STSJ Murcia 367/2007, 27 de Abril de 2007

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2007:1974
Número de Recurso2982/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución367/2007
Fecha de Resolución27 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 367/07

En Murcia, a veintisiete de abril de dos mil siete.

En el recurso contencioso administrativo nº 2.982/03 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: Impuesto sobre Sociedades.

Parte demandante: "Frubesol, S.A." representada por la Procuradora Dña. María Esther López Cambronero y defendida por el Letrado Don Adolfo López López.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 26 de mayo de 2003 que desestimaba la reclamación nº 30/2/2003 y 30/4/2003, acumulada, planteadas por el recurrente contra Acuerdos del Inspector Jefe de la Dependencia de Inspección de la A.E.A.T. en Murcia, de 16 de diciembre de 2002 por los que se confirmaba la liquidación practicada en Acta dedisconformidad A02 nº 70613323 y se imponía sanción tributaria, al excluir de la reducción de la base imponible declarada por el contribuyente la cantidad de 775.862 pesetas correspondientes a gastos de transporte no acreditados.

Pretensión deducida en la demanda: Se declare la nulidad de la resolución del T.E.A.R. impugnada y sus consecuencias.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 20 de noviembre de 2003 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 20 de abril de 2007.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se impugna en este recurso la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 26 de mayo de 2003 que desestimaba la reclamación nº 30/2/2003 y 30/4/2003, acumulada, planteadas por el recurrente contra Acuerdos del Inspector Jefe de la Dependencia de Inspección de la A.E.A.T. en Murcia, de 16 de...

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