SAP Madrid 152/2006, 22 de Mayo de 2006

PonenteALEJANDRO BENITO LOPEZ
ECLIES:APM:2006:6551
Número de Recurso21/2006
Número de Resolución152/2006
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

RAFAEL MOZO MUELAS

ROLLO RJ Nº 29/06

JDO. DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE MOSTOLES

J. FALTAS Nº 637/04

SENTENCIA Nº 152/06

AUDIENCIA PROVINCIAL

ILTMO. SR. DE LA SECCIÓN 23ª

D. RAFAEL MOZO MUELAS

En Madrid, a 22 de MAYO de 2006.

El Iltmo. Sr. Magistrado de esta Audiencia Provincial, D. RAFAEL MOZO MUELAS, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2 de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia la presente apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Móstoles, con fecha 28 de julio de 2005, en el Juicio de Faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el núm. 637/04 habiendo sido apelante, Yolanda y Jesús María y apelado Allianz, S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como hechos probados que: " Con fecha 27 de abril de 2004, a la altura del p.k. 24,700 de la carretera A-5 del término municipal de Móstoles, circulaba Gregorio a bordo del tracto-camión Man TG, con matrícula ....-QNQ , cuando golpeó la parte inferior del paso elevado del cambio de sentido, cayendo la carga que portaba e impactando el vehículo marca Opel Corsa con matrícula W-....-WZ con dicha carga.

Asimismo el vehículo marca Peugeot Express, con matrícula GE-....-G , que circulaba detrás del vehículo Opel Corsa, no logra detener su vehículo golpeando el turismo conducido por Dª Yolanda , denunciante en el presente procedimiento.

Como consecuencia de estos hechos la denunciante sufrió lesiones de las que tardó 71 días en curar, permaneciendo incapacitada para sus ocupaciones habituales durante el mismo tiempo y restándole como secuela una cervicalgia susceptible de desaparecer con el tiempo.

Asimismo se causaron daños en el vehículo propiedad del Sr. Jesús María , habiendo sido indemnizado por su compañía aseguradora, a excepción de la reparación del cinturón de seguridad dañado".

Y el fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a D. Gregorio y a D. David , como autores responsables de una falta de imprudencia, a la pena de multa de 60 euros a cada uno de ellos, (10 días multa a razón de 6 euros/día) y al abono de las costas procesales, así como a que indemnicen a Dña. Yolanda , junto con las Cías de Seguros Allianz y Mercurio, responsables civiles directas, y con Carpintrans, S.L. como responsable civil subsidiaria, en la cantidad de 5066,06 euros por las lesiones y secuelas generadas como consecuencia del accidente y satisfechos por la misma. Aplicando el interés legal desde la fecha de esta sentencia

El modo de pago de la multa se determinará en ejecución de sentencia, haciéndole saber que en caso de impago se impondrá un día de privación de libertad por cada dos días de cuotas impagadas; imponiéndole además las costas procesales.

Una vez firme esta sentencia, oígase...

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