SAP Valencia 195/2000, 13 de Marzo de 2000
Ponente | ANTONIO PARDO LLORENS |
ECLI | ES:APV:2000:1745 |
Número de Recurso | 540/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 195/2000 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª |
SENTENCIA NUM.195/00
Ilustrísimos Sres.:
PRESIDENTE
D.ª Mª CARMEN ESCRIG ORENGA
MAGISTRADOS
D.GONZALO CARUANA FONT DE MORA
D.ANTONIO PARDO LLORENS
En la ciudad de Valencia a trece de marzo del dos mil.
Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente el Ilmo. Sr.
D. ANTONIO PARDO LLORENS, el presente rollo de apelación número 540/99, dimanante de los autos de Juicio m.c. promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 14 de Valencia, bajo el número 454/98, entre partes; de una, como demandante apelante PUBLINASA, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra.FERRER GARCIA ESPAÑA y de otra como demandada apelada a COMUNIDAD PROPIETARIOS CALLE000 NUM000 Y NUM001 DE BENIMAMET, representada por el Procurador de los Tribunales Sra.INIESTA SABATER, sobre acción de impugnación de acuerdos sociales, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandante.
La Sentencia apelada pronunciada por la Iltma.Sra.Magistrada de Primera Instancia número 14 de los de Valencia, en fecha veintitrés de abril de mil novecientos noventa y nueve, contiene el siguiente FALLO: "Que rechazando la excepción de caducidad de la acción de impugnación, desestimo la demanda formulada por la Procuradora Dª Mª Antonia Ferrer García España, en nombre y representación de la mercantil PUBLINASA, contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CASA DE LA CALLE000 NUMEROS NUM000 y NUM001 , de Benimamet, Valencia, y debió ABSOLVER Y ABSUELVO a la demandada de los pedimentos de la demanda; debiendo estar y pasar la demandante por lo acordado por la Comunidad. Con condena en costas a la parte demandante".
Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la demandante, que fue admitido en ambos efectos y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial en donde comparecieron las partes, se tramitó esta alzada, con celebración de vista el día 3-3-2000 a cuyo acto asistieron las representaciones y defensa de las partes, quienes solicitaron se dictara resolución conforme a las pretensiones de sus respectivos patrocinados.
Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.
La actora, como dueña de la vivienda puerta 4ª de la finca situada en Benimamet, municipio de Valencia, en CALLE000 nº NUM000 y NUM001 , solicita que se declare nulo el acuerdo adoptado por los demás propietarios en junta de 3 de febrero de 1998 y en la de 4 de mayo siguiente, relativa a que suprima un anuncio que tiene adosado a la fachada principal y lateral del edificio; contesta la comunidad de propietarios demandada, alegando caducidad de la acción que esgrime la actora y que dirigió la convocatoria para las Juntas a la vivienda dicha y que, como los acuerdos fueron adoptados por unanimidad, debía de desestimarse la demanda; en la sentencia así se hizo y la apeló la actora.
La demandante es dueña de la mencionada vivienda, según escritura pública de 4-11-1997; tiene su domicilio social en Barcelona, pero no se ha acreditado que lo hiciera saber a la comunidad de propietarios y nada sobre ello contienen las posiciones que presentó para absolución por la demandada y sólo se ha acreditado que las comunicaciones se le depositaban en el buzón de la finca, y, así, se actuaba correctamente,...
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