STSJ Castilla y León , 27 de Julio de 2005

PonenteMARIA ANTONIA LALLANA DUPLA
ECLIES:TSJCL:2005:4464
Número de Recurso1826/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 01267/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN Sala de lo Contencioso-Administrativo VALLADOLID 65590 C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 33 3 2005 0103247 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001826 /1999 Sobre ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FINANCIERA De D/ña. Luis Angel Representante: Luis Angel Contra EL TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CASTILLA Y LEON, Representante: ABOGADO DEL ESTADO, CONTRA LA DELEGACION TERRITORIAL DE VALLADOLID-CONSEJERIA ECONOMIA Representante: LETRADO COMUNIDAD SENTENCIA nº1267 ILMOS. SRES. MAGISTRADOS DOÑA MARIA ANTONIA LALLANA DUPLA DON JAVIER ORAA GONZALEZ DON RAMON SASTRE LEGIDO

En Valladolid, a veintisiete de junio de dos mil cinco.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León de 28 de junio de 1999 que estimó en parte la reclamación económico-administrativa núm.47/2.831/96 interpuesta contra el acuerdo del Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial en Valladolid de la Junta de Castilla y León por el que se practica liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, concepto Transmisiones Patrimoniales Onerosas, ascendiendo la deuda tributaria a 1.858.850 pesetas.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente el Letrado DON Luis Angel , representado por el Procurador de los Tribunales D. José Miguel Ramos Polo, Como demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Como codemandada LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEON, representada y defendida por Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada MARIA ANTONIA LALLANA DUPLA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se anule la liquidación tributaria de la Junta de 26 de diciembre de 1995, así como la resolución del TEAR, de 28 de junio de 1999, y, al mismo tiempo, declarando el derecho de la recurrente a no pagar la deuda tributaria que, con sus intereses, se le imputa y a la consiguiente devolución de las cantidades abonadas en ese concepto, así como su derecho a la devolución por la Administración Tributaria Autonómica del importe de los gastos de aval efectuados para sostener la suspensión administrativa de la deuda recurrida.

Subsidiariamente de no prosperar la interpretación de la legalidad tributaria que sustente el presente recurso, que por esta Sala se declare la improcedencia de exigir intereses de demora por haber liquidado el IVA, en lugar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, o en su caso, que se calculen legalmente conforme a lo expuesto.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime e imponga las costas a la parte actora.

TERCERO

En el escrito de contestación del Letrado de la Administración codemandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso, con la imposición de costas a la parte recurrente.

CUARTO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni interesado la celebración de vista, se presentaron por las partes escritos de conclusiones, señalándose para votación y fallo el día 24 de los corrientes.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la representación procesal de Don Luis Angel la Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Castilla y León de 28 de junio de 1999 que estimó en parte la reclamación económico-administrativa núm.47/2831/96 interpuesta contra el acuerdo del Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial en Valladolid de la Junta de Castilla y León por el que se practicó liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, concepto Transmisiones Patrimoniales Onerosas, ascendiendo la deuda tributaria a 1.858.850 pesetas, y en consecuencia anuló la liquidación complementaria impugnada, por error en la determinación de los intereses de demora, debiendo la Oficina Gestora proceder a practicar, nueva liquidación por el concepto "transmisiones patrimoniales onerosas" del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos...

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