Federico de Castro y Bravo

AutorLa Redacción
Páginas368

FEDERICO DE CASTRO Y BRAVO.-Discurso leído en la Universidad Central en el acto de apertura del curso académico 1939-1940. Madrid, 1939, págs. 147.

El 7 de junio de 1930 se firmaron en Ginebra tres Convenios, uno conteniendo un proyecto de Ley uniforme sobre letras de cambio y pagarés a la orden; otro destinado a reglamentar ciertos conflictos de leyes sobre materia cambiaría, y un tercero relativo al Derecho del Timbre en materia de letra de cambio y de pagaré. El proyecto de Ley uniforme sobre letras de cambio y pagarés a la orden era conocido ya del público español por un artículo en esta REVISTA (X 436) y por el magistral Curso de Derecho Mercantil, ambos del profesor Garrigues (tomo I, Madrid, 1936). El profesor Castro, autor de un trabajo sobre las calificaciones (Rev. De Der. Priv., 1933, págs. 217-249, 265-286) y sobre la relación jurídica de Derecho Internacional Privado (Rev. Jurídica de Cataluña, 1933, págs. 453-491), se ocupa en el presente discurso de la exposición e interpretación del segundo proyecto gínebrino referente a la reglamentación de ciertos conflictos de leyes sobre materia cambiaría. Si España ratifica el mencionado proyecto, su importancia no necesita comentario. Pero, aun en el caso posible de que no llegue a convertirse en ley española, su influjo en España puede ser decisivo, "porque falta en nuestra legislación de preceptos legales, con escasísima cantidad de decisiones la jurisprudencia y descuidadas por la teoría estas cuestiones, será natural y hasta aconsejable...

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