STSJ Comunidad de Madrid 801/2006, 16 de Junio de 2006
Ponente | GERVASIO MARTIN MARTIN |
ECLI | ES:TSJM:2006:17198 |
Número de Recurso | 2185/2002 |
Número de Resolución | 801/2006 |
Fecha de Resolución | 16 de Junio de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 00801/2006
Proc. Sr. Juanas Blanco
A.del E.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección 4ª
RECURSO Nº 2185 de 2002
PONENTE Sr. Gervasio Martín Martín
S E N T E N C I A Nº 801
Presidente Ilmo. Sr.
D. Alfonso Sabán Godoy
Magistrados Ilmos. Sres.
D. Nazario Losada Alonso
Dª Mª Rosario Ornosa Fernández
D. Gervasio Martín Martín
Dª Fátima de la Cruz Mera
En Madrid a dieciséis de junio de dos mil seis.
Visto por la Sala del margen el recurso nº 2185/02 interpuesto por el Procurador Sr. Juanas Blanco en nombre y representación del Ayuntamiento de Madrid contra la Resolución de la Gerencia Territorial del Catastro de Madrid capital que desestima su petición de abono de la cantidad de 526,11 € reintegrada por el Ayuntamiento de Madrid a determinado sujeto pasivo por los gastos derivados del aval bancario constituido a efectos de suspensión de una liquidación del Impuesto de Bienes Inmuebles anulada por resolución judicial sobre la base de existencia de error en la valoración de una determinada finca. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía
La cuantía del recurso es de 526,11 €.
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 11 de noviembre de 2002 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
No solicitado el recibimiento de la prueba ni trámite de conclusiones, se señaló el día 15 de junio de 2006 para el acto de deliberación, votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Gervasio Martín Martín.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
El Ayuntamiento recurrente pretende que se le indemnice por vía de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública unos daños que estima en 526,11 €, en concepto de reembolso que alega haber realizado a un contribuyente del coste de las garantías prestadas para la suspensión de una acto administrativo, en concreto las liquidaciones practicadas en concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Aduce que por sentencia firme de esta Sala se estima un recurso presentado por la COMPAÑÍA MADRILEÑA DE URBANIZACIÓN, S.A., anulando la liquidación del IBI ejercicio 1997 correspondiente a la finca sita en la calle Malmoe número 19R, por ser contraria a derecho; añade que la Gerencia Territorial del Catastro de Madrid en cumplimiento de esa sentencia acuerda dejar sin efecto el valor catastral que figura en los padrones fiscales del IBI en relación a la finca y ejercicio indicados. Dice que de acuerdo con el artículo 52.1 de la vigente Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, en los Tributos de Gestión compartida...
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