ORDEN 5/2012, de 20 de abril, de la Conselleria de Gobernación, de convocatoria de concesión de ayudas públicas destinadas a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana para la homogeneización de los cuerpos de Policía Local en materia de medios técnicos e inversiones durante el ejercicio 2012 y por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Gobernación
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

El artículo 39.b) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, reconoce a las Comunidades Autónomas, dentro de sus funciones de coordinación, la de establecer o propiciar la homogeneización de los diferentes cuerpos de Policía Local en materia de medios técnicos para aumentar su eficacia y colaboración.

La Ley de la Generalitat Valenciana 6/1999, de 19 de abril, de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana, en su artículo

8.1.c), establece como una de las funciones del Consell en materia de coordinación de las policías locales, la regulación de sistemas de homogeneización y homologación de equipos y medios técnicos de actuación, defensa, automoción, comunicaciones y demás recursos materiales así como en materia de estadística y administración.

El marco de la Ley 6/1999, de 19 de abril, en desarrollo de las competencias estatutarias sobre coordinación de las policías locales, pretende un modelo concreto de la Policía Local para la Comunitat Valenciana. Para el desarrollo de este modelo la Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana de la Conselleria de Gobernación, ha venido trazando unas directrices que permitan definir un modelo moderno, profesional, homogéneo y eficaz, cercano al ciudadano y a sus necesidades reales; preparado para poder realizar un servicio público de seguridad ciudadana con plena eficacia y garantía que los ciudadanos de nuestra Comunitat se merecen y demandan.

En este sentido, resulta de gran utilidad la aplicación de las nuevas tecnologías al ámbito de la seguridad pública como herramienta de profesionalización, modernización e inmediatez de respuesta. La tecnología de intercomunicación digital ha sido una apuesta de la Generalitat para equipar a las flotas de seguridad y emergencias. Por ello la Generalitat cuenta con el Acuerdo Marco para el Suministro y Servicios Asociados de Terminales Tetra para su utilización en la red de comunicaciones móviles digitales de emergencia y seguridad de la Comunitat Valenciana (COMDES).

Esta tecnología supone un avance en la intercomunicación interna y externa de los efectivos de los cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana y un avance en la coordinación entre los distintos agentes implicados en la protección de los ciudadanos y ciudadanas.

Con el fin de fomentar la utilización de la red de comunicaciones móviles digitales de emergencia y seguridad de la Comunitat Valenciana, (COMDES) la Conselleria de Gobernación en los Presupuestos Generales de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2012, ha dotado una partida económica, para dar respuesta a la demanda de medios técnicos para los municipios de la Comunitat Valenciana que cuenten con Cuerpo de Policía Local.

En su virtud, en uso de las competencias en materia de Seguridad y Protección Ciudadana asignadas por el Decreto 5/2011, de 21 de junio, del president de la Generalitat, a la Conselleria de Gobernación, competencias desarrolladas por el Decreto 114/2011, de 2 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Gobernación, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y en los artículos 47 y 47 bis del Texto Refundido de la Ley de la Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana aprobado por Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991 del Gobierno de la Generalitat Valenciana.

ORDENO

Primero

Convocar la concesión de ayudas públicas, en régimen de concurrencia competitiva, de entrega de medios técnicos consistentes en emi-

soras de radio digital de la red COMDES, para el servicio de los cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana.

Segundo

La Conselleria de Gobernación financiará las ayudas con cargo a la aplicación presupuestaria, 22.02.01.222.10, capítulo VII código de subvención T7263000, Subvención ayuntamientos medios policiales, de los presupuestos de la Generalitat, para el ejercicio 2012, por una cuantía máxima de 145.600€ (ciento cuarenta y cinco mil seiscientos euros).

Tercero

Aprobar las bases por las que se regula la presente convocatoria de ayudas y que figuran como anexo I de la presente orden.

Cuarto

Las subvenciones a conceder por la presente convocatoria no precisan notificación a la Comisión Europea, por no reunir los requisitos recogidos en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ya que dichas subvenciones se otorgan a ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que hayan creado Cuerpo de Policía Local, para la financiación y homogeneización de sus equipamientos policiales, no suponiendo la acción subvencionada ventaja económica alguna, ni desarrollo de actividad económica en el mercado relacionada con la oferta de bienes o servicios. Por tanto, con la percepción de las citadas ayudas no existe posibilidad de falseamiento de la competencia que afecte a los intercambios comerciales entre Estados miembros, a los efectos señalados en el Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar subvenciones públicas

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se faculta a la directora general de Seguridad y Protección Ciudadana para dictar las instrucciones y adoptar las medidas que considere oportunas para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la presente orden.

Segunda

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Tercera

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, pudiendo efectuarse requerimiento previo ante el órgano competente en el plazo de dos meses contados desde su publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Valencia, 20 de abril de 2012

El conseller de Gobernación, SERAFÍN CASTELLANO GÓMEZ

ANEXO I

Bases por las que se regula la convocatoria de ayudas públicas destinadas a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana para la homogeneización de los cuerpos de Policía Local en materia de medios técnicos e inversiones durante el ejercicio 2012

Primera. Objeto

Es objeto de la presente orden convocar la concesión de ayudas públicas, en régimen de concurrencia competitiva, de entrega de medios

técnicos consistentes en emisoras de radio digital de la red COMDES, para el servicio de los cuerpos de la Policía Local de la Comunitat Valenciana.

Segunda. Beneficiarios de las ayudas

Podrán solicitar las ayudas los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que tengan creado Cuerpo de Policía Local y cuya población sea inferior a 5000 habitantes, de acuerdo con las cifras declaradas oficiales por el Real Decreto 1612/2010 (publicado en el BOE nº 311 de 23 de diciembre de 2010), que alcancen o superen la ratio de policía local de la Comunitat Valenciana para 2010 establecida en 2,05 y que suscriban el convenio de adhesión al acuerdo marco con la Conselleria de Hacienda y Administraciones Públicas, para la utilización de la red corporativa de comunicaciones móviles digitales de emergencia y seguridad de la Comunitat Valenciana (red COMDES).

Los beneficiarios de las ayudas deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Quedarán expresamente excluidos de la convocatoria aquellos ayuntamientos que no estén al corriente en la presentación del cuestionario estadístico de Policía Local referido a 2011 solicitado por la Conselleria de Gobernación, por aplicación de los principios de cooperación y colaboración mutua entre administraciones.

Tercera. Actuaciones subvencionables

Las ayudas, que tienen la naturaleza jurídica de subvenciones, irán dirigidas a la entrega de emisoras de radio digital de la red COMDES a los ayuntamientos beneficiarios.

El número total de emisoras de radio que se entregarán, en concepto de ayudas en especie por la Conselleria de Gobernación, serán adquiridos mediante expediente de contratación pública, con la finalidad exclusiva de entregarlos a un tercero, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre...

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