STSJ Comunidad Valenciana , 10 de Diciembre de 2001

PonenteMARIANO MIGUEL FERRANDO MARZAL
ECLIES:TSJCV:2001:10334
Número de Recurso206/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación número 206/2.001 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Valencia Recurso Contencioso-Administrativo número 1/2.001 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia número 1363/2.001 Ilmos. Sres.

Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don Miguel Soler Margarit Doña Amalia Basanta Rodríguez En la Ciudad de Valencia, a diez de diciembre de dos mil uno. Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 206 de 2.001, interpuesto contra la Sentencia número 73/2.001 dictada con fecha 1 de marzo de 2.001 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Valencia en el recurso contencioso-administrativo número 1/2.001.

Han sido partes en el recurso: a) Como apelante Don Juan Manuel ; y b) Como, apelado el Ayuntamiento de Xirivella; y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Mariano Ferrando Marzal, quien expresa el parecer de la Sección.

Antecedentes de hecho

Primero

Con fecha 1 de marzo de 2.001 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Valencia dictó la Sentencia número 73/2.001 en el recurso contencioso- administrativo número 1/2.001 cuyo fallo, literalmente transcrito, dice: "Fallo. Que desestimo el recurso contencioso administrativo deducido por Don Juan Manuel contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición deducido por el actor contra la resolución n° 1131 de uno de agosto del Ayuntamiento de Xirivella en la que se adscribe en comisión de servicios forzosos a partir del 1 de agosto de 2.000 al puesto de trabajo de peón polivalente n° 77, que declaro conforme a derecho sin hacer expresa imposición de costas".

Segundo

El actor Don Juan Manuel presentó, con fecha 7 de abril de 2.001, escrito por el que interponía recurso de apelación contra la citada sentencia en el que, tras efectuar una serie de alegaciones, solicitaba que se dictase sentencia por la que, con revocación de la sentencia apelada, se declarase nula la resolución administrativa impugnada y se declarase, asimismo, la situación jurídica individualizada que se le pide en el suplico de la demanda, con todos los demás pronunciamientos inherentes a dichas declaraciones.

Tercero

Con fecha 9 de abril de 2.001 el Juzgado dictó providencia por la que se admitía el recurso y se daba traslado del mismo a la parte demandada para que, en el plazo de quince días, pudiera formalizar su oposición, habiéndolo hecho por escrito presentado con fecha 7 de mayo de 2.001 en el que, tras efectuar las alegaciones que estimó pertinentes, suplicaba que se desestimase el recurso de apelación y se confirmase la sentencia recurrida.

Cuarto

Con fecha 7 de mayo de 2.001 el Juzgado acordó la remisión a este Tribunal de los autos, expediente administrativo y escritos presentados; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 20 de noviembre de 2.001, en el que ha tenido lugar.

Quinto

En la sustanciación de este proceso se han observado en ambas instancias las prescripciones legales.

Fundamentos de Derecho

Primero

El artículo 20 c) 4 de la Ley de la Función Pública Valencia (Texto Refundido aprobado por Decreto del Gobierno Valenciano de 24 de octubre de 1.995) establece que "los puestos de trabajo se proveerán de acuerdo con los procedimientos siguientes: c) Comisión de servicios: forma...

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