STSJ Castilla y León 2180/2008, 13 de Febrero de 2008

PonenteJUAN JOSE CASAS NOMBELA
ECLIES:TSJCL:2008:445
Número de Recurso2180/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2180/2008
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 02180/2007

Rec. núm. 2180/07

Ilmos. Sres.

D. Gabriel Coullaut Ariño

Presidente de la Sala

D. Manuel Mª Benito López

D. Juan José Casas Nombela/

En Valladolid a trece de febrero de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 2180 de 2007, interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Palencia (autos 354/07) de fecha 31 de octubre de 2007, dictada en virtud de demanda promovida por D. Juan Ramón, contra referidas recurrentes sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan José Casas Nombela.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 12 de septiembre de 2007, se presentó en el Juzgado de lo Social número Uno de Palencia demanda formulada por el actor, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

"Primero.- El actor, D. Juan Ramón, mayor de edad, nacido el 14-11-1964 y con DNI NUM000 figura afiliado a la Seguridad Social al nº NUM001, habiendo figurado en alta para las siguientes empresas y durante los siguiente períodos:

Régimen Empresa F. alta F. baja Días

General M. Mediavilla Montero 13.03.1982 30.11.1982 263

General Prestación Desempleo 20.02.1983 28.02.1983 9

Carbón Gómez Alvarez y Cía. 28.07.1983 27.11.1984 489

Carbón Gómez Alvarez y Cía. 01.01.1985 05.05.1986 489

Carbón Gómez Alvarez y Cía. 19.05.1986 19.04.1988 702

Carbón Gómez Alvarez y Cía. 22.04.1988 26.04.1988 5

Carbón Gómez Alvarez y Cía. 29.04.1988 03.05.1988 5

Carbón Gómez Alvarez y Cía. 13.05.1988 16.05.1988 4

Carbón Gómez Alvarez y Cía. 20.05.1988 23.05.1988 4

Carbón Gómez Alvarez y Cía 27.05.1988 13.12.1988 201

Carbón Gómez Alvarez y Cía. 15.12.1988 31.12.1989 382

Agrario C. Ajena Palencia 01.08.1993 30.09.1993 61

General Sardina Río José Luis 01.03.1995 31.03.1995 31

General Sardina Río José Luis 04.04.1995 31.03.1996 363

General Ramos Hera Enedina 01.04.1996 14.03.1997 348

General Prestación Desempleo 16.12.1997 30.05.1998 166

General Prestación Desempleo 01.06.1998 15.08.1998 76

General Visegursa, S.L. 10.08.1999 10.09.1999 32

General C. E. Empleo Nubis 03.05.2001 19.06.2002 413

General C. E. Empleo Nubis 21.06.2002 -------- 1.715

Segundo

El INSS reconoció a D. Juan Ramón una invalidez permanente para su profesión habitual de minero- picador, derivada de enfermedad común dentro del Régimen de la Minería del Carbón con base en los siguientes datos:

- Base Reguladora: 140.695 ptas. (845,59 euros)

- Hecho causante: 22-11-1989

- Porcentaje de la pensión: 55%

- Efectos económicos: 1.1.1990

siendo las lesiones objetivadas: Hernia discal L3-L4.

Tercero

Ante la Oficina de Correos y Telégrafos de Zamora se presentó el 16-5-2007 solicitud de prestación de incapacidad permanente a instancia del trabajador D. Juan Ramón indicando como profesión habitual la de técnico en jardinería con centro de trabajo en Centro Especial de Empleo Nubis. 3º.1.- Recibida dicha solicitud en el INSS, Dirección Provincial de Palencia, se procedió a aperturar expediente de revisión de grado para la calificación de la situación de D. Juan Ramón, emitiéndose el 5-6-2007 Informe Médico de Síntesis y el 7-6-2007 dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades. 31.2.- El INSS por Resolución de 18-7-2007 acordó:

· Declarar que D Juan Ramón continúa afecto de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual de picador (minería interior del carbón).

· Declarar que D. Juan Ramón se encuentra afecto de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual de jardinero del Régimen General de la Seguridad Social.

· Mantener el derecho de D. Juan Ramón, a seguir percibiendo, tan sólo, la pensión inherente al grado de incapacidad permanente total del Régimen Especial de la Minería del Carbón, derivada de enfermedad común que con anterioridad al procedimiento de revisión de grado tenía reconocido el interesado.

  1. 3.- Interpuesta Reclamación Previa por escrito de 2-8-2007, la misma ha sido desestimada por nueva Resolución del INSS de 7-8-2007. Cuarto.- La Base Reguladora de la prestación de incapacidad permanente total del Régimen General asciende a 702,95 euros/brutos/mes.-Quinto.- Se ha agotado correctamente la vía administrativa previa".

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha sentencia por las demandadas, fue impugnado por el actor. Elevados los Autos a esta Sala, se designó Ponente, acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- La sentencia del Juzgado de lo Social número Uno de los de Palencia, de 31 de octubre de 2007, estimó la demanda deducida por D. Juan Ramón frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y declaró la afectación del trabajador demandante a incapacidad...

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