Fiscalidad estatal

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Legislación
Ley general tributaria y procedimientos tributarios

Resolución de 31 de julio de 2006, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba la remisión a las Comunidades Autónomas del fichero de información catastral de bienes inmuebles de naturaleza rústica, urbana y de características especiales, así como su estructura, contenido y formato informático (BOE 11-9-2006).

Resolución de 31 de julio de 2006, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba la forma de remisión y la estructura, contenido, especificaciones técnicas y formato informático de los ficheros de intercambio de información catastral alfanumérica y gráfica FIN, VARPAD, FICC y FXCC (BOE 11-9-2006).

Resolución de 28 de septiembre de 2006, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio (BOE 30-9-2006).

Fiscalidad directa
(Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)

Orden INT/2967/2006, de 25 de septiembre, por la que se determinan los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en el Real Decreto-ley 8/2006, de 28 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Galicia (BOE 29-9-2006).

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Resolución de 26 de septiembre de 2006, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se hace público el tipo de interés efectivo anual para el cuarto trimestre natural del año 2006, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros(BOE 29-9-2006).

Fiscalidad indirecta
(Aguas)

Real Decreto-Ley 9/2006, de 15 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en las poblaciones y en las explotaciones agrarias de regadío en determinadas cuencas hidrográficas (BOE 16-9- 2006).

Exención de las exacciones relativas a la disponibilidad de agua (art. 2).

Jurisprudencia
Ley general tributaria

La anulación de una liquidación tributaria por causa de anulabilidad no deja sin efecto la interrupción del plazo de prescripción producida anteriormente por consecuencia de las actuaciones realizadas ante los Tribunales Económico Administrativos. STS 19-4-2006.

Doctrina legal: "La anulación de una liquidación tributaria por causa de anulabilidad no deja sin efecto la interrupción del plazo de prescripción producida anteriormente por consecuencia de las actuaciones realizadas ante los Tribunales Económicos Administrativos, manteniéndose dicha interrupción con plenitud de efectos".

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Fiscalidad directa
(Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)

No son rentas irregulares los rendimientos percibidos como complementos de prestaciones públicas derivados de prejubilaciones de expedientes de regulación de empleo, satisfechos mensualmente por una aseguradora y según la póliza de seguro colectivo concertada para tales casos. STS 10-5-2006.

Doctrina legal: "no es de aplicación a los rendimientos percibidos como complementos de prestaciones públicas derivados de prejubilaciones de expedientes de regulación de empleo, rendimientos satisfechos mensualmente por una compañía aseguradora y según la póliza de Seguro Colectivo concertada para tales casos, el régimen de las Rentas Irregulares".

Es procedente la deducción por adquisición de vivienda habitual en un supuesto en que se transfiere el importe de cuentas ahorro-vivienda a otras cuentas denominadas depósitos financieros, siempre que los saldos de las mismas se destinen efectivamente a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual. STSJ Madrid 13-7-2006.

Fundamento jurídico 4º: "No cuestionando la Administración que el saldo final de tales depósitos se destinara a la adquisición de la vivienda que pasó a constituir la residencia habitual de los contribuyentes, por lo que debe concluirse que la deducción era procedente, pues la circunstancia de que se denomine por la Caja de Ahorros depósito financiero no priva del cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios de la deducción, ya que no se excluye en la norma tales depósitos, teniendo en cuenta que se formalizan ante una entidad de crédito, como es la Caja de Ahorros".

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Fiscalidad indirecta
(Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados)

Valor real de la obra nueva: no se incluyen gastos indirectos. STSJ Castilla- La Mancha de 20-4-2006.

Fundamento jurídico 4º: "....la valoración efectuada por la Administración responde a un procedimiento inadecuado y debe ser anulada por tal causa. Según el art. 70 del RD 828/95, de 29 de mayo la base imponible en las escrituras de obra nueva estará constituida por el valor real de coste de la obra nueva que se declare. Dicha valoración de una obra nueva no se puede realizar mediante la aplicación del método de valoración previsto en el RD 1020/93, sobre valoraciones catastrales o mediante la aplicación de valores en venta de viviendas de protección oficial, pues ello conduce a la valoración del inmueble como resultado final de la obra nueva, pero no de la obra nueva en sí misma, conceptos no coincidentes. La administración debería haber valorado el coste de ejecución, por ejemplo, como ha hecho en otras ocasiones similares mediante la aplicación de los módulos de costes de construcción establecidos por los Colegios de Arquitectos. El valor real de una obra nueva es el coste real y efectivo de la construcción representado por los desembolsos que deben hacerse para la ejecución de la misma según el presupuesto de ejecución material según el Proyecto debidamente...

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