STSJ Cataluña , 13 de Junio de 2001

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
ECLIES:TSJCAT:2001:7345
Número de Recurso593/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 593/98 Partes: D. Jaime C/ AYUNTAMIENTO DE BARCELONA SENTENCIA N°499 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. JOSE JUANOLA SOLER MAGISTRADOS D. MANUEL TABOAS BENTANACHS D. LUIS Mª DIAZ VALCARCEL En la ciudad de Barcelona, a trece de junio de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

593/98, interpuesto por D. Jaime , representado por el Procurador D. Jordi Bassedas Ballús y asistido la Letrada Dª. Roser Genescá Savall, contra AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, representado por la procuradora D$ Manuel Gramunt de Moragas y asistido por la Letrada Dª. Teresa López Zea. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS Mª DIAZ VALCARCEL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador Sr. Bassedas Ballús, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de fecha 4 de diciembre de 1997, dictada por la Comisión de Hacienda y Función Pública en uso de facultades delegadas per Decreto de la Alcaldía de 8 de octubre de 1997. Expte de Plus Valía pv-95/C900311.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 3 de febrero de 2000, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos.

Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 12 de junio del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de Jaime tiene por objeto la pretensión anulatoria de la resolución de fecha 4 de diciembre de 1997 dictada por el presidente de la Comisión de Hacienda y Función Pública del Ayuntamiento de Barcelona en el expediente de plusvalía 95/C00311. La cuantía del recurso es inferior a los tres millones de pesetas.

SEGUNDO

Según resulta de lo actuado, el 3 de noviembre de 1992 Margarita a Jaime y Nieves , por mitades indivisas, mediante escritura pública un total de veintinueve censos -dos de ellos redimidos- por un total de 389.297 pesetas, es decir,...

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