SAP Madrid 163/2007, 17 de Abril de 2007

PonenteALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO
ECLIES:APM:2007:8007
Número de Recurso132/2007
Número de Resolución163/2007
Fecha de Resolución17 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

SENTENCIA Nº 163

Rollo P-132/2007

J. Oral 248/2006

Jzgdo. Penal nº 1

Magistrados:

Alberto JORGE BARREIRO (ponente)

Pilar OLIVÁN LACASTA

Carlos MARTÍN MEIZOSO

En Madrid, a 17 de abril de 2007.

Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por el MINISTERIO FISCAL contra la sentencia dictada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Madrid, el 15-I-2007, en la causa arriba referenciada.

El apelante estuvo asistido del Letrado Miguel Torralba Navas.

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "Probado y así se declara expresamente, que el día 17 de noviembre de 2005, el acusado Jose Ignacio, con ordinal de informática nº NUM000, mayor de edad, sin antecedentes penales, fue detenido en el aeropuerto de Madrid-Barajas cuando trataba de embarcar en un vuelo con destino a Dublín, exhibiendo un pasaporte italiano, nº NUM001, expedido a su nombre y en el que se había sustituido la foto original por la del acusado, documento que no era verdadero y que el acusado había comprado en Italia".

    La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: "Que debo absolver y absuelvo a Jose Ignacio, con ordinal de informática nº NUM000, como autor del delito de falsedad en documento oficial, que le venía siendo imputado y declaro de oficio las costas del proceso".

  2. El Ministerio Fiscal interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictara otra condenatoria contra el acusado como autor de un delito de falsedad en documento oficial, tipificado en el art. 392 y 390.1.1º y del C. Penal, en la que se le impusieran las penas de un año de prisión, a sustituir conforme a lo establecido en el art. 89 del C. Penal por la expulsión del territorio nacional, y una multa de nueve meses con una cuota diaria de cinco euros.

  3. La defensa del acusado instó la confirmación de la resolución recurrida.

    Se aceptan los que constan relatados en la sentencia apelada.

    MOTIVACIÓN

    El recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público se centra en cuestionar el apartado jurídico de la sentencia apelada. Según la parte recurrente, una vez que la juez acogió como probado que el acusado exhibió en el aeropuerto un pasaporte falso a su nombre, que había sido falsificado en Italia, debió condenar al acusado como autor de un delito de falsificación de documento oficial, sin que para ello sea óbice que la falsificación hubiera sido perpetrada en Italia, puesto que, a tenor de la última jurisprudencia del Tribunal Supremo, tales falsedades perpetradas en el extranjero han de ser penadas también en España en virtud de lo dispuesto en el art. 23.3 f) de la LOPJ, al afectar a los intereses y al crédito del Estado español.

    La juez de instancia reseña en su resolución la interpretación del Tribunal Supremo anterior al año 2004 sobre la materia debatida, y se limita a admitir genéricamente que en la actualidad la jurisprudencia es contradictoria, sin citar cuál es la última jurisprudencia al respecto y los criterios en que se basa. Simplemente opera en su sentencia de una forma sui generis con el principio in dubio pro reo, pero con relación a las interpretaciones jurisprudenciales sobre la materia, como viniendo a decir que en caso de duda jurisprudencial ha de acogerse la tesis que más favorece al reo.

    Sin embargo, esa opción decisoria no puede compartirse en un momento en que la...

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