SAP Teruel 180/2005, 3 de Octubre de 2005
Ponente | MARIA TERESA RIVERA BLASCO |
ECLI | ES:APTE:2005:145 |
Número de Recurso | 189/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 180/2005 |
Fecha de Resolución | 3 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Teruel, Sección 1ª |
FERMIN FRANCISCO HERNANDEZ GIRONELLAMARIA TERESA RIVERA BLASCOJUAN CARLOS HERNANDEZ ALEGRE
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
TERUEL
SENTENCIA: 00180/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TERUEL
ROLLO DE APELACIÓN CIVIL NÚM. 189/2005
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CALAMOCHA
Juicio Verbal nº 86/2005
S E N T E N C I A Nº 180
Ilmos. Señores:
PRESIDENTE ACCIDENTAL:
D. Fermín Hernández Gironella
MAGISTRADOS:
Dña. María Teresa Rivera Blasco
D. Juan Carlos Hernández Alegre
En la ciudad de Teruel, a tres de octubre de dos mil cinco.
Esta Audiencia Provincial, integrada para este asunto por los Magistrados anotados al margen, ha examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de mayo de 2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Calamocha en Juicio verbal nº 86/2005, promovido por D. Roberto contra D. Armando Y MAPFRE, MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, sobre reclamación de cantidad por responsabilidad extracontractual.
Siendo partes en esta alzada, como apelante D. Roberto, representado por la Procuradora Dña. María Pilar Alvira Ruiz y dirigido por el Letrado D. José Antonio Blesa Lalinde, y como apelados D. Armando y Mapfre, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, representados por el Procurador D. Luis Barona Sanchís y dirigidos por el Letrado D. Antonio Bueso Alberdi. Se dicta la presente resolución, que expresa el parecer de la Sala, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. María Teresa Rivera Blasco, sobre la base de los siguientes:
El fallo de la sentencia apelada es del tenor siguiente: "Que desestimando totalmente la demanda interpuesta por la representación procesal de Roberto contra Armando Y COMPAÑÍA DE SEGUROS MAPFRE, S.A., debo absolver y absuelvo a la parte demandada respecto de las pretensiones deducidas en su contra en el presente procedimiento. Todo ello con imposición de las costas causadas en este procedimiento a la parte actora".
Notificada dicha resolución, contra la misma interpuso recurso de apelación la Procuradora Dña. María Pilar Alvira Ruiz en la representación indicada, solicitando una sentencia que, revocando la de primera instancia, estime íntegramente la demanda con la matización que se hizo en el acto de la vista de que la cantidad reclamada se reduce a 1.895,48 euros, al aportar la factura de daños en el propio acto, más intereses legales de dicha cantidad en la forma que se expresa en la demanda, y todo ello con expresa condena a los codemandados de las costas de la primera instancia.
El Procurador D. Luis Barona Sanchís, en la representación indicada, se opuso al recurso de apelación y solicitó la confirmación de la resolución impugnada.
Remitidos los autos a esta Audiencia se ordenó la formación del rollo correspondiente y se designó Ponente, quedando el rollo en poder del Ponente para, tras la deliberación del Tribunal, dictar la correspondiente sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Frente a la sentencia de instancia que absuelve a los demandados D. Armando y MAPFRE, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija de la demanda formulada por el Sr. Roberto por responsabilidad extracontractual, se alza ahora éste alegando error en la apreciación de la prueba, de la que dice concluirse que el único responsable del accidente fue el demandado Sr. Armando quien, añade, con su conducción imprudente dio lugar a los daños por él sufridos en el vehículo de su propiedad. Los demandados solicitan la confirmación de la sentencia de instancia.
Admite la juzgadora a quo que el día 26 de diciembre de 2004 nevaba, lo que exigía una prudencia...
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