SAP Madrid 107/2006, 30 de Marzo de 2006

PonenteALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO
ECLIES:APM:2006:5259
Número de Recurso95/2006
Número de Resolución107/2006
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

ALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

SENTENCIA Nº 107

Magistrado:

Alberto Jorge Barreiro

Rollo J-95/2006

J. Faltas 1334/05

Jzgdo. Instr. nº 9

En Madrid, a 30 de marzo de 2006.

Este Magistrado ha visto el recurso de apelación interpuesto por Clemente contra la sentencia dictada por el Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción nº 9 de Madrid, el 5-IX-2005 , en la causa arriba referenciada.

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "Sobre las 00,45 horas del día 15 de Julio de 2005 y en la calle Melquíades Biencinto de esta capital, se suscitó una agria discusión entre Mariano y Iván por razones de tráfico rodado. En tal contexto, acudieron al lugar dos amigos del referido Mariano, concretamente, Clemente y Miguel Ángel, quienes hicieron causa común con su amigo frente a Iván, situación en la que Clemente agarró por el cuello a su antagonista y dio lugar a un desigual enfrentamiento en la que Iván fue golpeado a puñetazos por Miguel Ángel y empujado y sujetado violentamente por Clemente. Como consecuencia de lo relatado, Iván resultó con contusiones en la espalda, hombro izquierdo y codo derecho, y tuvo un hematoma en el cuello; lesiones que precisaron para su curación de una primera asistencia facultativa y tardaron 21 días en sanar, de los que 7 días lo fueron por incapacidad temporal, curando sin secuelas. A su vez, y como consecuencia bien de la propia acción de fuerza desplegada o bien de manotazos y contrapresiones reactivos de Iván, resultaron lesionados Clemente y Miguel Ángel, con las lesiones que respectivamente describen los informes médico forenses emitidos y obrantes en autos, los cuales se dan por reproducidos".

    La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: "Que debo condenar y condeno a Clemente y a Miguel Ángel, como autores de una falta de lesiones prevista en el artículo 617.1 del Código Penal , a una pena, a cada uno, de multa de un mes, a razón de 6 euros y de 4 euros de cuota diaria, respectivamente, así como a que indemnicen solidariamente a Iván en la suma de 840 euros por las lesiones, con imposición a cada uno de los condenados de 1/5 de las costas procesales. Desestimó la reclamación de 300 euros por daños. Absuelvo a Iván, a Inés y a Mariano de las faltas por las que ha sido respectivamente acusados, declarando de oficio 3/5 de las costas".

  2. La parte apelante interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictara otra absolutoria.

  3. El Ministerio Fiscal y los apelados, Iván y Inés, instaron la confirmación de la resolución recurrida en los mismos...

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