SAP Baleares 360/2007, 20 de Septiembre de 2007

PonenteMATEO LORENZO RAMON HOMAR
ECLIES:APIB:2007:1728
Número de Recurso390/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución360/2007
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00360/2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 390 /2007

SENTENCIA Nº 360

Ilmo. Sr. Presidente Acctal:

D. MATEO RAMÓN HOMAR

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. SANTIAGO OLIVER BARCELÓ

Dª COVADONGA SOLA RUIZ

En PALMA DE MALLORCA, a veinte de Septiembre de dos mil siete.

VISTOS por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos, de Juicio Verbal (reclamación cantidad), seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 14 de Palma, bajo el Número 1018/06, Rollo de Sala Número 390/07, entre partes, de una como demandada apelante "SEGUROS BILBAO, S.A", representada por el Procurador D. Juan José Pascual Fiol y asistida por la Letrada Dª Mª Antonia Delgado Lledó; y de otra como demandante apelada la entidad "TANINCRA, S.L", representada por la Procuradora Dª Matilde Teresa Segura Seguí y asistida por el Letrado D. Eduardo Martínez Moreno; y de otra como demandada apelada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO C/ DIRECCION000 Nº NUM000 DE PALMA, en rebeldía procesal.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. D. MATEO RAMÓN HOMAR

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo./a Sr./Sra. Magistrado Juez, del Juzgado de Primera Instancia Número 14 de Palma en fecha 22 de mayo de 2007, se dicto sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Estimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales doña Matilde Teresa Segura Seguí, en nombre y representación de la entidad Tanincra, S.L, contra la Comunidad de Propietarios del Edificio de la DIRECCION000 nº NUM000 y la entidad Seguros Bilbao C.A. de Seguros y Reaseguros y en consecuencia condenso a los codemandados a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de mil cuatrocientos cincuenta y cuatro euros, si bien respecto de la compañía aseguradora deberá descontarse la cantidad de 300,25 euros, más los intereses legales que serán respecto de la Comunidad de Propietarios un interés anual equivalente al interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación extrajudicial (4 de mayo de 2005) hasta la fecha de la presente resolución, momento a partir del cual comenzará a devengar el interés legal incrementado en dos puntos y respecto de la Compañía Aseguradora un interés anual equivalente al interés legal del dinero incrementado en un cincuenta por ciento desde la fecha del siniestro hasta transcurridos dos años desde la fecha del siniestro momento a partir del cual el interés no podrá ser inferior al 20% y al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y por la representación de la parte demandada, se interpuso recurso de apelación y seguido el recurso por sus trámites se celebró deliberación y votación en fecha 18 de septiembre del corriente año, quedando el recurso concluso para Sentencia.

TERCERO

Que en la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen

PRIMERO

En la demanda instauradora de esta litis, la entidad actora, Tanincra SL, en su calidad de arrendataria de un local de negocio sito en la...

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