SAP Alicante 566/2002, 26 de Septiembre de 2002

PonenteENRIQUE GARCIA-CHAMON CERVERA
ECLIES:APA:2002:3893
Número de Recurso138/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución566/2002
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NÚM. 566

Iltmos.

Presidente en funciones: Doña Visitación Pérez Serra.

Magistrada: Doña María Esperanza Pérez Espino.

Magistrado: Don Enrique García Chamón Cervera.

En la ciudad de Alicante, a veintiséis de septiembre de dos mil dos.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario número 138/01, sobre propiedad horizontal, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia Núm. 4 de Benidorm, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada, Don Donato y Doña María Rosario , representada por el Procurador Luís Roglá Benedito, con la dirección del Letrado Don Ildefonso Sánchez Delgado; y como apelada, la parte actora, Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 ", representada por el Procurador Don Vicente Bardisa Juan con la dirección del Letrado Don Rafael Durá Soto.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos de Juicio Ordinario número 138/01 del Juzgado de Primera Instancia Núm. 4 de Benidorm, se dictó Sentencia de fecha doce de septiembre de dos mil uno, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Bardisa Juan en nombre y representación de la comunidad de propietarios del EDIFICIO000 , frente a D Donato y Dª María Rosario representados por el Procurador Sr. Rogla Benedito, debo declarar y declaro el derecho de propiedad de la actora sobre la fachada, y debo condenar y condeno a los demandados a retirar los dos aparatos de aire acondicionado, reponiendo la zona común a su original estado, imponiendo las costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte demandada; y tras tenerlo por preparado, presentó el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a la parte actora que presentó el escrito de oposición. Seguidamente, se elevaron los autos a este Tribunal donde fue formado el Rollo número 138/01, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día veinticinco de septiembre, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Enrique García Chamón Cervera.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Antes de acometer el examen de las distintas alegaciones del recurso de apelación conviene precisar cuál es el marco fáctico y jurídico de la instalación de los aparatos de aire acondicionadoen las fachadas del Edificio de la Comunidad actora.

Los demandados han instalado sobre la fachada dos aparatos de aire acondicionado y con ello infringen el artículo 7.1 LPH pues es evidente que alteran la configuración o estado exteriores del edificio, y al incidir sobre un elemento común como es la fachada (artículo 396 del Código civil) precisaban de la autorización unánime de la Junta de Propietarios (artículos 12 y 17.1ª LPH). Ésta es la regulación legal que, en abstracto, sería aplicable a la instalación de aparatos sobre la fachada de cualquier Edificio como se llega a reconocer en el recurso.

Los demandados-apelantes nunca solicitaron autorización...

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