STSJ La Rioja , 25 de Marzo de 2004

PonenteJESUS MIGUEL ESCANILLA PALLAS
ECLIES:TSJLR:2004:251
Número de Recurso594/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

En la ciudad de Logroño a 25 de marzo de 2004 La Sala de lo Contencioso -Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, compuesta por los magistrados Ilmos. Srs. D. José Félix Méndez Canseco, que la preside, D. Jesús Miguel Escanilla Pallás y D. José Luis Díaz Roldán, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. Jesús Miguel Escanilla Pallás, la siguiente:

SENTENCIA Nº 169 Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso -administrativo sustanciado en esta sala bajo el número 594/2001 y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, a instancia de D. Valentín , representado por su procuradora Dª María Pilar Dufol Pallarés y asistido por su letrado Don Mariano Castillón Ridruejo, siendo demandado el JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado y, como codemandada la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA, representada y defendida, a su vez, por el Sr. Abogado del Gobierno; recurso cuya cuantía se cifró en 37.606,49 .

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado el día 22 de noviembre de 2001 se interpuso ante esta Sala y en nombre de Don Valentín , recurso contencioso-administrativo contra Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de fecha 13 de septiembre de 2001 por el que se fija el justiprecio por la expropiación de la parcela NUM000 ,polígono NUM001 del término municipal de Entrena(La Rioja), propiedad de D. Lucas afectada por la ejecución del proyecto de "Acondicionamiento de Ctra. LR-254 de la variante de Lardero N-111 a la LR-137 a Entrena en la cantidad de 2.223.505 pesetas.

SEGUNDO

Admitido a trámite dicho recurso, se recabó, el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual se confirió traslado a la parte recurrente para que fomulara la demanda, como así lo hizo mediante escrito presentado el día 31 de enero de 2002, exponiendo en él los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que reputaba aplicables al mismo, para terminar con unos pedimentos del tenor literal siguiente: "SUPLICO... se dicte sentencia por la que revocando el acuerdo recurrido se fije la cuantía en 37.606,49 ".

TERCERO

Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendió oportunos, y solicitando finalmente la desestimación de la misma.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se unió a los autos la practicada, tras lo cual se acordó la presentación de conclusiones escritas que fueron formuladas, en su momento, por las partes, señalándose, para votación y fallo del asunto el día 23 de marzo de 2004, en que se reunió al efecto, la Sala.

QUINTO

En la...

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