SAP Madrid 6/2011, 11 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución6/2011
Fecha11 Enero 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00006/2011

Fecha: 11 DE ENERO DE 2011

Rollo: RECURSO DE APELACION 76 /2010

Ponente: ILMO. SR. D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO

Apelante y demandado: D. Donato

PROCURADOR: D. ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ

Apelado y demandante: Dª Clara

PROCURADOR: Dª MIRIAM GONZÁLEZ FERNÁNDEZ

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 1178/2008

Procedencia : JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 61 DE MADRID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ

D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ

D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO

En MADRID, a once de enero de dos mil once .

La Sección Vigesimoquinta (CIVIL) de la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, integrada por su presidente don FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ y por los magistrados don JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ y don ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO, HA VISTO, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Sesenta y uno de los de Madrid, en el que fueron sustanciados bajo el número de registro 1178/2008 (Rollo de Sala número 76/2010), que versan sobre suspensión de contrato de arrendamiento de fina urbana, y en los que han sido parte, como apelante y demandado: don Donato, defendido por el letrado don Miguel Ángel Martín Hortelano y representado por el procurador don Antonio García Martínez; y como apelada y demandante: doña Clara, defendida por el letrado don Pedro Antonio Gallego Encinas y representada por la procuradora doña Miriam González Fernández. Y siendo Ponente el magistrado ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO, por quien, previa la preceptiva y oportuna deliberación y votación, se expresa el parecer de la Sala, procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo:

ANTECEDENTES DE HECHO

SE ACEPTAN los de la sentencia de primera instancia y,

PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia número Sesenta y uno de Madrid dictó sentencia de fecha catorce de julio de dos mil nueve, en los autos de Juicio Ordinario seguidos ante el mismo con el número 1178/2008, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: «... Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. González Fernández, en nombre y representación de Clara, declarando la obligación del demandado Donato de soportar la ejecución de las obras de reparación de cubierta ordenadas por el Ayuntamiento de Madrid, y, en consecuencia, de estar y pasar por la suspensión del contrato de inquilinato suscrito en fecha 28 de noviembre de 1952 relativo al piso NUM000 .º del edifico sito en la CALLE000 n.º NUM001, y ello, por el tiempo imprescindible para la ejecución de las obras, debiendo el demandado desalojar el inmueble durante dicho tiempo, todo ello con expresa imposición de costas al demandado ...».

SEGUNDO

La representación procesal del demandado, don Donato, interpuso, en tiempo y forma legal, recurso de apelación contra la anterior sentencia, solicitando que por la Sala correspondiente de la Audiencia Provincial se dictase nueva sentencia por la que se revocase la apelada y por la que se desestimase en su integridad la demanda, con expresa imposición de costas a la parte contraria en ambas instancias.

TERCERO

La representación procesal de la demandante, doña Clara, dentro del término legal conferido al efecto, formuló oposición al precedente recurso de apelación promovido de adverso, interesando la confirmación de la sentencia apelada en todos sus extremos, con expresa condena en costas para la parte apelante.

CUARTO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, correspondió su conocimiento por turno de reparto a esta Sección, formándose el correspondiente Rollo de Sala y señalándose la audiencia del día quince de diciembre de dos mil diez, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo del meritado recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La pretensión que configura y define el objeto del proceso al que la presente alzada se

contrae persigue, en definitiva, la suspensión del contrato de arrendamiento que liga a las partes. Contrato al que resulta de aplicación, conforme a lo establecido por la Disposición Transitoria Segunda de la vigente...

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