SAP Murcia 47/2007, 23 de Abril de 2007

PonenteABDON DIAZ SUAREZ
ECLIES:APMU:2007:1095
Número de Recurso177/2007
Número de Resolución47/2007
Fecha de Resolución23 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00047/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL Rº 177/07 MP

SECCION SEGUNDA J.F. 972/05

MURCIA Murcia-4

S E N T E N C I A NUM. 47 / 0 7

En la ciudad de Murcia, a veintitrés de Abril dos mil siete.

Visto por el Ilmo. Sr. Magistrado D. ABDÓN DÍAZ SUÁREZ, al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial, el presente Rollo de Apelación núm. 177/07, dimanante de los autos de Juicio de Faltas núm. 972/05, sobre "Imprudencia", procedente del Juzgado de Instrucción núm. Cuatro de Murcia; en que han sido partes, Dª Lucía y Mapfre, en calidad de apelados; y, como apelante, Dª María Virtudes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En las actuaciones de que el presente Rollo dimana seguidas por el trámite de juicio de faltas con el núm. 972/05, el Juzgado de Instrucción núm. Cuatro de Murcia dictó sentencia con fecha veintisiete de Noviembre de dos mil seis, cuyos hechos probados establecen: "Que el día 9 de agosto de 2005, sobre las 21,00 horas, se produjo un accidente de circulación cuando el vehículo Audi, modelo A-4,....-VRF, conducido por María Virtudes, quien circulando pro el carril izquierdo de la Avda. Gran Vía Salzillo de Murcia en dirección a la Plaza Martinez Tornel, al llegar a la altura de la intersección con la Avda. Teniente Floresta, colisionó contra el turismo Opel Astra, VI-....-EV, conducido por Lucía, quien proveniente d ela Avda. Teniente Floresta en dirección hacia Plano de San Francisco, por el carril izquierdo. Que consecuencia del impacto, María Virtudes presionó al acelerador de su vehículo, perdiendo el control del mismo hasta colisionar contra una valla metálica y un poste de piedra ubicado en el Puente Viejo. Las circulaciones de ambas conductoras estaban precedidas por señalización semafórica, sin que haya quedado probado ene. acto del juicio que fue Lucía la que se saltara el semáforo que regulaba su sentido de circulación y, esa fuera la causa eficiente del accidente.

Consecuencia del accidente María Virtudes sufrió policontusiones, con pérdida de conciencia, d elas que tardó en sanar 90 días, 2 de ellos lo han sido de ingreso hospitalario y, 88 días de los cuales ha estado impedida para sus ocupaciones habituales, restándole como secuela una agravación de patología previa cervical (4p)"

SEGUNDO

El fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: "Que debo absolver y absuelvo a Lucía de los hechos denunciados, declarando las costas procesales de oficio.

TERCERO

Contra la referida sentencia se interpuso, en...

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