STSJ Extremadura 868, 27 de Abril de 2006

PonenteWENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
ECLIES:TSJEXT:2006:868
Número de Recurso6/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución868
Fecha de Resolución27 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00326/2006 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM. 336 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS En Cáceres a veintisiete de Abril de dos mil seis.

Visto el recurso contencioso administrativo número 6 de 2004, promovido por el Procurador de los Tribunales Doña María del Pilar Simón Acosta, en nombre y representación de DON Joaquín , siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, recurso que versa sobre: acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Badajoz, adoptado en sesión de 1 de julio de 2.003, confirmado con la desestimación del recurso de reposición, por el que se fijaba en la cantidad de 69.617,66 el justiprecio de los bienes y derecho que le habían sido expropiados por el Ayuntamiento de Badajoz para la ejecución del Plan General de Ordenación Urbana. Cuantía 63.939,99 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de las costas a la parte demandada; y dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron las declaradas pertinentes por la Sala, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado DON WENCESLAO OLEA GODOY, que expresa el parecer de la Sala.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

.

- PRIMERO.- Se interpone recurso contencioso-administrativo por Sr. Joaquín contra el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Badajoz, adoptado en sesión de 1 de julio de 2.003, confirmado con la desestimación del recurso de reposición, por el que se fijaba en la cantidad de 69.617,66 el justiprecio de los bienes y derecho que le habían sido expropiados por el Ayuntamiento de Badajoz para la ejecución del Plan General de Ordenación Urbana y, en concreto la apertura de un nuevo vial de enlace entre <> y la Avenida de Málaga de la referida ciudad. Se suplica en la demanda que se anule el referido acuerdo y se fije el justiprecio de los bienes expropiados en la cantidad de 133.557,65 . Se opone a tales pretensiones el Sr. Abogado del Estado que considera el acuerdo ajustado a Derecho, suplicando su confirmación con la desestimación del recurso.

SEGUNDO

Son...

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