SAP Murcia 11/2007, 29 de Enero de 2007

PonenteMARIA DEL PILAR ALONSO SAURA
ECLIES:APMU:2007:747
Número de Recurso38/2007
Número de Resolución11/2007
Fecha de Resolución29 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

MURCIA

SENTENCIA: 00011/2007

Rollo núm. 38/07

Apelación J. Faltas.

S E N T E N C I A Nº 11 /2007

En la ciudad de Murcia, a veintinueve de Enero de dos mil siete.

Vistos por la Iltma. Sra. Magistrada Dª MARÍA PILAR ALONSO SAURA, al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial, el presente Rollo de apelación nº 38/07, dimanante de los autos de juicio de Faltas nº 114/06, procedente del Juzgado de Instrucción nº 6 de Murcia, en que han sido partes, como denunciante y en esta alzada apelante Santiago, y como denunciado y en esta alzada apelado Jesús Luis.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

En las actuaciones de que el presente rollo dimana, el Juzgado de instrucción citado, dictó sentencia con fecha dos de Noviembre de dos mil seis, sentando como hechos probados los siguientes: "Primero: El día once de Enero del año 2006, alrededor de las 19:15 horas, se produjo un accidente de circulación en la confluencia de las calles Salvador Dalí y Atalaya del casco urbano de Murcia, por colisión del vehículo que pilotaba DON Jesús Luis, un vehículo marca Opel modelo Vectra con matrícula española....-FLC (asegurado en la compañía de seguros "AXA" con póliza de seguro obligatorio número NUM000 ) con el ciclomotor (asegurado con "Mapfre" con número de póliza de aseguramiento obligatorio NUM001 ) conducido por DON Santiago, al no respetar don Jesús Luis la prioridad de paso que ostentaba don Santiago, que resultó con lesiones.

Segundo

Como consecuencia de este golpe, y según el informe Médico Forense de sanidad de don Santiago (emitido el día 10-V-2006 por la Sra. Médico Forense doña María Rosario ), este último sufrió una contusión en miembros inferiores (posteriormente, esta misma persona, don Santiago, tuvo otro accidente de ciclomotor, de mayor envergadura lesiva que este del día 11-I-2006, que se produjo el 14-I-2006 y del que ha tardado en curar 168 días, con cuatro de ellos de hospitalización y 140 de ellos incapacitantes para sus ocupaciones habituales, por haber sufrido como lesiones principales un traumatismo lumbar y una fractura de la primera vértebra lumbar), de la que ha sanado en quince días no incapacitantes, sin secuela alguna y con la sola primera asistencia facultativa.

Sin perjuicio de lo anterior, don Santiago sostiene, en base a un informe pericial redactado por don Jose María, la existencia de lesiones derivadas de este accidente (un balance articular de rodilla derecha limitado por síntomas dolorosos, un edema leve sin derrame de esa articulación, una palpación dolorosa de la masa...

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