STSJ Andalucía , 6 de Abril de 2006
Ponente | Victoriano Valpuesta |
ECLI | ES:TSJAND:2006:626 |
Número de Recurso | 882/2001 |
Procedimiento | Victoriano Valpuesta |
Fecha de Resolución | 6 de Abril de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA.
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA.
SECCIÓN TERCERA
RECURSO Núm. 882/2001
Registro General Núm. 1.045/2001.
SENTENCIA
Ilmo. Sr. Presidente:
D. Ruperto Martínez Morales.
Ilmos. Srs. Magistrados:
D. Victoriano Valpuesta Bermúdez.
D. Enrique Gabaldón Codesido.
En Sevilla, a seis de abril del año dos mil seis.
Vistos por la Sala en Sevilla de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía los autos correspondientes al Recurso núm. 882/2001, interpuesto por don Luis Enrique, representado por el Procurador don Manuel J. Campo Moreno, y defendido por Letrado, contra el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía (TEARA), representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso quedó indeterminada. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. Victoriano Valpuesta Bermúdez, que expresa el parecer de la Sala.
Por el indicado recurrente se interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía (TEARA) de 30 de marzo del 2000 por el que se estima parcialmente la reclamación núm. 11/355/99 deducida contra el acuerdo por el que se estima el recurso de reposición, núm. De expediente 30039.66/95, dictado por la Gerencia Territorial del catastro de Cádiz, en relación a la finca sita en el municipio de Barbate, calle Extramuros, de referencia catastral 38.28.9.04, Núm. fijo 4488904 y valor catastral de 53.383.363 ptas, año 1998, en el sentido de confirmar el valor catastral de 47.572.056 ptas que debe surtir efecto en el año 2000.
En su escrito de demanda, la parte actora solicitó la nulidad de la resolución impugnada, en los términos allí interesados.
Por la Administración demandada se contestó en el sentido de oponerse, solicitando, a su vez, la desestimación del recurso. Recibido el pleito a prueba se practicaron las propuestas que fueron admitidas, y tras evacuarse los escritos de conclusiones, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.
En la presente causa se han observado las prescripciones legales, salvo las relativas a determinados plazos procesales, debido a la acumulación de asuntos ante la Sala.
Constituye el objeto del presente recurso el Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía (TEARA) de 30 de marzo del 2000 por el que se estima parcialmente la reclamación núm. 11/355/99 deducida contra el acuerdo por el que se estima el recurso de reposición, núm. de expediente 30039.66/95, dictado por la Gerencia Territorial del Catastro de Cádiz, en relación a la finca sita en el municipio de Barbate, calle Extramuros, de referencia catastral 38.28.9.04, Núm. fijo 4488904 y valor catastral de 53.383.363 ptas, año 1998, en el sentido de confirmar el valor catastral de 47.572.056 ptas que debe surtir efecto en el año 2000. Los motivos de impugnación aducidos por el...
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