DECRETO 140/1998, de 16 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 21-07-1998 Nº Boletín: 137 / 1998

DECRETO 140/1998, de 16 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia).

La Ley 8/1991, de 10 de mayo, establece el Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, entre los que incluye Fuentes Carrionas y Fuente Cobre.

La misma Ley exige en su artículo 22, que de forma previa a la declaración de un Espacio Natural Protegido, debe elaborarse y aprobarse el correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la zona.

Por Orden de 27 de abril de 1992 de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se acordó la iniciación de dicho Plan, habiéndose realizado la tramitación que para los mismos se establece en el artículo 32 de la Ley 8/1991.

Durante su proceso de tramitación, se procedió al cambio de nombre del Espacio Natural por el de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina.

La Ley 8/1991 ya citada, regula en su artículo 18.6, la posibilidad de modificación durante el proceso de declaración, de las denominaciones de los Espacios Naturales que integran el Plan de Espacios Naturales de la Comunidad.

Concluido el expediente, la Dirección General del Medio Natural remitió al Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, propuesta definitiva de instrumento de planificación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión de 16 de julio de 1998,

DISPONGO:

Artículo Unico Se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina, integrado por parte dispositiva, plano de zonificación y Catálogo de Flora Amenazada, que se contienen en los Anexos I, II y III.
DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 16 de julio de 1998.

El Presidente de la Junta de Castilla y León, FDO.: JUAN JOSE LUCAS JIMENEZ

El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, FDO.: FRANCISCO JAMBRINA SASTRE

ANEXO I

PLAN DE ORDENACION DE LOS RECURSOS NATURALES DE FUENTES CARRIONAS Y FUENTE COBRE-MONTAÑA PALENTINA( PALENCIA)

TITULO I
Disposiciones generales Artículos 1 a 69
Artículo 1 º Naturaleza del Plan

El presente Plan es el instrumento de planificación de los recursos naturales del Espacio Natural de «Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina», conforme a lo previsto en la Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 2 º Finalidad

El presente Plan de Ordenación tiene como finalidad establecer las medidas necesarias para asegurar la protección, conservación, mejora y utilización racional del Espacio Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina.

Son objetivos del presente Plan:

  1. Definir y señalar el estado de conservación de los recursos y ecosistemas en su ámbito territorial.

  2. Evaluar la situación socioeconómica de la población asentada y sus perspectivas de futuro.

  3. Determinar las limitaciones que deban establecerse a la vista de su estado de conservación.

  4. Señalar los regímenes de protección que procedan.

  5. Promover la aplicación de medidas de conservación, restauración y mejora de los recursos naturales que lo precisen.

  6. Formular los criterios orientadores de las políticas sectoriales y ordenadores de las actividades económicas y sociales, públicas y privadas, para que sean compatibles con las exigencias señaladas.

  7. Determinar la potencialidad de las actividades económicas y sociales compatibles con la conservación del Espacio y ayudar al progreso socioeconómico de las poblaciones vinculadas a éste.

Artículo 3 º Ambito territorial

La delimitación del Espacio Natural «Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina», a los efectos de la aplicación de las determinaciones del presente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, es la siguiente:

Partiendo del Mojón de Tres Provincias, punto donde se encuentran Palencia, León y la Comunidad de Cantabria, el límite discurre hacia el este siguiendo la divisoria provincial de Palencia y dejando al sur los términos municipales de Cervera de Pisuerga, La Pernía y Brañosera.

A continuación abandona el límite provincial y penetra en Aguilar de Campoo el límite de los montes Aguilar n.º 1 de U.P. y Soto n.º 102 de U.P., hasta alcanzar el límite del término. Después se dirige hacia el noroeste, por el límite de los términos de Aguilar de Campoo y Brañosera (Vallejo de Orbó), hasta llegar a Los Sestiles. Desde este punto continúa en la misma dirección por el límite de los términos de Brañosera y Barruelo de Santullán. Una vez pasado «Campo Mayor» continúa por el límite de los términos de Brañosera y San Cebrián de Mudá hasta el alto de «La Chimeneona», dirigiéndose hacia el sudeste por la cuerda. Al llegar a «Camportillo» vuelve a coincidir con el límite municipal de Barruelo y San Cebrián, siguiendo después hacia el sur, hasta su encuentro con la carretera que va de Rueda a Barruelo por San Cebrián y Valle.

Esta carretera servirá de límite en el tramo comprendido entre el punto anterior y el arroyo Pradera, situado al suroeste de San Martín de Perapertú. A continuación se dirige hacia el norte por dicho arroyo, para encontrar la línea eléctrica, cuya área de ocupación se sigue como límite hacia el suroeste, hasta el punto donde cruza el camino de Vergaño a San Cebrián de Mudá, siguiéndose por éste hasta Vergaño.

Desde Vergaño se dirige hacia el sur por la carretera de Rueda, que abandona para continuar hacia el oeste por el límite del término de San Cebrián hasta llegar al cruce de la carretera de Gramedo.

A continuación sigue esta carretera hasta el cruce con la carretera de Rabanal de los Caballeros, desde donde toma el límite del monte Dehesa Boyal n.º 218 de U.P., para llegar por él al límite local de Arbejal.

Desde este punto se dirige hacia el sudoeste por el límite local de Arbejal y Valsadornín, que coincide con el del monte Bárcena n.º 9 de U.P., y luego por el límite de Arbejal y Cervera, hasta llegar al río Pisuerga.

El límite sigue entonces el del monte La Dehesa n.º 65 de U.P., dejándole incluido en el Espacio Natural. Al llegar al mojón n.º 119, abandona el límite del monte, para continuar hacia el sur por el límite local de Cervera y Ruesga, hasta su cruce con el río Rivera.

A continuación desciende por el río Rivera hasta la carretera comarcal n.º 627 por la que avanza hacia el sur unos seiscientos metros, para remontar después el arroyo de Tosande hasta el cruce de un camino por el que continúa hacia el oeste, para seguir después por el límite sur de los montes «Hayedo», «La Dehesa» y «Peña Cantoral», que quedan incluidos, y por el límite sur del monte «Peña Redonda y otros». En las proximidades de Cubillo de Castrejón abandona el límite de los montes de Utilidad Pública, ascendiendo por un camino, continuando por la cota de 1250 y, a partir del arroyo situado al Sur del «Pico de Burrián», por la cota 1300. Abandona la cota 1300 para ascender un corto tramo del arroyo de los dos Valles, y remontar después por una vaguada hasta llegar al límite de los términos de Castrejón de la Peña y Santibáñez de la Peña.

A partir de este punto, el Espacio Natural se va ajustando a los límites municipales, que coinciden normalmente con cuerdas. En primer lugar se dirige hacia el norte por la línea de separación de Castrejón de la Peña y Santibáñez de la Peña. A continuación se dirige hacia el oeste por los límites de Triollo y Santibáñez, Velilla del Río Carrión y Santibáñez y Velilla del Río Carrión y Guardo.

En el paraje «Pradil de Diego» (mojón M3T), abandona el límite de Velilla del Río Carrión y Guardo, continuando por la cuerda hasta Peña Mayor. Desde Peña Mayor desciende por una cuerda, hacia la cabecera de un barranco por el que se llega a la Fuente Calderón. Desde este punto se toma el Cordel de Merinas, continuando por él hacia el norte hasta la presa de Compuerto.

El límite cruza ahora la presa, coincidiendo en un corto tramo con los límites locales y de la Reserva Nacional de Caza de Fuentes Carrionas. Cuando llega al Alto de Pascualillo se separa de dicho límite, tomando hacia el oeste el arroyo que desemboca por el Trave en el río Besandino, y siguiendo después el Besandino hasta la confluencia del arroyo de Valdehaya. Después remonta el arroyo de Valdehaya, para ascender finalmente por el límite del monte Peñas Lampas n.º 338-bis del C.U.P., hasta el límite provincial, dejando incluido este monte dentro del Espacio Natural.

Desde el punto anterior sigue el límite provincial hasta llegar al Mojón de Tres Provincias, cerrándose así la delimitación.

Artículo 4 º Contenido del Plan de Ordenación

El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de «Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina», está integrado, además de por su parte dispositiva, que se recoge en este texto articulado, y de Plano de Zonificación (Anexo II) y del Catálogo de Flora...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR