SAP Salamanca 75/2006, 17 de Febrero de 2006

PonenteJOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO
ECLIES:APSA:2006:66
Número de Recurso731/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución75/2006
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJOILDEFONSO GARCIA DEL POZORUBEN MANUEL DE MARINO BORREGO

SENTENCIA NÚMERO 75/06

ILMO. SR. PRESIDENTE:

DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO

DON JAIME MARINO BORREGO

En la ciudad de Salamanca a diecisiete de Febrero de dos mil seis.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO ORDINARIO nº 1064/04 del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Salamanca , Rollo de Sala nº 731/05; han sido partes en este recurso: como demandante-apelante Doña Juana representada por la Procuradora Doña Elena Jiménez Ridruejo Ayuso y bajo la dirección del Letrado Don Luis Alberto Álvarez Espinosa y como demandado-apelado Don Luis representado por la Procuradora Doña Raquel Rodríguez Mateos y bajo la dirección del Letrado Don Antonio Peix García, habiendo versado sobre resolución de contrato de arrendamiento.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 29 de Septiembre de 2005 por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Salamanca se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda interpuesta por Juana representada por Doña Elena Jiménez Ridruejo Ayuso contra Luis representado por Doña Ángela González Mateos, absolviendo a éste de los pedimentos contra ellos contenidos, con imposición de costas a la parte actora."

  2. - Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandante concediéndole el plazo establecido en la Ley para interponer el mismo verificándolo en tiempo y forma, quien alega como motivos del recurso: Error en la apreciación de la prueba, infracción del art. 114.7ª de la L.A.U ., infracción del art. 24 y 120 de la C.E . y 218 de la LEC y concurrencia de las causas de resolución alegadas en demanda, para terminar suplicando se dicte sentencia, para que, revocando la sentencia impugnada, estime concurrir causa de resolución del contrato arrendaticio que une a las partes en los términos expuestos.

    Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando se dicte sentencia, desestimando íntegramente las pretensiones de la actora, confirmando la resolución dictada en primera instancia con expresa imposición de costas con especial pronunciamiento de temeridad y mala fe.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo y se señaló para la votación y fallo del presente recurso de apelación el día quince de Febrero de dos mil seis pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado-Ponente para dictar sentencia.

  4. - Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia analiza todos y cada uno de los motivos de resolución del contrato de arrendamiento alegados por la parte demandante, relativos a obras inconsentidas, realización de actividades molestas o insalubres en la finca y daños dolosos en la misma. Se invoca la infracción del art. 24 de la Constitución Española en relación con el 120 de la misma y art. 218 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y ello simplemente porque los razonamientos de la sentencia de instancia no coinciden con los de la parte actora. Se insiste en que no se deciden todos los puntos litigiosos pero basta con leer los Fundamentos de Derecho Tercero, Cuarto y Quinto de la sentencia para comprobar que se da una respuesta suficiente a cada una de las alegaciones aunque estas no gusten a la actora. La motivación es clara y perfectamente comprensible por el ciudadano al que va dirigida la sentencia. Al mismo tiempo se hace alusión a la prueba documental, al interrogatorio de las partes y a la prueba testifical con especial referencia a la valoración que realizaron los técnicos sobre las causas del accidente. Basta con observar la grabación del acto del juicio para concluir que dada la forma en que se propuso la prueba y las preguntas que los letrados dirigieron al demandado, actora y testigos difícilmente se puede llegar a conclusión distinta y sobretodo hacer una reseña clara y terminante de aquellos aspectos que hubiesen podido dar la razón a la parte actora. En general todo quedó en una indefinición que hace muy difícil el que pueda prosperar la acción y por ello la Juez de Instancia no tenía fácil el entrar a analizar frase por frase, cuando además, tampoco está estrictamente obligado a ello en base a la doctrina del Tribunal Constitucional sobre motivación de las sentencias.

La Juez ya advierte como el demandado reconoce el cambio del calentador de gas por uno eléctrico, la falta de prueba que permita constatar que dicha sustitución implique modificación de estructura o configuración. También se refiere al informe de los técnicos y a la...

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