Exploring the Law of succession. Studies National, Historical and Comparative

AutorSergio Cámara Lapuente
CargoUniversidad de La Rioja
Páginas1257-1266

REID, K. G. C.; de WAAL, M. J.; ZIMMERMANN, R. (dirs.): exploring the Law of succession. Studies national, Historical and Comparative, Edinburgh University press, Edinburgh, 2007, 253 pp. IsBN 978 0 7486 3290 9.

    Recensión en castellano que es una versión de la publicada en inglés en European Review of Private Law 3, 2009, 457-469.

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Por desgracia, no abundan los estudios de Derecho comparado sobre el fenómeno sucesorio y las transmisiones mortis causa. En estos momentos de intenso análisis comparado del derecho de obligaciones y contratos con ocasión del Common Frame of Reference, o de estudio de ámbitos –que pueden quedar fuera de ese texto– por parte de grupos consolidados en áreas como el derecho patrimonial, la responsabilidad civil extracontractual o, incluso, el derecho de familia, en cambio, el derecho de sucesiones, como apuntan los editores de este volumen en el prefacio, «ha caído en el abandono» y los «tratamientos comparatistas tal como existen frecuentemente son poco más que resúmenes por países». Es más, en ocasiones, incluso aportaciones valiosas desde un punto de vista nacional y comparativo, no llegan a concitar el suficiente interés editorial y pierden su oportunidad de difusión, como ocurrió, por ejemplo, con las ponencias presentadas al «Xvii Congreso de la academia internacional de derecho Comparado», sobre el tema New Developments in Succession Law (utrecht, 16-22 Julio 2006)», donde once ponencias nacionales y una general quedaron abocadas a la dispersión en volúmenes o revistas diversos o permanecen inéditas.

Quizás esta sequía investigadora comience a paliarse en parte en el contexto europeo cuando, según está previsto, la Unión Europea apruebe en 2009 el «reglamento sobre sucesiones y Testamentos» (cfr. Libro verde, COM(2005) 65 final, de 1 marzo 2005). Aunque esta norma se centra en la armonización del derecho internacional Privado y las normas de conflicto, inevitablemente, muchos de los conceptos sustantivos en los que se basa (y define, en alguna ocasión) podrán suscitar un nuevo debate sobre el grado de entendimiento de los diversos sistemas jurídicos y las justificaciones de la disparidad. En cualquier caso, el campo del derecho sucesorio está necesitado de una profunda revisión, nacional, internacional y comparatista, tanto por los últimos cambios legales (con grandes reformas en países como Francia o los Países Bajos, por citar dos ejemplos, o por los últimos avances sobre derechos humanos y su impacto en el derecho civil) como por cambios extralegales (las mutaciones en las relaciones de familia o en las nuevas formas de transmisión de la riqueza).

Por esas razones, es una buena noticia la aparición de este libro, que recoge los resultados de unas jornadas que tuvieron lugar en la Universidad de stellenbosch en marzo de 2005. Hasta cierto punto, como reconocen los editores del volumen, supone «una extensión al derecho de sucesiones de trabajo que había sido previamente realizado en los ámbitos del derecho patrimonial y de obligaciones» en relación con el estudio comparado de losPage 1258 «ordenamientos jurídicos mixtos» de Escocia y Suráfrica, con algunos volúmenes publicados en la misma colección de los «Edinburgh studies in law» en que aparece este ejemplar. Por esa razón, su subtítulo, «Estudios de derecho nacional, histórico y comparativo» es, a la vez, ajustado a la sugerente metodología empleada, con un serio análisis en los tres ámbitos, y algo impreciso por el foco de las jurisdicciones examinadas. De los trece capítulos que componen el libro, uno es un eminente estudio de Derecho comparado a modo de «visión general» (de Waal), otro es un minucioso estudio histórico sobre la legítima en el derecho romano (Zimmermann), a los que siguen dos capítulos sobre la perspectiva histórica del derecho sucesorio en Escocia y en Suráfrica (sellar y du Toit, respectivamente); a continuación, seis capítulos se refieren a aspectos concretos del derecho sucesorio (el testador anciano, las condiciones testamentarias, las prohibiciones testamentarias, las sustituciones fideicomisarias, la conditio si instituto sine liberis decesserit y los contratos sucesorios) centrados en el derecho de Escocia o de Suráfrica o de ambos (a cargo de sonnekus, Chalmers, Pisley, Gretton, Barr and Hutchison). También se ofrecen dos capítulos con un espectro comparativo más amplio de al menos cuatro sistemas jurídicos (sobre la revocación del testamento por cambio de las circunstancias por schoeman-Malan y revocabilidad de los testamentos mancomunados a cargo de Braun) y uno más, centrado en el nuevo derecho neerlandés de sucesiones (van Erp). Como se puede apreciar, la nómina de autores comprende fundamentalmente reputados juristas (y comparatistas) de Escocia y Suráfrica, con sólo tres autores de otras nacionalidades. Hecha esta precisión sobre lo que el lector encontrará en el volumen, es justo reconocer que incluso los capítulos dedicados a un problema concreto en un ordenamiento concreto (Escocia o suráfica) contienen valiosos apuntes breves sobre otros sistemas jurídicos y se valen del Derecho comparado para proponer soluciones nuevas en sus respectivos contextos normativos. Al lector melómano y aficionado al derecho sucesorio, sin duda, le parecerá reconocer las mismas intrincadas melodías de su propia sinfonía nacional tocadas con instrumentos distintos, obteniendo sonoridades novedosas. Y ahí radica buena parte del valor de este libro, pues partiendo de raíces históricas en muchos casos comunes y afrontando los mismos problemas, es muy instructivo comprobar el esfuerzo argumentativo y las soluciones que existen hoy en latitudes tan alejadas. Algunos ejemplos se pondrán ver en esta recensión.

De la nómina de los temas mencionados se puede deducir que el abanico de materias abordadas, sobre todo dentro del contenido de la voluntad testamentaria y de las formas de disponer mortis causa, es amplio. Evidentemente, la vastedad del derecho sucesorio hace difícil un tratamiento completo (por ejemplo, podría pensarse en la ausencia de tratamiento de la sucesión intestada o la incidencia de las donaciones inter vivos en la libertad de testar mortis causa, esto es, la colación o las llamadas en el mundo del Common Law «clawback rules», que tanto preocupan de cara a la elaboración del reglamento Comunitario antes referido); sin embargo, en muchos de los capítulos del libro (más allá de sus títulos) afloran la mayoría de los problemas más corrientes que el derecho sucesorio plantea en nuestros días, tales como la legítima y el grado de libertad de testar, la posición jurídica del cónyuge viudo y su relación con los derechos de los descendientes, los derechos sucesorios de las parejas de hecho, el éxito de los will substitutes (alternativas al testamento) para la transmisión del patrimonio familiar, etc. Buen ejemplo de uno de estos temas bien tratados al hilo de otras cuestio-Page 1259nes y, por tanto, algo ocultos entre estas páginas, es la interacción del trust en el fenómeno sucesorio (vid. de Waal, p. 17-22; du Toit, p. 75-77; Gretton p. 159-160, etc.); el extendidísimo uso del trust para transferir y gestionar el patrimonio en vida o para después de la muerte del disponente sin dejar espacio prácticamente a otras disposiciones testamentarias, explica, por ejemplo, que «en Escocia, especialmente en el siglo xx, las sentencias sobre “puros” asuntos sucesorios (como opuestos a los que tienen que ver con trusts) ha sido comparativamente raros» (Barr, p. 179).

Como en otras áreas del derecho, en el derecho de sucesiones el problema terminológico, a la hora de hacer Derecho comparado, es especialmente agudo. Pero aún más...

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