SAP Madrid 144/2008, 12 de Marzo de 2008

PonenteLUIS ANTONIO MARTINEZ DE SALINAS ALONSO
ECLIES:APM:2008:4764
Número de Recurso91/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución144/2008
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

CG

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 91 /2008

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 605 /2007

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 23 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 144/2008

ILMAS/OS. SRAS/ES.

PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

MAGISTRADO D. LUIS ANTONIO MARTINEZ DE SALINAS ALONSO

MAGISTRADO D. RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTA EUGENIA

En MADRID, a doce de Marzo de dos mil ocho.

VISTO, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador

D. Ángel Rojas Santos, en representación de Juan Miguel, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº

23 de Madrid, siendo parte apelada el Ministerio Fiscal.

Ha actuado como ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. LUIS ANTONIO MARTINEZ DE SALINAS ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 22/01/08, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

>FALLO: Que debo de CONDENAR Y CONDENO a Juan Miguel, como autor responsable de un delito de robo con violencia en las personas y una falta de lesiones ya definida, concurriendo la circunstancia atenuante de drogadicción y agravante de reincidencia, a la pena por el delito de robo de DOS AÑOS DE PRISION, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena.

Por la falta de lesiones la pena de UN MES DE MULTA CON CUOTA DE SEIS EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas insatisfechas, y al pago de las costas procesales causadas.

Asimismo debe indemnizar a Baltasar en 720 euros por las lesiones y en 390 por los efectos sustraídos, cantidades que devengarán los intereses que establece la L.E.C.

Se ratifica la prisión provisional acordada en su día por el Juzgado de Instrucción nº 22 de Madrid, en auto de fecha 19/07/2007..

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada:

>El día 5 de Junio de 2007 hacia las 04,00 horas, Juan Miguel, con ordinal informático NUM000, mayor de edad y ejecutoriamente condenado por sentencia 13/08/2004, por delito de robo con violencia, a la pena de un año y tres meses y tras haber estado en el pub "La Fundición", ubicado en la c/ Puerto Balbarán de ésta Capital, abordó a Baltasar quién previamente había estado realizando consumiciones en dicho establecimiento, y auxiliado por otros dos individuos cuya identidad no ha quedado acreditada se dirigió al mismo exigiéndole que le entregara varias cadenas y objetos de oro que llevaba colgando al cuello, golpeando a Baltasar, para facilitar la aprehensión de tales efectos, a la vez que el resto de sus compañeros le propinaban patadas consiguiendo arrebatarle una cadena, una herradura, un santo y una virgen de oro que han sido tasados en 390 euros, efectos que no han sido recuperados.

A consecuencia de tales hechos, Baltasar resultó lesionado precisando una asistencia médica, estando quince días incapacitado para sus ocupaciones habituales, reclamando por tal concepto.

El acusado se encuentra en prisión provisional desde el día 19/07/2007 y cuando cometió los hechos se encontraba bajo la influencia de sustancias estupefacientes a las que el mismo era adicto, circunstancia que limitaba pero no anulaba su capacidad volitiva. >.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso, por entenderla plenamente ajustada a Derecho, solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo Penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales...

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