofecomes/DTPS. Dicho control tiene como objetivo alertar
sobre la existencia de saldos sensiblemente superiores a los Fondos de Seguridad establecidos y
de informar de ello a dichas Oficinas.
2. “Si bien conforme a la normativa ICEX aplicable, la contratación directa (sin concurrencia) no
puede ser objeto de prórroga, se ha prorrogado un contrato adjudicado directamente”.
Este hecho es reconocido por el ICEX y alega que no es práctica habitual, y que se hizo en esta
ocasión únicamente por premura de plazo y con autorización previa de la Asesoría jurídica de
ICEX.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 57
3. “Entre el 1 de noviembre de 2009 y el 31 de octubre de 2013, se han celebrado cuatro
contratos de servicios consecutivos con una antigua becaria de la OFECOME, sin concurrencia
y podría considerarse una contratación laboral encubierta”.
El ICEX reconoce la irregularidad y no se han vuelto a contratar servicios externos desde ese
supuesto puntual.
4. “En múltiples ocasiones las facturas recibidas figuran a nombre de “The Government of Spain”
o “Trade Commission of Spain”, indistintamente del destinatario, y no se trata de facturas
formales. Desde la OFECOME se indica que se trata del uso del país. No obstante, y dado que
también se reciben facturas que cumplen con todos los requisitos legales, debe insistirse en la
solicitud de documentos con los requisitos propios de una factura, y en especial con el CIF del
destinatario, Ministerio o ICEX. Este hecho es especialmente relevante para ICEX, de cara a
justificar los gastos deducibles en sus declaraciones de impuestos”.
Todas las Ofecomes tienen instrucciones para que en todas las contrataciones realizadas por la
Oficina, en nombre y por cuenta del ICEX, las facturas emitidas por los proveedores se emitan con
los requisitos establecidos en la normativa.
Esta instrucción a todas las Ofecomes se viene reiterando en todos los Controles Financieros
que realiza la UCI, tanto las realizadas “in situ” como desde los SSCC del ICEX.
Asimismo, los requisitos que deben cumplir las facturas se contemplan en la nueva normativa de
justificación de 1 de abril de 2016. Con el fin de reforzar el control de estas medidas, la Oficina
Comercial de Nueva York se ha incluido dentro del Plan Anual de Auditorías 2016.
3.46. Ofecome de Düsseldorf
Como consecuencia de las observaciones y recomendaciones efectuadas por la IGAE en el
Informe de Auditoría de Cumplimiento y Operativa de ICEX de la Ofecome de Düsseldorf, de fecha
2 de noviembre de 2015, ICEX elaboró el borrador del correspondiente Plan de Acción para dar
cumplimiento a las citadas recomendaciones y se remitió a la Subsecretaría del MINECO con fecha
21 de junio de 2016.
El 21 de septiembre de 2016 se recibió Resolución del Subsecretario del Departamento,
comunicando al ICEX el Plan de Acción que debía implementar, en cumplimiento de los artículos
161 y 166 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en la redacción dada
por la disposición final octava de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2015.
Implementadas las medidas necesarias para dar cumplimiento al referido Plan de Acción, ICEX
España Exportación e Inversiones procede a comunicarlas a la Subsecretaría del MINECO
mediante el Informe de ejecución y cumplimiento.
Las actuaciones llevadas a cabo por el ICEX para dar cumplimiento a las conclusiones y
recomendaciones recogidas en el Plan de Acción son las siguientes:
1. “ICEX tiene establecido un sistema de “fondo de seguridad” por el cual la remisión de fondos
a las OFECOMES se realiza en base a unos presupuestos monetarios elaborados y enviados a
ICEX mensualmente por las OFECOMES. Resulta práctica habitual que los meses de
vacaciones del personal (agosto, diciembre) no se remitan los presupuestos (correspondientes a
septiembre y enero), acumulando en el presupuesto del mes anterior la solicitud de fondos para
el periodo de dos meses. Al menos en aquellas OFECOMES para las que las remesas pueden
ser de cuantía importante, como el caso de Düsseldorf, deben valorarse otras posibilidades para
cubrir la ausencia de presupuestos monetarios en los citados meses que no lleven al anticipo de
elevados importes de tesorería dos meses antes de su efectiva utilización”.
58 Tribunal de Cuentas
La UCI ha incluido dentro de su plan de trabajo anual- el seguimiento de las recomendaciones
del informe de la auditoría realizada por dicha Unidad en la Oficina de Düsseldorf en 2014, en el
que se incluyeron, entre otros, aspectos relativos a la reposición de fondos.
En enero de 2015 la UCI del ICEX comenzó a realizar un control bimestral de los saldos de las
cuentas bancarias de las Ofecomes y DTPS con el objeto de ajustar las transferencias de fondos y
alertar sobre la existencia de saldos sensiblemente superiores a los Fondos de Seguridad
establecidos y de informar de ellos a las propias Oficinas.
2. “Es conveniente la elaboración de un texto consolidado sobre las normas y procedimiento de
liquidación y justificación de actividades por las OFECOMES, labor actualmente en fase de
aprobación por parte de ICEX: desde la entrada en vigor de la “Norma y procedimiento de
liquidación y justificación de actividades por Oficinas Económicas y Comerciales” hasta su última
modificación en noviembre de 2014 ha habido muchas modificaciones del procedimiento,
quedando en desuso diversas fases del procedimiento al haberse automatizado. Dichos cambios
e instrucciones se han ido comunicando de forma no sistemática”.
Se ha elaborado y aprobado el documento “Normas y Procedimientos de Justificación de
Actividades OFECOMES y DT” firmado por el Consejero Delegado con fecha 1 de abril de 2016
que actualiza la norma vigente hasta la fecha, de enero de 2003, y recopila en un único documento
el conjunto de instrucciones remitidas a las Oficinas en esta materia.
3. “Pese a que en el trabajo realizado por la auditoría se han detectado una serie de
deficiencias/omisiones en las justificaciones de gastos remitidas desde la OFECOME a los
SSCC, no consta la formulación de reparo alguno por parte de los SSCC. Desde ICEX debe
reforzarse el control y supervisión ejercido sobre la actividad de las OFECOMES”.
No obstante, se informa que con fecha 10 de octubre de 2016, con carácter previo a la adopción
formal de un plan de refuerzo del seguimiento y control de las Ofecomes, se ha comenzado a
utilizar por parte de los responsables de los sectores del área de Control Presupuestario un
documento (check list justificaciones) con el que, atendiendo a la recomendación de la IGAE, se
pretende reforzar el control y la supervisión realizada desde SSCC y dejar trazabilidad de ello.
Control de las DTPS III.4.2.
3.47. La conclusión 7.12 establecía: “Las Direcciones Territoriales y Provinciales carecían en el
periodo fiscalizado de organigramas homogéneos y de manuales que desarrollasen y normalizasen
los procedimientos internos, lo que provocaba dificultades para identificar las necesidades reales
de personal y determinar las tareas de cada puesto de trabajo”.
3.48. Se ha dotado a las DTPS en este periodo de un organigrama donde se recogen
detalladamente las tareas a realizar por cada funcionario y se han desarrollado y normalizado los
procedimientos internos.
III.5. SOBRE LA COORDINACIÓN DE LAS OFECOMES Y DE LAS DTPS
3.49. La conclusión 7.13. establecía: “En el periodo fiscalizado existía un amplio margen para
mejorar la eficacia y la eficiencia en las relaciones de coordinación entre las Oficinas Comerciales,
así como entre las Direcciones Territoriales y Provinciales, lo que debería redundar en un mejor
desempeño de las funciones asignadas al ICEX”.
3.50. La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización, asigna al Gobierno la dirección de las políticas de la internacionalización de la
economía y la empresa española, cuya coordinación corresponde al MINECO que a través de la
SEC promocionará una gestión eficiente y coordinada de los organismos e instrumentos que
integran el sistema español de apoyo financiero oficial a la internacionalización de la empresa,
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 59
especializando a sus entidades gestoras y coordinando los instrumentos en que se materialice el
sistema para garantizar su coherencia con la política comercial.
3.51. El artículo 51 de la Ley 14/2013, insta al MINECO a la elaboración de un Plan Estratégico de
Internacionalización de la Economía Española (de carácter bienal), donde se plasma la acción de
Gobierno en materia de fomento a la internacionalización de la economía y la empresa española y
cuyo objetivo es la mejora de la competitividad y la maximización de la contribución del sector
exterior al crecimiento y a la creación de empleo.
El primer Plan (2014-2015) fue aprobado por el Consejo Ministros de 28 de febrero de 2014 y entre
sus principios rectores figura la coordinación de la acción de las Administraciones Públicas, así
como la complementariedad con la actuación del sector privado. La medida 26 del Plan indica que
la SEC procederá a analizar la adecuación de la configuración actual de las Ofecomes para
reforzarlas en aquellos países donde se detecten más necesidades para las empresas españolas.
Por otra parte en la medida 28 destaca la importancia de las DTPS e indica que “Para conseguir
una mayor eficacia en su labor, se reforzará la cooperación y la comunicación con el resto de
instrumentos comerciales especializados en la internacionalización, particularmente con la red de
Oficinas Económicas y Comerciales y la Ventana Global, con el objetivo de que las Direcciones se
conviertan en verdaderas ventanillas regionales de la Ventana Global del ICEX”.
3.52. La Inspección de Servicios del MINECO elaboró en noviembre de 2015 un completo informe
sobre “el análisis de la Coordinación entre los servicios periféricos de comercio (la red territorial) y
los exteriores (Ofecomes)”. La Conclusión general a la que llega el Informe es que “la Red de
Direcciones Territoriales y la de Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior funcionan
correctamente, cubriendo los objetivos de apoyo a la internacionalización de nuestras empresas
previstos de acuerdo con la normativa, con un personal especializado y a un coste ajustado. Como
el objetivo de este trabajo es el análisis de la coordinación entre los servicios periféricos de
comercio: la Red Territorial y la Red Exterior, ello requiere adoptar algunas decisiones, previstas en
el plan de Internacionalización y que puede permitir que el sistema funcione con mayor
productividad y de una forma más integrada”.
3.53. Sin embargo hay una serie de aspectos que la Inspección de Servicios considera como
mejorables, enumerándose los principales de ellos en los puntos siguientes:
Las DTPS han puesto de manifiesto en algunos casos la ausencia de una comunicación a la
DTPS previa a un desplazamiento oficial de una autoridad de Comercio de los SSCC o del ICEX; y
en algunas ocasiones incluso el Director Territorial o Provincial ha tenido conocimiento de la visita
días más tarde, bien por la prensa o bien por la entidad visitada (Asociación de exportadores,
Cámara de Comercio, Gobierno Autonómico, local, etc.).
En relación con las visitas de inspección a las DTPS cabe también comentar que las mismas
son inspeccionadas, además de por la Inspección de los Servicios del MINECO, también por el
ICEX. Los Directores Territoriales y Provinciales denuncian que las visitas del ICEX no están
coordinadas con Cominver e incluso abundan en materias ajenas a las competencias del ICEX.
En ocasiones, se han recibido instrucciones en las DTPS simultáneamente de Cominver y del
ICEX sobre la misma materia dando lugar a las correspondientes dudas y confusiones.
En la elaboración del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Española no se
ha tenido en cuenta la opinión de las DTPS, tan solo una vez finalizada la elaboración del Plan se
les remitió para su conocimiento.
Se pone en consideración la falta de formación adecuada del personal de las DTPS en las
materias de promoción para la internacionalización empresarial y que, salvo excepciones, no
reciben la formación necesaria o la actualización de sus conocimientos para desarrollar
eficazmente su labor.
60 Tribunal de Cuentas
Destaca el Informe, que el 61% del personal de las DTPS (de un total de 492 empleados) está
destinado a labores de inspección y asistencia técnica, por lo que se debería pensar en la
reestructuración de las funciones del personal en la DTPS orientando el personal hacia actividades
de más proyección de futuro desde el punto de vista del apoyo a la empresa, es decir actividades
de promoción, información y buscando la dimensión óptima de cada DTPS que permita la mayor
eficacia en el desarrollo de los objetivos asignados.
Los SSCC deben proporcionar periódicamente la información necesaria a la DTPS de la cartera
de créditos disponibles en materia de financiación internacional.
Sistematizar la información que desde los SSCC se debe enviar, tanto periódica como
puntualmente a las DTPS y Ofecomes para que ambas redes dispongan de información de las
actividades de la otra red: noticias económicas y comerciales, informes internacionales de interés,
etc.
3.54. La Cominver y el propio ICEX, han realizado un notable esfuerzo para tratar de cumplir las
conclusiones y recomendaciones que se pusieron de manifiesto en el citado Informe, así en
concreto:
Se ha realizado una redistribución de tareas entre las Ofecomes de un mismo país, con objeto
de especializarlas en sectores concretos y distribuir mejor la carga de trabajo. En las Instrucciones
Básicas que regulan el funcionamiento de las Ofecomes, se establece que, en los países en los
que haya varias Ofecomes, la situada en la capital administrativa ejercerá como oficina principal,
tanto en las actuaciones ante las autoridades locales como en la relación con los servicios
centrales. Por otra parte también se establece que el Consejero Jefe de la Ofecome principal
realizará la coordinación entre todos los Consejeros y Agregados de las Ofecomes ubicadas en el
país y será el interlocutor ante los SSCC del Ministerio y del ICEX para todos aquellos asuntos que
afecten al conjunto de Ofecomes del país.
Cominver dicta una Circular de fecha 25 de enero de 2016 en la que establece la obligatoriedad
de informar a la DTPS correspondiente de las actividades, que en la demarcación de la Ofecome,
pueda desarrollar la Comunidad Autónoma, la Cámara de Comercio o alguna empresa relevante de
la región donde se encuentre la citada Dirección. Asimismo se deberá informar a la DTPS que
corresponda sobre actividades desarrolladas por alguna asociación sectorial con sede en la
Comunidad Autónoma.
Se ha dado un incremento de la colaboración de las DTPS con las Cámaras de Comercio,
Asociaciones de Fabricantes o de Exportadores, con universidades y con los Organismos de
Promoción Exterior (OPES) de las Comunidades Autónomas.
Se ha puesto en marcha por las DTPS el Plan de reuniones y visitas a empresas para promover
el comercio internacional, lo que permite adoptar una posición más activa de las mismas, en el
comercio exterior.
El ICEX ha diseñado aplicaciones e instrumentos para que las DTPS y las Ofecomes participen
y colaboren en los programas de promoción e información. La designación del ICEX como
organismo intermedio de FEDER en el periodo 2014-2020 contribuirá a una mayor integración de
las Redes.
El servicio de información y asesoramiento gratuito de la SEC gestionado desde el ICEX,
Ventana Global, está contribuyendo de manera muy positiva al objetivo de integración de las Redes
y SSCC, aunque debería reforzarse el papel de las DTPS en este programa.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 61
III.6. SOBRE LA UNIDAD DE CONTROL INTERNO
3.55. La recomendación 4ª del Informe establecía “Se recomienda que el ICEX analice la
posibilidad de ampliar la Unidad de Control Interno, para que pueda efectuar una revisión más
continua de las Oficinas Comerciales y potenciar el resto de funciones que tenía encomendadas en
el periodo fiscalizado y las nuevas que van a surgir como consecuencia del cambio de naturaleza
jurídica, en concreto el previsible aumento de las operaciones comerciales con contraprestación y
la concesión de préstamos a las empresas.”
3.56. En abril de 2013, fecha de aprobación del Informe del Tribunal de Cuentas, las funciones de
control financiero las realizaban en el ICEX, dos consultores externos dirigidos por el Subdirector
Financiero.
3.57. El ICEX adopta a partir de la fecha indicada una serie de actuaciones para dar cumplimiento a
esta recomendación, así en concreto:
Por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 22 de mayo de 2013, se crea, dependiendo
de la Dirección Económico-Financiera y con la categoría de subdirección, la Unidad de Control
Financiero y de Riesgos, integrada por tres técnicos y un consultor externo.
Se aprueba en mayo de 2013, un Manual de Evaluación de Riesgos con el objetivo de detectar,
tratar y hacer un seguimiento de los riesgos que se manifiesten en los procesos que analice la
Unidad de Control Financiero y de Riesgos. El manual prevé el seguimiento de una serie de
criterios, bastante objetivos, de valoración de los riesgos y el Diseño de los Planes anuales de
revisión de Ofecomes y DTPS.
A partir de la entrada en vigor del Manual de Evaluación de Riesgos se aprueba para el ejercicio
2013 y sucesivos un Plan Anual de Auditorías a Distancia lo que supone una importante innovación
en el sistema de control del ICEX, que complementa las actuaciones “in situ” de la Unidad.
Se aprueba en mayo de 2013 un Manual de Auditoría Interna.
La aprobación de la nueva normativa interna aplicable al control y el inicio de las Auditorías a
distancia, supuso un incremento importante de los controles financieros realizados por la Unidad.
Para hacerse una idea gráfica de lo que supuso este incremento se pueden comparar los informes
realizados a Ofecomes y DTPS en el periodo 2005-2009, que fueron un total de diez con los
realizados en el periodo 2010-2014, que vienen reflejados en el Cuadro 14, y que han supuesto un
total de 48 estos cinco años.
Cuadro 14: Informes UCI 2010-2014
Ejercicio
OFECOMES
DTPS
In situ
A distancia
In situ
A distancia
2010
5
-
-
-
2011
7
-
2
-
2012
1
-
1
-
2013
6
8
6
-
2014
6
3
3
-
TOTAL
25
11
12
-
3.58. Una vez puestos de manifiesto los progresos operados en la organización y funcionamiento
de la UCI se quiere hacer notar una serie de aspectos que serían mejorables para que la Entidad
valore las posibilidades de implantación.
La dependencia orgánica de la Unidad no se considera la adecuada, pues depende
directamente de la Dirección Económico-Financiera, cuyos trabajos son los que tiene básicamente
62 Tribunal de Cuentas
que controlar. Sería más adecuado, en aras a su independencia que dependiera directamente de la
Dirección del ICEX.
Actualmente la Unidad realiza funciones de administración en los SSCC del ICEX que luego, en
teoría, tendría que supervisar, lo que supone una contradicción.
Igualmente en los controles in situ” que realiza, suelen formar parte del equipo auditor personal
de la DEF ajeno a la Unidad, lo que supone mezclar los trabajos de administración, asesoramiento
y control.
Su actividad está centrada actualmente en la supervisión de los aspectos administrativos de las
Ofecomes y DTPS, y en la revisión de la normativa, sin embargo esta Unidad debería acometer la
supervisión de los procedimientos y el control de otras áreas de la organización, como las
participaciones en Ferias Internacionales, los servicios personalizados ofrecidos a las empresas,
los Centros de Negocios, etc.
IV. CONCLUSIONES
IV.1. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
Contratación de personal IV.1.1.
4.1. En todas las contrataciones de personal realizadas por el ICEX en 2015, tanto las realizadas
para los Servicios Centrales como las realizadas para prestar servicio en las Oficinas Económicas y
Comerciales en el Exterior, se han seguido los procedimientos establecidos y se ha cumplido la
normativa vigente (puntos 2.1 a 2.11).
Cumplimiento de la normativa sobre transparencia IV.1.2.
4.2. En general se cumple lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, respecto a la publicidad activa y el acceso a la
información pública. Los contenidos son adecuados y la información resulta de gran utilidad para
las empresas usuarias, sin embargo tendría que ser más clara y evidente la obtención de la
información en el portal del ICEX para un ciudadano medio (puntos 2.28 a 2.30).
Becas de Internacionalización empresarial IV.1.3.
4.3. Las Becas concedidas por el ICEX tienen una duración aproximada de tres años y constan de
dos procesos diferenciados, el proceso de selección y el proceso de formación propiamente dicho.
El proceso de selección consta de dos fases, la selección inicial de los candidatos y la realización
de un Máster en Gestión Internacional de la Empresa. Para la selección inicial de los candidatos el
ICEX nombra un Comité de Selección, que en teoría es el encargado de supervisar todo el
proceso, y contrata a una empresa especializada que es la que realiza todo el trabajo de selección.
La empresa facilita al final del proceso un listado de aprobados y la puntuación obtenida por cada
uno de ellos que, por estricto orden de puntuación, son elegidos para realizar el Máster. Los
becarios aprobados inician el proceso de formación, para el cual son destinados un año en las
Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior y a continuación realizan otro año de formación
en empresas e instituciones españolas vinculadas con la internacionalización o en Organismos
Multilaterales.
Se ha analizado la Convocatoria de Becas 2015 y de la misma cabe destacar:
La convocatoria no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado.
Las reclamaciones que formulan los candidatos son resueltas por la empresa contratada, sin
que intervenga ningún miembro del Comité de Selección del ICEX, lo que no se considera
adecuado, sobre todo en los casos en que se excluye algún candidato de dicho proceso.
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 63
La última prueba de este proceso, consiste en la realización de una entrevista personal realizada
exclusivamente por el personal de la empresa seleccionadora. Para realizar esta entrevista, el
personal del ICEX imparte una jornada formativa al personal de la empresa. La entrevista personal
es, con diferencia, la prueba más subjetiva de todas a las que se enfrentan los candidatos, por lo
que sería positivo que participase en la misma algún miembro del Comité de Selección y no dejarla
a criterio exclusivo de la empresa seleccionadora, sobre todo en esta prueba, que no queda
trazabilidad de la misma y cuyas reclamaciones, como ya se ha comentado, las resuelve
exclusivamente el personal de la empresa seleccionadora (puntos 2.48 a 2.53).
Análisis del cumplimiento de la Ley General de Derechos de las Personas con IV.1.4.
Discapacidad y de su Inclusión Social
4.4. El ICEX tenía contratados a 31 de diciembre de 2015 diez trabajadores con discapacidad
reconocida. El artículo 42 de la citada Ley, prevé que al menos el 2% de la plantilla total sean
trabajadores con discapacidad y la plantilla total del ICEX a 31 de diciembre de 2015 era de 604
trabajadores, con lo que no se cumpliría el citado porcentaje, ya que esto supondría tener un
mínimo de doce trabajadores con discapacidad. Si bien hay que tener en cuenta, que la dispersión
de centros de trabajo del ICEX y la incorporación de numerosos trabajadores de otras sociedades
absorbidas por el ICEX en 2015, ha dificultado el cumplimiento del citado objetivo. El ICEX en las
próximas convocatorias públicas que realice debe aumentar la proporción de plazas de
discapacitados hasta alcanzar el porcentaje mínimo que establece la Ley (puntos 2.59 a 2.61).
4.5. Por otra parte, el ICEX cumplió, en la oferta de empleo público 2015, el porcentaje mínimo
establecido (5%) de reserva de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad,
previsto en el artículo 2 del Real Decreto 2271/2004, de 3 diciembre, por el que se regula el Acceso
al Empleo Público y la Provisión de Puestos de trabajo de las Personas con Discapacidad (punto
2.62).
IV.2. REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES
4.6. En opinión del Tribunal, las cuentas anuales del ICEX presentan fielmente, en todos los
aspectos significativos, la situación financiera de la Entidad a 31 de diciembre de 2015, así como
los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería correspondientes al ejercicio anual
terminado a dicha fecha, de conformidad con el marco normativo de información financiera que
resulta de aplicación y con los principios y criterios contables contenidos en el mismo (punto 2.63).
IV.3. ANÁLISIS DE LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN COMERCIAL
4.7. El sistema contable del ICEX no permite distinguir las imputaciones contables realizadas a los
diferentes organismos relacionados con el apoyo a la internacionalización de las empresas
promovidos por las diferentes Comunidades Autónomas (punto 2.91).
4.8. En el seno del Comité de Promoción a las Exportaciones se han acordado unos principios para
evitar que una misma operación, declarada por dos o más Organismos Intermedios, recoja la
misma partida de gasto, lo que provocaría, en su caso, una incompatibilidad según el Reglamento
nº 1303/2013 del Parlamento Europeo con el consiguiente perjuicio económico que supondría su
no financiación. No obstante, pese a ser operativo este acuerdo, solo sienta unos principios
generales para ir formalizando acuerdos individualizados con los diferentes organismos
dependientes de las Comunidades Autónomas que se encargan de la promoción exterior. El ICEX
está firmando Convenios bilaterales que recojan la casuística de actividades financiadas con el
Fondo Europeo de Desarrollo Regional para evitar la citada incompatibilidad (punto 2.95).
4.9. En aquellas actividades de promoción realizadas por el ICEX, en las que los organismos
relacionados con el apoyo a la internacionalización de las empresas, dependientes de las
Comunidades Autónomas, financian la totalidad o una parte del coste de las empresas
participantes que radican en su demarcación geográfica, se produce una diferencia entre el coste
64 Tribunal de Cuentas
de una empresa que acude a la feria directamente a través del ICEX y una que lo hace a través del
organismo correspondiente de su Comunidad Autónoma, diferencia basada exclusivamente en la
ubicación geográfica de la sociedad participante (puntos 2.92 a 2.94).
IV.4. CUMPLIMIENTO DE LA LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MAYO, PARA LA IGUALDAD
EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES
4.10. A la vista de los datos comprobados y de las actuaciones emprendidas por el ICEX a raíz de
la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007, este Tribunal considera que la Entidad cumple
adecuadamente lo previsto en la citada Ley, si bien la Entidad debe implementar en el futuro las
medidas adoptadas en el punto 2.118, sobre todo en la equiparación de mujeres en los puestos
directivos y en los Órganos de Selección y Comisiones de Valoración (punto 2.122).
IV.5. SEGUIMIENTO DE CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DEL INFORME DEL
TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE EL ICEX EJERCICIOS 2005-2009
4.11. El ICEX en cuanto tuvo conocimiento de los resultados del anterior Informe del Tribunal de
Cuentas, referido a los ejercicios 2005-2009, comenzó a trabajar para subsanar todas las
deficiencias que se pusieron de manifiesto. Como resultado, se puede afirmar, que en el periodo
2010-2014 la mejora de la gestión del ICEX ha sido muy importante y que se han subsanado la
mayor parte de las deficiencias detectadas (puntos 3.1 y 3.2).
Sobre la representatividad de las cuentas anuales IV.5.1.
4.12. En relación a la representatividad de las cuentas anuales de los ejercicios 2010-2014 la
Intervención General de la Administración del Estado da una opinión favorable sin salvedades,
excepto para el ejercicio 2012, en la que da una opinión favorable pero con una limitación al
alcance, al considerar que el ICEX ha contabilizado dos subvenciones recibidas del Estado, por
importe de 109.460.310 euros, directamente como ingresos en su cuenta de pérdidas y ganancias
y sin embargo debería haberse registrado inicialmente como ingresos dentro del patrimonio neto e
irse traspasando a ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias conforme sus importes
respectivos fueron aplicándose a los gastos de las actividades declaradas de interés general. Esta
limitación fue subsanada en el ejercicio 2013, tal y como pone de manifiesto el Informe de la IGAE
que da una opinión favorable sin salvedades (puntos 3.3 a 3.5).
Sobre la gestión de la tesorería y del personal IV.5.2.
4.13. Para hacer el seguimiento de la gestión de tesorería se han utilizado los resultados de control
interno de los once informes presenciales realizados por la Unidad de Control Financiero y Riesgos
a las Oficinas en el periodo 2014-2015 habiéndose encontrado una sensible mejoría en las
deficiencias descritas en el anterior Informe de fiscalización.
En relación al personal se ha contratado por los Servicios Centrales del ICEX un total de 50
trabajadores en el periodo 2010-2014, de las 41 contrataciones realizadas en el periodo 2010-2012,
en 16 de ellas no constaba la preceptiva solicitud de contratación. Pero a partir de 2013, que es
cuando se publica el anterior informe del Tribunal de Cuentas, todas las contrataciones de personal
temporal llevan adjunta su solicitud de contratación con la descripción del puesto de trabajo, la
justificación de la necesidad de su cobertura y la firma autorizada (puntos 3.13 y 3.14).
Sobre las actividades de promoción comercial IV.5.3.
4.14. En el periodo 2010-2014, la Entidad ha procedido a realizar una serie de medidas tendentes a
subsanar las deficiencias puestas de manifiesto en la conclusión 7.7 y para dar cumplimiento a la
recomendación 8.3 del anterior Informe del Tribunal de Cuentas. En concreto, en el área de
internacionalización de la empresa se ha implantado un nuevo procedimiento para la concesión de
ayudas dinerarias sin contraprestación que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2013. A este
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 65
respecto se ha podido comprobar en la muestra de expedientes correspondiente a 2015 que se han
corregido las deficiencias referidas.
Sobre el sistema de control de las Oficinas y Direcciones Territoriales y Provinciales IV.5.4.
4.15. En relación al control que el ICEX ejerce sobre las Oficinas Económicas y Comerciales a
través de los informes del control interno, se han analizado los seis realizados en el ejercicio 2014,
en todos ellos la Unidad de Control Financiero y Riesgos da una opinión favorable pero señalando
algunas incidencias. Las incidencias más comunes son:
En cuatro Oficinas no hay registro de entrada de las facturas que facilite el seguimiento del
proceso interno de las mismas.
En cinco Oficinas alguna o la totalidad de las facturas vienen a nombre del Consulado de
España, sin hacer mención al ICEX o sin incluir el Código de Identificación Fiscal.
En las seis Oficinas se han detectado algunas deficiencias menores en la justificación de las
facturas a los Servicios Centrales del ICEX (punto 3.38).
4.16. La Intervención General de la Administración del Estado ha realizado en el periodo 2010-2014
un total de cinco auditorías de cumplimiento y operativas a distintas Oficinas Económicas y
Comerciales en el Exterior, de las cuales se han analizado las aprobadas y comunicadas al ICEX
en el ejercicio 2015 (los ejercicios auditados son 2013 y 2014), que son las correspondientes a las
Oficinas de Düsseldorf y Nueva York. En concreto, se ha hecho un seguimiento de las medidas que
ha puesto en vigor el ICEX a la vista de las deficiencias detectadas por la Intervención General de
la Administración del Estado, lo que indica el grado de control que el ICEX ejerce sobre las
Oficinas. A este respecto el ICEX elaboró los correspondientes Planes de Acción cuya implantación
fue aprobada en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2013.
En el subepígrafe III.4.1.2 se relacionan las principales incidencias puestas de manifiesto por la
Intervención y las actuaciones que ha realizado el ICEX para su subsanación, pudiéndose afirmar
que, en general, o lo ha subsanado a fecha de redacción del presente informe (diciembre de 2016)
o ha tomado las medidas necesarias para tratar que la deficiencia no se repita en el futuro (punto
3.42).
Sobre la coordinación de las Oficinas Económicas y Comerciales y las Direcciones IV.5.5.
Territoriales y Provinciales
4.17. Se relacionan en el subapartado III.5 las medidas adoptadas por el ICEX y la Dirección
General de Comercio e Inversiones para promover la coordinación entre ambas entidades, y con
las Oficinas y Direcciones. Igualmente se relacionan una serie de aspectos mejorables que tienen
que ir corrigiendo para obtener una mayor coordinación (puntos 3.49 a 3.53).
Sobre la Unidad de Control Financiero y Riesgos IV.5.6.
4.18. Se enumeran en el subapartado III.6 las actuaciones llevadas a cabo por el ICEX para dar
cumplimiento a lo recomendado en el anterior informe del Tribunal de Cuentas, así como aquellos
aspectos negativos que influyen, a juicio de este Tribunal, en su buen funcionamiento (puntos 3.55
a 3.58).
66 Tribunal de Cuentas
V. RECOMENDACIONES
V.1. DIRIGIDAS AL ICEX
5.1. Se recomienda a la entidad que modifique su página web para presentar, de forma clara,
estructurada y sistemática, la información requerida por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como que incorpore un acceso
específico para que los ciudadanos puedan solicitar la información pública con los requisitos del
capítulo III de la citada Ley.
5.2. Sería conveniente que en los procesos de selección de candidatos para la obtención de las
Becas de internacionalización empresarial, el Comité de Selección formado por personal del ICEX,
supervisara más activamente todo el proceso, sobre todo, opinando en la resolución de las
reclamaciones de los candidatos y participando en la última y más subjetiva de todas las pruebas
que es la entrevista personal, aspectos reservados actualmente a la empresa seleccionadora
contratada por el ICEX; igualmente convendría que se arbitrase un sistema que posibilitara la
trazabilidad de la valoración de la entrevista que pudiese permitir posibles reclamaciones.
5.3. El ICEX debería ir aumentando paulatinamente las plazas de discapacitados en las próximas
convocatorias hasta alcanzar el mínimo exigido por la Ley General de derechos de las personas
con discapacidad y de su inclusión social.
5.4. Teniendo en cuenta los fines del ICEX y las funciones asignadas por la legislación que le
regula, y con la finalidad de ampliar el número de empresas que pueden acceder a sus servicios,
convendría valorar la realización, dentro de las posibilidades presupuestarias, de campañas
institucionales de publicidad, no limitando la posibilidad de información en función de la localización
en una u otra parte del territorio nacional o la pertenencia o no a una asociación empresarial.
5.5. En relación al Programa de Ventana Global, debería el ICEX avanzar en la integración de las
Direcciones Territoriales y Provinciales en este programa, para que progresivamente puedan seguir
informando directamente a las empresas de su demarcación interesadas y para que conozcan las
empresas de su demarcación que ha accedido al sistema.
5.6. En cuanto a la Unidad de Control Financiero y Riesgos del ICEX convendría, en aras a una
mayor eficacia e independencia; que se asignase su dependencia orgánica a la Dirección del ICEX;
que no realizase funciones de administración y que ampliara a otras áreas del ICEX su actuación,
de acuerdo con lo expuesto en el subapartado III.6 del presente Informe.
V.2. DIRIGIDAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO INTERNACIONAL E
INVERSIONES
5.7. La Dirección debería estudiar una posible reestructuración de personal en las Direcciones
Territoriales y Provinciales orientando sus recursos humanos hacia actividades de promoción,
información y asistencia técnica, buscando la dimensión óptima de cada unidad que permita la
mayor eficacia posible en el cumplimiento de los objetivos asignados, en particular en el área de
promoción.
5.8. Se deben reforzar los programas de formación “ad hoc” para cada tipo de empleado, sobre
todo en las Direcciones Territoriales y Provinciales que les facilite la formación necesaria o la
actualización de sus conocimientos para desarrollar eficazmente su labor.
V.3. COMUNES A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO INTERNACIONAL E
INVERSIONES Y AL ICEX
5.9. Que continúen mejorando la coordinación entre ambas entidades y en relación con las Oficinas
Económicas y Comerciales en el Exterior y las Direcciones Territoriales y Provinciales en España y
Entidad Pública Empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), ejercicio 2015 67
con objeto de solventar las deficiencias puestas de manifiesto en el subapartado III.5 del presente
Informe.
5.10. Sería conveniente tener perfectamente informadas a las Direcciones Territoriales y
Provinciales de todas las visitas que a su demarcación hagan las autoridades o funcionarios de los
Servicios Centrales del Ministerio o del ICEX y hacerles partícipes de las mismas con objeto de
evitar las situaciones descritas en el subapartado III.5.
Madrid, 30 de mayo de 2017
EL PRESIDENTE
Ramón Álvarez de Miranda García
ANEXOS
RELACIÓN DE ANEXOS
ANEXO I RESUMEN DE BALANCES A 31 DE DICIEMBRE DE 2015 Y 2014 ............................. 65
ANEXO II CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS CORRESPONDIENTE A LOS
EJERCICIOS 2015 Y 2014 ........................................................................................................... 67
ANEXO III ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO CORRESPONDIENTE A
LOS EJERCICIOS ANUALES TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 Y 2014 ............... 68
ANEXO IV ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO CORRESPONDIENTE A LOS
EJERCICIOS ANUALES TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 Y 2014 ....................... 70
ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES
2015
ANEXO I.1/2
RESUMEN DE BALANCES A 31 DE DICIEMBRE DE 2015 Y 2014
(en euros)
2015
2014
ACTIVO
Inmovilizado intangible
198.590,24
368.365,36
Propiedad industrial e intelectual
57.163,81
98.918,72
Aplicaciones informáticas
141.426,43
256.966,64
Otro inmovilizado
-
12.480,00
Inmovilizado material
7.523.849,31
3.879.362,37
Terrenos y construcciones
2.849.083,74
856.919,12
Instalaciones técnicas, y otro inmovilizado material
4.620.166,61
2.758.813,42
Inmovilizado en curso
54.598,96
263.629,83
Inversiones en empresas del grupo y asociadas a
largo plazo
22.297.940,39 25.995.715,71
Instrumentos de patrimonio
22.297.940,39
25.995.715,71
Inversiones financieras a largo plazo
207.073,38
211.918,86
Instrumentos de patrimonio
108.182,18
108.182,18
Créditos al personal
63.603.14
68.448,62
Otros activos financieros
35.288,06
35.288,06
Total Activo no corriente
30.227.453,32
30.455.362,30
Existencias
5.286.566,83
5.145.246,04
Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar
64.894.520,67
74.540.928,40
Clientes por ventas y prestaciones de servicios
2.630.478,65
2.664.044,12
Clientes, empresas del grupo, y asociadas
418.897,78
-
Deudores varios
2.105.290,37
26.669.726,70
Créditos al personal
72.595,47
74.067,45
Activos por impuesto corriente
14.446,07
148.330,39
Otros créditos con las Administraciones Públicas
59.652.812,33
44.984.759,74
Inversiones en empresas del grupo y asociadas a
corto plazo
44.046,45 82.843,24
Inversiones financieras a corto plazo
52.224,03
50.808,04
Periodificaciones a corto plazo
841.590,32
995.884,35
Efectivo y otros activos líquidos equivalentes
21.158.941,29
14.376.356,90
Tesorería
21.158.941,29
14.376.356,90
Total Activo corriente
92.277.889,59
95.192.066,97
Total Activo
122.505.342,91
125.647.429,27
ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES
2015
ANEXO I.-2/2
RESUMEN DE BALANCES A 31 DE DICIEMBRE DE 2015 Y 2014
(en euros)
2015
2014
PATRIMONIO NETO Y PASIVO
Fondos propios
64.486.569,66
64.318.821,87
Capital
2.666.680,65
2.666.680,65
Prima de emisión
285.979,42
285.979,42
Reservas
59.322,03
59.322,03
Resultados de ejercicios anteriores
61.474.587,56
65.560.916,68
Remanente
322.497.832,77
322.396.923,92
Resultados negativos de ejercicios anteriores
(261.023.245,21)
(256.836.007,24)
Resultado del ejercicio
-
(4.254.076,91)
Subvenciones, donaciones y legados recibidos
23.494.224,05
19.347.317,62
Total patrimonio neto
87.980.793,71
83.666.139,49
Deudas a largo plazo
3.148.617,60
8.467.260,11
Otros pasivos financieros
3.148.617,60
8.467.260,11
Pasivos por impuesto diferido
7.831.407,94
6.402.916,54
Total pasivos no corrientes
10.980.025,54
14.870.176,65
Provisiones a corto plazo
8.052.747,65
10.078.162,04
Deudas a corto plazo
380.954,02
816.916,83
Acreedores por arrendamiento financiero
4.043,16
32.717,08
Otros pasivos financieros
376.910,86
784.199,75
Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar
14.267.957,30
15.600.904,63
Proveedores
4.501.756,10
6.640.570,54
Proveedores empresas del grupo
-
16.327,74
Acreedores varios
1.712.452,12
691.545,66
Personal (remuneraciones pendientes de pago)
664.765,99
287.287,22
Otras deudas con las Administraciones Públicas
1.402.511,76
1.363.901,63
Anticipos de clientes
5.986.471,33
6.601.271,84
Periodificaciones a corto plazo
842.864,69
615.129,63
Total pasivos corrientes
23.544,523,66
27.111.113,13
Total patrimonio neto y pasivo
122.505.342,91
125.647.429,27
ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES
2015
ANEXO II
CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS
2015 Y 2014 (en euros)
2015
2014
Importe neto de la cifra de negocios
24.984.212,56
21.835.787,75
Ventas
43.702,34
60.828,41
Prestaciones de servicios
24.940.510,22
21.774.959,34
Variación de existencias de productos terminados y en curso de
fabricación
(159.757,07)
(9.639,84)
Aprovisionamientos
(871.148,05)
135.082,30
Trabajos realizados por otras empresas
(908.587,18)
-
Deterioro de mercaderías, materias primas y otros
37.439,13
135.082,30
Otros ingresos de explotación
25.184.809,86
23.840.442,07
Ingresos accesorios y otros de gestión corriente
142.128,00
968,19
Subvenciones de explotación incorporada al resultado del ejercic io
25.042.681,86
23.839,473,88
Gastos de personal
(29.511.357,14)
(27.608.666,65)
Sueldo, salarios y asimilados
(22.397.089,63)
(20.828.896,64)
Cargas sociales
(7.114.267,51)
(6.779.770,01)
Otros gastos de explotación
(79.505.899,45)
(77.620.297,46)
Servicios exteriores
(54.976.881,93)
(51.739.330,99)
Tributos
(7.046,65)
(105.989,92)
Pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales
(1.864,56)
133.613,15
Otros gastos de gestión corrientes
(24.520.106,31)
(25.908.589,70)
Amortización del inmovilizado
(1.585.981,84)
(1.802.115,23)
Imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras
61.469.014,04
56.211.676,26
Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado
(292.492,76)
(225.380,13)
Exceso de provisiones
1.328.920,40
699.557,37
Diferencia negativa de combinaciones de negocio
1.782.240,60
-
Otros resultados
679.515,05
334.535,18
Resultado de explotación
3.502.076,20
(4.209.018,38)
Ingresos financieros
389.540,17
738.383,96
De grupo
337.400,00
664.678,00
De terceros
52.140,17
73.705,96
Gastos financieros
(76.443,67)
(177.908,71)
Por deudas con terceros
(76.443,67)
(177.908,71)
Diferencias de cambio
(1.223.858,41)
(442.579,79)
Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros
(2.591.314,29)
(162.953,99)
Deterioro y pérdidas
(2.591.314,29)
(162.953,99)
Resultado financiero
(3.502.076,20)
(45.058,53)
Resultado antes de impuestos
-
(4.254.076,91)
Impuestos sobre beneficios
-
-
Resultado del ejercicio
-
(4.254.076,91)
ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES
2015
ANEXO III.1/2
ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO CORRESPONDIENTE A LOS
EJERCICIOS ANUALES TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 Y 2014
A) Estado de ingresos y gastos reconocidos correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de
diciembre de 2015 y 2014 (en euros)
2015 2014
Resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias - (4.254.076,91)
Ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto
Subvenciones, donaciones y legados 92.087.093,69 93.674.022,89
Efecto Impositivo (23.021.769,33) (26.785.529,60)
Total ingresos y gastos imputados directamente en el
patrimonio neto 69.065.324,36 66.888.493,29
Transferencias a la cuenta de pérdidas y ganancias
Subvenciones, donaciones y legados (86.511.695,90) (80.051.150,14)
Efecto impositivo 21.627.923,97 24.015.345,04
Total transferencias a la cuenta de pérdidas y ganancias (64.883.771,93) (56.035.805,10)
Total de ingresos y gastos reconocidos 4.181.552,43 6.598.611,28
ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES
2015
ANEXO III.-2/2
ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO CORRESPONDIENTE A LOS
EJERCICIOS ANUALES TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 Y 2014
B) Estado total de cambios en el patrimonio neto (en euros)
Capital
escriturado Prima de
emisión Reservas
Resultado de
ejercicios
anteriores
Resultado
del ejercicio
Subvenciones,
donaciones y
legados TOTAL
SALDO FINAL
AÑO 2013 2.666.680,65 285.979,42 59.322,03 72.298.356,70 - 9.311.488,18 84.621.826,98
Ajustes por errores - - - (6.378.954,38) - (966.819,20) (7.345.773,58)
SALD O
AJUSTADO INICIO
AÑO 2014 2.666.680,65 285.979,42 59.322,03 65.919.402,32 - 8.344.668,98 77.276.053,40
Total ingresos y
gastos reconocidos - - - - (4.254.076,91) 10.852.688,19 6.598.611,28
Distribución del
resultado de 2013 - - - - - - -
Otras variaciones - - - (358.485,64) - 149.960,45 (208.525,19)
SALDO FINAL
AÑO 2014 2.666.680,65 285.979,42 59.322,03 65.560.916,68 (4.254.076,91) 19.347.317,62 83.666.139,49
Ajuste por errores - - - - - - -
SALD O
AJUST ADO INICIO
AÑO 2015 2.666.680,65 285.979,42 59.322,03 65.560.916,68 (4.254.076,91) 19.347.317,62 83.666.139,49
Total ingresos y
gastos reconocidos - - - - - 4.181.552,43 4.181.552,43
Distribución del
resultado de 2014 - - - (4.254.076, 91) (4.254.076,91)
Otras variaciones
del patrimonio neto - - - 167.747, 79 - (34.646,00) 133.101,79
SALDO FINAL
AÑO 2015 2.666.680,65 285.979,42 59.322,03 61.474.587,56 - 23.494.224,05 87.980.793,71
ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES
2015
ANEXO IV
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS ANUALES
TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 Y 2014 (en euros)
2015
2014
Resultado del ejercicio antes de impuestos
-
(4.254.076,91)
Ajustes del resultado
(84.086.999,63)
(77.354.711,50)
Amortización del inmovilizado (+)
1.585.981,84
1.802.115,23
Correcciones valorativas por deterioro (+/-)
2.553.875,16
27.871,69
Variaciones de provisiones
(747.966,48)
546.996,04
Imputación de subvenciones (-)
(86.511.695,90)
(80.051.150,13)
Resultados por bajas y enajenaciones del inmovilizado (+/-)
292.492,76
225.380,13
Ingresos financieros (-)
(389.540,17)
(738.383,96)
Gastos financieros (+)
76.443,67
177.908,71
Diferencias de c ambio (+/-)
1.223.858,41
442.579,79
Otros ingresos y gastos (-/+)
(2.170.448,92)
211.971,00
Cambios en el capital corriente
(2.899.652,35)
(4.148.672,61)
Existencias (+/-)
74.275,15
9.640,00
Deudores y otras cuentas a cobrar (+/-)
(526.132,56)
1.105.380,21
Otros activos corrientes
42.110,02
(138.164,82)
Acreedores y otras cuentas a pagar (+/-)
(2.211.708,43)
(5.152.837,00)
Otros pasivos corrientes
(278.196,53)
27.309,00
Otros flujos de efectivo de las actividades de explotación
700.414,35
(315.786,29)
Pagos de intereses (-)
(76.443.67)
(177.908,71)
Cobros dividendos (+)
337.400,00
664.678,00
Cobros de intereses (+)
57.490,73
73.705,96
Pagos (cobros) por impuesto sobre beneficios (-/+)
381.967,29
(876.261,54)
Flujos de efectivo de las actividades de explotación
(86.286.237,63)
(86.073.247,31)
Pagos por inversiones (-)
(5.292.816,00)
(510.242,42)
Inmovilizado material
(5.283.435,00)
(430.111,00)
Inmovilizado intangible
(9.381,00)
(66.680,00)
Otros activos financieros
-
(13.451,42)
Cobros por desinversiones (+)
1.266.480,72
-
Inmovilizado material
261.635,24
-
Otros activos financieros
1.000.000,00
-
Otros activos
4.485,48
-
Flujos de efectivo de las actividades de inversión
(4.026.335,28)
(510.242,42)
Cobros y pagos por instrumentos de patrimonio
96.389.930,71
86.508.435,51
Subvenciones, donaciones y legados recibidos
96.389.930,71
86.508.435,51
Cobros y pagos por instrumentos de pasivo financiero
(28.673,92)
(92.253,33)
Devolución y amortización de otras deudas (-)
(28.673,92)
(92.253,33)
Flujos de efectivo de las actividades de financiación
96.361.256,79
86.416.182,18
Efecto de las variaciones de los tipos de cambio
(1.223.858,41)
(442.579,79)
Aumento/disminución neta del efectivo o equivalentes
4.824.825,47
(609.887,34)
Efectivo o equivalentes al comienzo del ejercicio
14.376.356,91
14.986.244,24
Efectivo o equivalentes de fusión al inicio del ejercicio
1.957.758,92
-
Efectivo o equivalentes al final del ejercicio
21.158.941,29
14.376.356,90
ALEGACIONES FORMULADAS
RELACIÓN DE ALEGANTES
CONSEJERO DELEGADO DEL ICEX
EXVICEPRESIDENTE EJECUTIVO DEL ICEX
EXPRESIDENTA DEL ICEX
EXPRESIDENTE DEL ICEX
PRESIDENTA DEL ICEX
ALEGACIONES DEL CONSEJERO DELEGADO DEL ICEX
EXVICEPRESIDENTE EJECUTIVO DEL ICEX
EXPRESIDENTA DEL ICEX
EXPRESIDENTE DEL ICEX
EXPRESIDENTE DEL ICEX
ALEGACIONES DE LA PRESIDENTA DE ICEX

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