Las implicaciones del derecho a la desconexión digital en la prestación de trabajo y en el teletrabajo regular
Autor | Ma Concepción Arruga Segura |
Cargo | Profesora de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social Universidad de La Rioja |
Páginas | 58-83 |
Revista Derecho Social y Empresa
ISSN: 2341-135X / DOI: 10.14679/1193
Mª Concepción Arruga Segura
nº 15, julio a diciembre de 2021
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LAS IMPLICACIONES DEL DERECHO A LA
DESCONEXIÓN DIGITAL EN LA PRESTACIÓN DE
TRABAJO Y EN EL TELETRABAJO REGULAR
IMPLICATIONS ABOUT THE RIGHT TO DIGITAL DISCONNECTION IN THE
PROVISION OF WORK AND WITHIN THE REGULAR TELEWORKING
Mª C A S
Profesora de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social
Departamento de Derecho
Universidad de La Rioja
Fecha envío: 04/11/2020
Fecha aceptación:27/04/2021
SUMARIO: 1. CONSIDERACIONES INICIALES. 2. APROXIMACIÓN AL DERECHO
A LA DESCONEXIÓN DIGITAL. 3. EL ANTECEDENTE DEL DROIT À LA DÉCON-
NEXION EN EL CODE DU TRAVAIL. 4. PRECISIONES DEL MARCO LEGAL DEL
DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL EN ESPAÑA. 4.1 Ausencia de concepto
legal del derecho a la desconexión digital. 4.2. Principios orientadores y bienes protegidos
en el derecho a la desconexión digital. 4.3. La problemática de la delimitación del tiempo
de trabajo. 4.4. Ámbito subjetivo de aplicación del derecho a la desconexión digital. 4.5.
Contenido del derecho-deber de desconexión digital. 4.6. Desconexión digital y trabajo
a distancia. 5. EL PAPEL DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES ANTE
EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL. 5.1. La negociación del proceso del
derecho a la desconexión. 5.2 Política interna de la empresa en materia de desconexión
digital: Contenido mínimo, destinatarios y procedimiento de elaboración. 5.3 La proble-
mática del alcance de la representación de los trabajadores en España. 6. A MODO DE
CONCLUSIONES.
Revista Derecho Social y Empresa
ISSN: 2341-135X / DOI: 10.14679/1193
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RESUMEN: En una sociedad hiperconectada, la condición humana del trabajador re-
quiere que se garanticen unos tiempos de descanso de calidad. La tecnología debe avanzar
dentro de un permanente proceso de humanización para reorientar y encauzar los distin-
tos progresos que ofrece la trasformación digital de las relaciones laborales con el propó-
sito de preservar el difícil equilibrio entre los derechos del trabajador y del empresario.
Las escasas certezas que aporta el exiguo marco jurídico español sobre desconexión pre-
sagian un incremento de la conictividad laboral que habrá de ser resuelto en último ex-
tremo por la jurisdicción social. Por su parte, el Acuerdo Marco Europeo sobre la Digitali-
zación en el trabajo, apunta hacia un impulso de la regulación del proceso de desconexión
digital y los distintos procedimientos especiales a través de la negociación colectiva. Así,
el texto nal de la directiva europea sobre desconexión estará condicionado por el grado
de penetración del derecho en los convenios colectivos.
ABSTRACT: In a hyper-connected society, the worker´s human condition requires that
the right to rest be guaranteed. Technology must advance in a permanent process of hu-
manization in order to face the challenge of the digital transformation of industrial rela-
tions and to maintain the delicate balance between the worker’s and employer´s rights.
e lack of legal certainty in the legal framework for digital disconnection presages an
increase in collective and individual labour disputes that will have to be resolved by the
social jurisdiction. Meanwhile, the European Social Partners framework agreement on
digitalisation suggests that, in the very near future, regulation of the worker´s digital dis-
connection process and the dierent special procedures will be the subject of negotiations
in the context of collective bargaining. us, the nal text of directive about disconnection
will be conditioned by the penetration of the right in collective agreements.
PALABRAS CLAVE: Derecho a la desconexión digital, transformación digital, teletraba-
jo, tecnoestrés, hiperconectividad.
KEY WORDS: Right to digital disconnection, digital transformation, telework, tecno-
stress, hyperconnectivity.
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