SAP Pontevedra 204/2006, 19 de Octubre de 2006
Ponente | MARIA NELIDA CID GUEDE |
ECLI | ES:APPO:2006:2513 |
Número de Recurso | 160/2006 |
Procedimiento | APELACION JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 204/2006 |
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00204/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección 004
Rollo: RJ 0000160 /2006 -M
Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CAMBADOS
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 0000044 /2006
SENTENCIA
En Pontevedra, a diecinueve de octubre de dos mil seis.
Visto por la Ilma. Sra. Dª. NÉLIDA CID GUEDE, Magistrado de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, el presente rollo de apelación Nº 160/06, que dimana de los autos del Juicio de Faltas Nº 44/06, seguidos en el Juzgado de Instrucción num. 1 de Cambados, sobre lesiones, en el que es parte como apelante Germán y como apelados Carlos Francisco Y EL MINISTERIO FISCAL.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida.
Con fecha 16.05.06, el Sr. Juez del Juzgado de Instrucción num. 1 de Cambados, dictó sentencia en los autos originales de los que el presente rollo dimana, recogiéndose en aquélla los hechos declarados probados: "Se estima probado, y así se declara, que el día 22 de Diciembre de 2005 a las 20:45 horas el denunciado Germán desde el camino a la altura de lugar de Baltar nº 30 en Castrelo empezó a insultar a su tío que estaba situado en el jardín de su casa y a exigirle que retirara unas piedras de un camino de servidumbre; que en medio de la discusión el denunciado intentó agredir a su tío sobre la valla el jardín con un puñetazo, este repelío el ataque con la mano izquierda agarrándosela entonces el sobrino y produciéndole una lesión en el quinto dedo, para cuya sanidad precisó 10 días de curación no impeditivos y de la que restan secuelas".
En dicha sentencia se hizo constar en su parte dispositiva, el siguiente FALLO: "1º que debo condenar y condeno a Germán como autor de una falta de lesiones a una pena de multa de 45 días de duración a razón de seis euros de cuota diaria lo que hace un total de 270 euros que deberá abonar firme esta sentencia cuando sea requerido para ello. Si el condenado no satisfaciere voluntariamente o por la vía de apremio la multa impuesta quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas que podrá cumplirse mediante localización permanente. Concurriendo su conformidad podrá acordarse también trabajos en beneficio de la comunidad. En este caso cada día de privación de libertad equivaldrá a una jornada de trabajo.
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Que es concepto de responsabilidad civil Germán abonará a Carlos Francisco la cantidad de 300 euros.
Todo ello con expresa imposición de las costas".
Notificada dicha sentencia a las partes, por Germán, se formuló recurso de apelación del que se dio traslado a las demás partes que lo impugnaron y se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial para la sustanciación del presente recurso.
Se acepta y se da por reproducido, el relato de Hechos Probados de la Sentencia apelada.
Frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción, que condena a Germán, como autor de una falta de lesiones, se interpone por este Recurso de Apelación,...
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