DECRETO 375/2011, de 22 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crean los ficheros de datos de carácter personal dependientes de la Presidencia del Gobierno de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal desarrollada por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establece las condiciones generales que deben reunir los ficheros de datos de carácter personal a efectos de garantizar y proteger los derechos de las personas en lo que se refiere a su utilización y uso. Asimismo, reconoce la capacidad de las diferentes Administraciones Públicas para la creación de ficheros de titularidad pública necesarios para el ejercicio de sus competencias, estableciendo en su artículo 20 tanto la obligación de crear, modificar y suprimir los ficheros que contengan datos de carácter personal, mediante una disposición de carácter general, como la de indicar en ella todos los contenidos que expresamente especifica.

El Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón determina en el artículo 2 que la disposición de carácter general preceptiva, para este ámbito autonómico, será un Decreto del Gobierno de Aragón, aprobado a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y cuya iniciativa debe partir del Departamento competente por razón del contenido del fichero.

Dicha atribución al Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales hay que entenderla hoy en día referida al Consejero de Hacienda y Administración Pública. En virtud del artículo 18, apartado w), del Decreto 320/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, se atribuía a este Departamento «el ejercicio de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de protección de datos de carácter personal».

Por otro lado, el Decreto de 19 de septiembre de 2011 de la Presidencia del Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno de Aragón, contempla como órganos de asistencia directa e inmediata a la Presidencia del Gobierno, la Secretaría General Técnica, y el Gabinete de la Presidencia. Por su parte adscrito a la Secretaría General Técnica, a efectos orgánicos, está la unidad de apoyo técnico y administrativo al Consejo Económico y Social de Aragón.

El Gabinete de la Presidencia tiene como función principal la asistencia directa al Presidente. Las funciones desarrolladas suponen un apoyo directo en las actuaciones del Presidente, así como su asesoramiento.

La Secretaría General Técnica de la Presidencia desarrolla las funciones propias de las secretarías generales técnicas en el seno de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; además se le atribuyen una serie de funciones de especial relevancia, como la inscripción en el Registro específico y la custodia de las declaraciones patrimoniales y de actividades económicas de los altos cargos, a las que se refiere el artículo 32 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón

El Consejo Económico y Social de Aragonés el órgano consultivo que materializa la colaboración e intervención de todos los agentes sociales en la actividad económica y social de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Para el ejercicio de estas funciones todas estas unidades utilizan datos de carácter personal, referencias o detalles sobre personas pertenecientes a instituciones públicas, tanto aragonesas como nacionales e internacionales, asociaciones, colectivos, agrupaciones, empresas, etc. susceptibles de ser destinatarios de comunicaciones o partícipes en acontecimientos y eventos organizados por el Gobierno de Aragón.

Dichos datos de carácter personal requieren de protección de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, por ello se procede a crear los ficheros de datos de carácter personal que recogen los anexos de este Decreto.

En su virtud, a iniciativa y propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 22 de noviembre de 2011,

Artículo 1 Objeto.

Este Decreto tiene por objeto la creación de los ficheros de datos de carácter personal obrantes en la Presidencia y en el Consejo Económico y Social de Aragón que se relacionan en los anexos a este Decreto.

Artículo 2 Responsabilidad sobre los ficheros.

Corresponde al titular del órgano administrativo responsable de cada uno de los ficheros de carácter personal la adopción de las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad, seguridad e integridad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR