El impacto de la resolución 1325 (2000) en la presencia y participación femenina. En las operaciones de mantenimiento de la paz de la Organización de Naciones Unidas

AutorEva María Rubio Fernández
Páginas47-68
El impacto de la Resolución 1325 en la presencia y
participación femenina
...
en las operaciones de mantenimiento
de la paz de la organización de Naciones Unidas
Eva María Rubio Fernández
DOI: 10.14679/1861
1. C ONSIDERACIONES GENERALES
El vigésimo aniversario de la resolución 1325 constituye una ocasión especialmen-
te idónea para efectuar el análisis de su implementación e impacto de un texto que ya
incluso en sus antecedentes representó un hito singular. Así, en ese conjunto de acon-
tecimientos preliminares que reivindicaron la relevancia del papel de las mujeres en el
mantenimiento de la paz y seguridad internacionales cabe citar la sesión extraordinaria
de la Asamblea General “La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo
y paz para el siglo XXI”, que concluiría con la adopción de una Declaración Política y la
revisión de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing1, en el marco de su quin-
to aniversario; el primer comunicado de prensa en la historia del Consejo de Seguridad
con ocasión del 8 marzo de 20002; la adopción de la Declaración de Windhoek y el Plan
de Acción de Namibia sobre la incorporación de una perspectiva de género en las ope-
raciones multidimensionales de apoyo a la paz, en el seminario internacional organiza-
do por la Dependencia de Análisis de Resultados del Departamento de Operaciones de
Mantenimiento de la Paz y la Ocina de la Asesora Especial en Cuestiones de Género y
Adelanto de la Mujer3, calicados como pioneros y visionarios de la acción de la acción
que se sucedería (Lahoud, 2020: 8-9; Rehn y Johnson Sirleaf, 2002: 63); el Informe del
Grupo sobre las Operaciones de Paz de las Naciones Unidas (Informe Brahimi), cuyas
1 Doc. A/RES/S-23/2, Anexo, de 10 de junio de 2000, y Doc. A/RES/S-23/3, Anexo, de igual
fecha.
2 Vid. Comunicado de Prensa SC/6816, “Peace inextricably linked with equality between
women and men says Security Council, in International Women´s Day Statement, de 8 de marzo de
2000, disponible en https://www.un.org/press/en/2000/20000308.sc6816.doc.html
3 Doc. A/55/138–S/2000/693, de 14 de julio de 2000.
Eva María Rubio Fernández
48
recomendaciones también abogaban por una mayor presencia femenina en las mismas4;
o, el intenso proceso de generación de un clima favorable, en el que la acción de numero-
sas organizaciones feministas de la sociedad civil conuyó con la acción gubernamental,
dotando a esta resolución y sus sucesoras de una caracterización peculiar en la acción del
Consejo de Seguridad (Barbé Izuel, 2016: 107-108; United Nations, 2002: para. 1; Ville-
llas Ariño, 2016: 2).
Su impacto material, ese que implica la superación de su reducción a lo simbóli-
co (Díez Peralta, 2011: 118), podría ser abordado desde diferentes perspectivas, tales
como la magnitud de la incorporación de la perspectiva de género en todos los proce-
sos y niveles, el alcance de la acción frente a la violencia sexual y la violencia por razón
de sexo, en su binomio prevención-protección, o el grado de la participación de las
mujeres en todos los procesos de paz (sea en relación con la prevención, resolución,
establecimiento, mantenimiento o consolidación) a todos los niveles. Y será dentro de
esta última en la que se centrará este análisis, si bien proyectado hacia la promoción del
principio de igualdad en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones
Unidas (en adelante, OMP).
Una cuestión sobre la que cabría entender reproducidas las consideraciones emitidas
sobre la participación formal y la participación material, ligada usualmente esta última a
lo imperioso o no de la presencia femenina, a su contribución al imperio de la paz o a la
introducción recurrente de las referencias a la protección de las mujeres como víctimas
de la violencia sistémica o estructural contra ellas (Requena Casanova, 2017: 4-5; Rodrí-
guez Manzano, 2013: 1045-1052). Empero, el enfoque de este trabajo parte del hecho de
que el principio de igualdad entre mujeres y hombres, transversal, conlleva su presencia
y participación en todas las áreas de acción humana y, consecuentemente, en los posibles
procesos decisorios o ejecutivos que respecto a estas existan, independientemente de cuál
sea el posicionamiento de las mujeres respecto de este principio o la paz, salvo riesgo de
posibles ejercicios de despotismo ilustrado.
2. PRESENCIA Y PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LAS OPERACIO
NES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ
Contando el principio de igualdad entre mujeres y hombres con previsiones especí-
cas en la Carta de Naciones Unidas, susceptibles de ser proyectadas a la acción estruc-
tural organizativa para el cumplimiento de sus funciones (lo que podría denominarse la
dimensión interna) y siendo la representación femenina en las OMP una cuestión que
no solo depende de la Organización, corresponde analizar el marco normativo en el que
vino a acaecer la adopción de la resolución, así como sus desarrollos posteriores y los es-
fuerzos más recientes para intentar marchar a paso ligero hacia el respeto de este derecho
de las mujeres.
4 Vid. Cartas idénticas de fecha 21 de agosto de 2000 dirigidas al Presidente de la Asamblea
General y al Presidente del Consejo de Seguridad por el Secretario General, Doc. A/55/305-S/2000/809,
de 21 de agosto de 2000.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR