STSJ Comunidad de Madrid , 4 de Marzo de 2005

PonenteMARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2005:2338
Número de Recurso1281/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4 MADRID SENTENCIA: 00183/2005 Proc. Dª Africa MARTÍN RICO A del E Letrada Sra. GUERRERO ANKERSMIT TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

PONENTE SRA. Mª Rosario Ornosa Fernández RECURSO Nº. 1281 de 2001 S E N T E N C I A Nº 183 Presidente Ilmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy Magistrados Ilmos. Sres.

Mª Rosario Ornosa Fernández D. Gervasio Martín Martín En Madrid a cuatro de marzo de dos mil cinco Visto el recurso número 1281 de 2001, interpuesto por Dª Marí Jose , Dª Guadalupe , D. Santiago y D. Luis Antonio representados por la Procuradora Sra. Martín Rico y defendidos por Letrado, contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de Madrid de 18 de julio de 2001 que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 23 de febrero de 2000, que estimó en parte la Reclamación efectuada contra las liquidaciones giradas por la administración por el Impuesto de Sucesiones; habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por su Abogacía y como codemandada la Comunidad de Madrid, representada por sus servicios jurídicos.

La cuantía del presente recurso es superior a 150.000.- euros

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento de la prueba, ni trámite de conclusiones; con fecha 3 de marzo de 2005 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª Mª Rosario Ornosa Fernández Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora interpone recurso contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de Madrid de 18 de julio de 2001 que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 23 de febrero de 2000, que estimó en parte la Reclamación efectuada contra las liquidaciones giradas por la administración por el Impuesto de Sucesiones a partir de un expediente de comprobación de valores en el que, practicada tasación pericial contradictoria, se elevó el valor de los bienes heredados.

Se sostienen por los actores diferentes motivos de impugnación que, en síntesis, se refieren:

Se alega, en primer lugar, que respecto de la tasación de las participaciones societarias, por el tercer perito se tomó en consideración un valor que no puede ser de aplicación para el cálculo de la...

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