SAP Valencia 141/2008, 10 de Marzo de 2008
Ponente | MARIA FE ORTEGA MIFSUD |
ECLI | ES:APV:2008:633 |
Número de Recurso | 969/2007/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 141/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª |
141/2008
Rollo 969/07
SENTENCIA Nº___141_____
SECCIÓN OCTAVA
Ilustrísimos Señores:
Presidente, D. Eugenio Sánchez Alcaraz
Magistrados, D. Enrique Emilio Vives Reus
Dª. Mª Fe Ortega Mifsud
En la ciudad de Valencia, a diez de Marzo de dos mil ocho.
Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª Fe Ortega Mifsud, los autos de juicio Ordinario, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Valencia, con el nº 505/06, por D. Marco Antonio y Dª. Verónica contra Consorcio de Compensación de Seguros sobre "Reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación nº 969/07 interpuesto por el Consorcio de Compensación de Seguros.
La Sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia nº 19 de Valencia, en fecha 16 de Octubre de 2007, contiene el siguiente: "FALLO: Estimando de forma íntegra la demanda interpuesta por Dª. Verónica Bernal, Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de D. Marco Antonio y Dª. Verónica, contra el Consorcio de Compensación de Seguros: 1.- Debo condenar y condeno al Consorcio de Compensación de Seguros a que abone a D. Marco Antonio la suma que resulta de aplicación las tablas Ganvam, para la fijación de valor venal del turismo Renault 18, con placas D.....-DZ, a fecha 15 de Septiembre de 2001, más 30 % de ese importe como precio de afección, y más los intereses que se devenguen sobre el valor venal incrementado en un 30 % y calculados al tipo del legal incrementado en un 50 % desde la fecha del siniestro -15 de Septiembre de 2001- hasta el 15 de Septiembre de 2003, y más los intereses devengados por el tipo del 20 % anual desde el 15 de Septiembre de 2003 hasta abono al codemandante del principal o el ingreso de ese importe, con posibilidad de cobro y anuncio de consignación, en la cuenta de depósitos de este Juzgado. 2.- Debo condenar y condeno al Consorcio de Compensación de Seguros a que abone a Dª. Verónica la suma de tres mil ochocientos setenta y nueve euros con cuarenta y nueve céntimos de euro de principal, más los intereses devengados por el tipo del legal incrementado en un 50 % desde la fecha del siniestro -15 de Septiembre de 2001- hasta el 15 de Septiembre de 2003, y más los intereses devengados por el tipo del 20 % anual desde el 15 de Septiembre de 2003 hasta abono al codemandante del principal o el ingreso de ese importe, con posibilidad de cobro y anuncio de consignación, en la cuenta de depósitos de este Juzgado. 3.- Y debo condenar y condeno al Consorcio al pago de las costas originadas en la instancia a los Srs. Marco Antonio y Verónica."
Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el Consorcio de Compensación de Seguros, admitido en ambos efectos y remitidos los...
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