STSJ Murcia , 29 de Septiembre de 2001

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2001:2591
Número de Recurso2189/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

5 RECURSO nº 2.189/98 SENTENCIA nº 699/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº699/01 En Murcia a veintinueve de septiembre de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº 2.189/98 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 360.000 ptas., y referido a: Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte.

Parte demandante: Don Octavio representado y defendido por el Letrado Don Manuel Gómez Alarcón.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 27 de abril de 1997 que desestimaba la reclamación nº 30/2271/97 planteada por el actor impugnando acuerdo dictado por la Dependencia de Gestión Tributaria de la AEAT, Delegación Especial de Murcia, que desestimaba la solicitud de devolución de 360.000 ptas ingresadas en concepto de Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, ejercicio 1997.

Pretensión deducida en la demanda: Se declare la nulidad de la resolución impugnada y se estime la devolución de ingresos indebidos solicitados por la cuantía de 360.000 ptas más el interés legal devengado por lo indebidamente ingresado, instando, asimismo, a que se ordene a su reembolso por medio de transferencia bancaria a la cuenta designada en su día por esta parte a la Administración tributaria.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 25 de septiembre de 1998 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 28 de septiembre de 2001.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El 15 de septiembre de 1997, el actor presenta escrito en la AEAT de Murcia, solicitando la devolución de ingresos indebidos en la cuantía de 360.000 ptas importe de la declaración-liquidación correspondiente al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, ejercicio 1997, porque había incurrido en error consistente en no aplicar la exención prevista en el art. 66 apartado 1, letra d) la Ley 38/92 de 29 de diciembre, de Impuestos Especiales; en dicho precepto consta expresamente la exención del Impuesto a los vehículos automóviles matriculados a nombre de minusválidos, ya que en la fecha de presentación e...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR